Sunampe, 20 de noviembre de 2013
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE SUNAMPE
POR CUANTO:
EL CONCEJO DE LA
MUNICIPAL DISTRITAL DE SUNAMPE
VISTO:
El Concejo Municipal en
Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 11 de Octubre 2013; y a la Sesión Ordinaría
de Concejo de fecha 07 de Noviembre 2013, aprobó el proyecto de Ordenanza que
Modifica el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad
Distrital de Sunampe.
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución
Política del Perú, en su Artículo 194°, concordante con el Articulo II del
Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, reconoce
a los Gobiernos Locales autonomía política, económica y administrativa en los
asuntos de su competencia, señalando que la estructura orgánica del Gobierno
Local la conforman el Concejo Municipal como órgano normativo y fiscalizador y
la Alcaldía como órgano ejecutivo; asimismo, el numeral I) del Articulo 195°,
establece que las municipalidades, en ejercicio de su economía política,
económica y administrativa, tienen competencia exclusiva para aprobar su
organización interna.
Que, la Ley N° 27972,
Ley Orgánica de Municipalidades, en su Artículo 9°, numeral 3), establece que
es atribución del Concejo Municipal, aprobar el régimen de organización interior
y funcionamiento del Gobierno Local; asimismo, en el numeral 8) del mencionado
artículo, faculta aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin
efectos Acuerdos, en concordancia con el Articulo 194° de la Constitución
Política del Perú.
Que, el Concejo
Municipal de Sunampe, en Sesión Ordinaria del 28 de Enero 2013 aprueba el
Reglamento de Organización y Funciones-ROF de la Municipalidad distrital de Sunampe,
instrumento de gestión de administración municipal cuya organización diseñada
para obtener en la mejor forma posible los objetivos estratégicos; debe ajustarse
a las exigencias reales en un proceso de mejora y adaptación continua para facilitar
el desarrollo de las actividades de la gestión, el fortalecimiento de la cultura
organizacional, el incremento de la productividad y el desarrollo del trabajo
de las personas en un clima de armonía y cooperación; con lo cual se debe
lograr ser eficaces, a fin de satisfacer las demandas y expectativas de los
vecinos de Sunampe.
Que, la Ley N° 29664, en
su artículo 14.1 señala que los gobiernos regionales y gobiernos locales, como
integrantes del SINAGERD, formulan, aprueban normas y planes, evalúan, dirigen,
organizan, supervisan, fiscalizan y ejecutan los procesos de la Gestión del
Riesgo de Desastres, en el ámbito de su competencia, en el marco de la Política
Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres y los lineamientos del ente rector,
en concordancia con lo establecido por la presente Ley y su reglamento.
Que, en los Artículos
19º y 20° de la acotada ley sobre la conformación y funciones de las Plataformas
de Defensa Civil señala que son espacios permanentes de participación,
coordinación, convergencia de esfuerzos e integración de propuestas, que se
constituyen en elementos de apoyo para la preparación, respuesta y
rehabilitación.
Que, la Ley N° 29664,
ley del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres-SINAGERD y la Ley
N° 27933, ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana – SINASEC, son
sistemas que tienen principios y políticas nacionales afines relacionadas con
la seguridad, defensa nacional y territorial de manera sostenible, para lo cual
convergen esfuerzos e integran propuestas que involucra las capacidades y
acciones de todos los actores de la sociedad en el ámbito de su competencia
cuya responsabilidad es del Gobierno Local, en este caso la Municipalidad
distrital de Sunampe.
En uso de las facultades
conferidas por el numeral 8 del artículo 9 de la Ley Orgánica de
Municipalidades, Ley N° 27972, el Concejo Municipal en Sesión Ordinaria de
Concejo de fecha 07 de Noviembre 2013, por mayoría de votos, aprobó lo siguiente:
ORDENANZA QUE MODIFICA
EL REGLAMENTO DE
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES
DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SUNAMPE
Artículo
Primero.-MODIFICAR la Estructura Orgánica de la Municipalidad distrital de
Sunampe, cambiando la denominación del órgano Consultivo y Coordinación:
SINAGERD por PLATAFORMA DE DEFENSA CIVIL y en los órganos de Línea: En la Unidad
de Servicios Sociales, Recreación, Deporte y Bienestar incorporar la Oficina de
EDUCACIÓN, DEPORTES Y RECREACIÓN; y la UNIDAD DE SEGURIDAD CIUDADANA Y
SERENAZGO por UNIDAD DE SEGURIDAD CIUDADANA Y GESTION DEL RIESGO DE DESASTRES Y
DEFENSA CIVIL; según el Anexo 01 de la presente Ordenanza.
Articulo Segundo.-MODIFICAR el Reglamento de
Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad distrital de Sunampe, según
como se indica en el artículo primero, en adecuación a las modificaciones de la
Estructura Orgánica; cuyo detalle se establece como Anexo 02 de la presente
Ordenanza.
Artículo
Tercero.-ENCARGAR a la Gerencia Municipal para las acciones pertinentes que
conlleven a la implementación de lo dispuesto en la presente Ordenanza.
Artículo Cuarto.-
FACULTAR a la Oficina de Presupuesto a proceder al reordenamiento y
actualización del Cuadro de Asignación de Personal (CAP) y el Presupuesto
Analítico de Personal (PAP), en coordinación con la Oficina de Recursos
Humanos.
Artículo Quinto.-
Encargar a la Oficina de Recursos Humanos para que realice las modificaciones
en el Cuadro Analítico de Personal (CAP)
Artículo Sexto.-
ENCARGAR a la Secretaria General la publicación de la presente Ordenanza en el
diario de mayor circulación de la provincia y a la Oficina de Imagen
Institucional la publicación de la presente Ordenanza y Anexos que forman parte
integrante de la misma, en la página Web de la institución: www.municipalidadsunampe.gob.pe
Artículo Sexto: la
presente Ordenanza entrara en vigencia al día siguiente de su publicación
POR TANTO:
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE,
PUBLÍQUESE Y CUMPLASE
Carlos A. Grimaldi
Moyano
Alcalde
ANEXO 01
MODIFICACIÓN DE LA
ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA MUNICIPALIDAD DE SUNAMPE, APROBADO MEDIANTE ORDENANZA
N° -2013-MDS
Artículo 10°.- Para el cumplimiento de los objetivos y metas
trazadas, la Municipalidad Distrital de SUNAMPE cuenta con la siguiente
estructura orgánica:
ÓRGANO DE GOBIERNO
Concejo Municipal
Alcaldía
ÓRGANO DE DIRECCIÓN
Gerencia Municipal
ÓRGANOS CONSULTIVOS Y DE
COORDINACIÓN
Comisiones de Regidores
Concejo de Coordinación
Local
Junta de Delegados
Vecinales Comunales
SINAGERD (Modificado)
“PLATAFORMA DE DEFENSA CIVIL”
Comité de Seguridad
Ciudadana
Comité de Programa de
Vaso de Leche
ÓRGANO DE REPRESENTACIÓN
JUDICIAL Y CONTROL INSTITUCIONAL
Órgano de Control
Institucional
Procuraduría Pública
Municipal
ÓRGANOS DE ASESORAMIENTO
Oficina de Planeamiento
y Presupuesto
Oficina de asesoría
legal
ÓRGANOS DE APOYO
Secretaria General
Área de Trámite Documentario y archivo
Área de Imagen
Institucional.
Unidad de Administración
y Finanzas
Área de Tesorería
Área de Logística y Margesí de bienes.
Área de Contabilidad
Área de Recursos Humanos
Unidad de Rentas
Área de Recaudación y Control
Área de Fiscalización Tributaria
Área de Cobranza Coactiva
ÓRGANO DE LÍNEA
Unidad de Desarrollo
Urbano y Obras
Oficina de Proyectos e
Inversión
Unidad Formuladora
Unidad de Servicios
Públicos, recreación, deporte y bienestar social
Oficina del Programa
Vaso de Leche
Oficina de DEMUNA
OMAPED
Oficina de Participación
Ciudadana
Oficina de Registro
Civil
“Oficina de Educación,
Deportes y Recreación” (Creación)
Unidad de Seguridad
Ciudadana y Serenazgo
(Modificado)
“Unidad de Seguridad
Ciudadana y Gestión del Riesgo de Desastres y Defensa Civil”
Unidad de Servicios
Públicos y Medio Ambiente.
Área de Limpieza Pública, Parques y Jardines.
Unidad de Desarrollo
Económico Local y Turismo.
ÓRGANOS DESCENTRALIZADOS
Oficina de Registro
Civil
Policlínico Municipal
Piscina Municipal
ANEXO 02
MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO
DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SUNAMPE,
APROBADO MEDIANTE ORDENANZA N°
-2013-MDS
MODIFICACION
Modificar el Artículo
10° del ROF en lo concerniente a la estructura orgánica, en los párrafos
siguientes:
“C. Órganos Consultivos y de Coordinación
(…)
SINAGERD, cambiar su
denominación por PLATAFORMA DE DEFENSA CIVIL
(…)
G. Órganos de Línea
(…)
Unidad de Servicios
Públicos, recreación, deportes y bienestar social
Incorporar:
f) Oficina de Educación, Deportes y Recreación
Unidad de Seguridad
Ciudadana y Serenazgo
Modificar por:
“Unidad de Seguridad
Ciudadana y Gestión del Riesgo de Desastres y Defensa Civil”
(…)
MODIFICACIÓN
Modificar el Artículo
21° del ROF y adecuación de sus funciones a la PLATAFORMA DE DEFENSA CIVIL,
quedando redactado como sigue:
“Artículo 21°.-Las
Plataformas de Defensa Civil son espacios permanentes de participación,
coordinación, convergencia de esfuerzos e integración de propuestas, que se
constituyen en elementos de apoyo para la preparación, respuesta y rehabilitación.
Son funciones de la
Plataforma de Defensa Civil:
Formular propuestas para
la ejecución de los procesos de preparación, respuesta y rehabilitación, con el
objetivo de integrar capacidades y acciones de todos los actores de la sociedad
en su ámbito de competencias.
Convocan a todas las
entidades privadas y a las organizaciones sociales, promoviendo su participación
en estricta observancia del principio de participación y de los derechos y
obligaciones que la Ley reconoce a estos actores.
Proponen normas
relativas a los procesos de preparación, respuesta y rehabilitación en su respectiva
jurisdicción.
4.- El Alcalde preside y
convoca la Plataforma de Defensa Civil.
5.- Está conformada por
las autoridades locales, organizaciones sociales a través de sus representantes
y organizaciones humanitarias vinculadas a la gestión del riesgo del desastre.
3.- MODIFICACION
Modificar el Artículo
62° del ROF, respecto al órgano de línea: UNIDAD DE SERVICIOS SOCIALES, RECREACIÓN,
DEPORTES Y BIENESTAR, incorporando la OFICINA DE EDUCACIÓN, DEPORTES Y RECREACIÓN,
quedando como sigue:
Oficina de DEMUNA
Oficina de Programa Vaso
de Leche
Oficina de Participación
Ciudadana
OMAPED
Piscina
Oficina de Educación,
Deportes y Recreación
4.- INCORPORACION
Incorporar los Artículos
73-A° y 73-B° con respecto a la creación de la Oficina de Educación, Deportes y
Recreación, con el siguiente texto:
“Artículo 73-A°.-La
Oficina de Educación, Deportes y Recreación es el órgano de línea responsable
de formular, organizar, conducir, monitorear y evaluar los servicios de educación,
cultura, deportes, recreación, turismo con enfoque cultural, de desarrollo
humano sostenible, de comunidades educadoras en el ámbito local y dentro del
marco legal aplicable.
Artículo 73-B°.-Son
funciones de la Oficina de Educación, Deportes y Recreación:
Promover actividades de
extensión artística, cultural, deportiva y espectáculos.
Atender y orientar al
público en aspectos de su competencia
Fomentar y apoyar la
formación de grupos artísticos, culturales, folclóricos musicales que
contribuyan a difundir el acervo cultural del país dentro del distrito.
Promover la práctica del
deporte en las diversas disciplinas y niveles de formación integral de la persona,
especialmente en el desarrollo físico y moral de la niñez.
Canalizar las
sugerencias que presente el vecino y propiciar la participación juvenil.
Realizar las acciones
necesarias para la implementación y funcionamiento del Consejo de la Juventud
en el distrito, de conformidad a normas vigentes.
Gestionar e inscribir el
reconocimiento de las organizaciones juveniles, programando, coordinando y dirigiendo
actividades de desarrollo psicomotor de grupos juveniles, con énfasis en
actividades culturales y promoción de empleo.
Realizar anualmente las
Vacaciones útiles, promoviendo la recreación y reforzamiento de la identidad
del distrito.
Coordinar con las
autoridades competentes para realizar acciones que signifique disminución de la
tasa de analfabetismo.
Supervisar y coordinar
programas de promoción y desarrollo turístico.
Analizar y evaluar
estudios de factibilidad relacionados con la educación y la cultura.
Dar cumplimiento a la
Ley N° 29664, Ley del SINAGERD en las partes que le compete.
Otras funciones que le
asigne instancias superiores.”
MODIFICACIÓN
Del CAPITULO IV, UNIDAD
DE SEGURIDAD CIUDADANA Y SERENAZGO por UNIDAD DE SEGURIDAD CIUDADANA Y GESTION
DEL RIESGO DE DESASTRES Y DEFENSA CIVIL
MODIFICACION
De los Artículos 78° y
79° del ROF por modificación de la
unidad orgánica, Unidad de Seguridad Ciudadana y Gestión del Riesgo de
Desastres y Defensa Civil, quedando redactado de la siguiente manera:
“Articulo 78°.-Es el
órgano de línea responsable de conducir y supervisar los procesos vinculados
con la seguridad ciudadana, gestión del riesgo de desastres y de defensa civil,
contribuyendo a asegurar la convivencia pacífica, el control de la violencia urbana,
la prevención de delitos y faltas y las disposiciones normativas del Sistema
Nacional de la Gestión del Riesgo de Desastre – SINAGERD en el ámbito de su competencia.
Son funciones de la
Oficina de Seguridad Ciudadana y Gestión del Riesgo de Desastres y Defensa
Civil:
Proponer la aprobación y
controlar la ejecución de los planes operativos de las unidades orgánicas conformantes
de la Unidad de Seguridad Ciudadana y Gestión del Riesgo de Desastres y Defensa
Civil
Proponer las políticas y
estrategias vinculadas a la seguridad ciudadana, gestión del riesgo de desastres y defensa civil
Conducir y supervisar
las actividades de seguridad ciudadana, gestión del riesgo de desastres y defensa civil en la jurisdicción del distrito
de Sunampe.
Revisar, proponer,
aprobar, visar y/o dar trámite según corresponda, los documentos que de conformidad
a sus respectivas funciones, formulen las sub unidades orgánicas dependientes
de la Unidad y sean planteados a su consideración.
Proponer reuniones
periódicas concertando acciones sobre la Seguridad Ciudadana, la Gestión del
Riesgo de Desastres y Defensa Civil
Coordinar con las demás
Oficinas, Unidades, Grupo de Trabajo para la Gestión del Riesgo de Desastres,
cuando se requiera de su participación en la realización de operativos que se
programen de acuerdo a su competencia.
Coordinar con la
Plataforma de Defensa Civil del distrito, con las municipales distritales,
entidades públicas y privadas la implementación del Sistema de Seguridad Ciudadana
y del Sistema Nacional de la Gestión del Riesgo de Desastres – SINAGERD y las
disposiciones administrativas municipales de conformidad con sus competencias.
Supervisar y evaluar la
capacitación y preparación de los Agentes del Serenazgo y Brigadistas de Defensa
Civil.
Consolidar el Sistema de
Seguridad Ciudadana-SINASEC y del
Sistema Nacional de la Gestión del Riesgo de Desastres-SINAGERD con participación
de la Policía Nacional y la sociedad civil
Representar a la
autoridad municipal en actos oficiales que le encargue el Alcalde.
Otras que se le asigne
de acuerdo al ámbito de su competencia.”