jueves, 30 de enero de 2014

Municipalidad Distrital de Sunampe ORDENANZA MUNICIPAL N° 008 – 2013 – MDS


Sunampe,   20 de noviembre de 2013
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SUNAMPE
POR CUANTO:
EL CONCEJO DE LA MUNICIPAL DISTRITAL DE SUNAMPE
VISTO:
El Concejo Municipal en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 11 de Octubre 2013; y a la Sesión Ordinaría de Concejo de fecha 07 de Noviembre 2013, aprobó el proyecto de Ordenanza que Modifica el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de Sunampe.
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Perú, en su Artículo 194°, concordante con el Articulo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, reconoce a los Gobiernos Locales autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, señalando que la estructura orgánica del Gobierno Local la conforman el Concejo Municipal como órgano normativo y fiscalizador y la Alcaldía como órgano ejecutivo; asimismo, el numeral I) del Articulo 195°, establece que las municipalidades, en ejercicio de su economía política, económica y administrativa, tienen competencia exclusiva para aprobar su organización interna.
Que, la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, en su Artículo 9°, numeral 3), establece que es atribución del Concejo Municipal, aprobar el régimen de organización interior y funcionamiento del Gobierno Local; asimismo, en el numeral 8) del mencionado artículo, faculta aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efectos Acuerdos, en concordancia con el Articulo 194° de la Constitución Política del Perú.
Que, el Concejo Municipal de Sunampe, en Sesión Ordinaria del 28 de Enero 2013 aprueba el Reglamento de Organización y Funciones-ROF de la Municipalidad distrital de Sunampe, instrumento de gestión de administración municipal cuya organización diseñada para obtener en la mejor forma posible los objetivos estratégicos; debe ajustarse a las exigencias reales en un proceso de mejora y adaptación continua para facilitar el desarrollo de las actividades de la gestión, el fortalecimiento de la cultura organizacional, el incremento de la productividad y el desarrollo del trabajo de las personas en un clima de armonía y cooperación; con lo cual se debe lograr ser eficaces, a fin de satisfacer las demandas y expectativas de los vecinos de Sunampe.
Que, la Ley N° 29664, en su artículo 14.1 señala que los gobiernos regionales y gobiernos locales, como integrantes del SINAGERD, formulan, aprueban normas y planes, evalúan, dirigen, organizan, supervisan, fiscalizan y ejecutan los procesos de la Gestión del Riesgo de Desastres, en el ámbito de su competencia, en el marco de la Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres y los lineamientos del ente rector, en concordancia con lo establecido por la presente Ley y su reglamento.
Que, en los Artículos 19º y 20° de la acotada ley sobre la conformación y funciones de las Plataformas de Defensa Civil señala que son espacios permanentes de participación, coordinación, convergencia de esfuerzos e integración de propuestas, que se constituyen en elementos de apoyo para la preparación, respuesta y rehabilitación.
Que, la Ley N° 29664, ley del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres-SINAGERD y la Ley N° 27933, ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana – SINASEC, son sistemas que tienen principios y políticas nacionales afines relacionadas con la seguridad, defensa nacional y territorial de manera sostenible, para lo cual convergen esfuerzos e integran propuestas que involucra las capacidades y acciones de todos los actores de la sociedad en el ámbito de su competencia cuya responsabilidad es del Gobierno Local, en este caso la Municipalidad distrital de Sunampe.
En uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del artículo 9 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, el Concejo Municipal en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 07 de Noviembre 2013, por mayoría de votos, aprobó lo siguiente:

ORDENANZA QUE MODIFICA EL REGLAMENTO DE
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SUNAMPE
Artículo Primero.-MODIFICAR la Estructura Orgánica de la Municipalidad distrital de Sunampe, cambiando la denominación del órgano Consultivo y Coordinación: SINAGERD por PLATAFORMA DE DEFENSA CIVIL y en los órganos de Línea: En la Unidad de Servicios Sociales, Recreación, Deporte y Bienestar incorporar la Oficina de EDUCACIÓN, DEPORTES Y RECREACIÓN; y la UNIDAD DE SEGURIDAD CIUDADANA Y SERENAZGO por UNIDAD DE SEGURIDAD CIUDADANA Y GESTION DEL RIESGO DE DESASTRES Y DEFENSA CIVIL; según el Anexo 01 de la presente Ordenanza.
  Articulo Segundo.-MODIFICAR el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad distrital de Sunampe, según como se indica en el artículo primero, en adecuación a las modificaciones de la Estructura Orgánica; cuyo detalle se establece como Anexo 02 de la presente Ordenanza.
Artículo Tercero.-ENCARGAR a la Gerencia Municipal para las acciones pertinentes que conlleven a la implementación de lo dispuesto en la presente Ordenanza.
Artículo Cuarto.- FACULTAR a la Oficina de Presupuesto a proceder al reordenamiento y actualización del Cuadro de Asignación de Personal (CAP) y el Presupuesto Analítico de Personal (PAP), en coordinación con la Oficina de Recursos Humanos.
Artículo Quinto.- Encargar a la Oficina de Recursos Humanos para que realice las modificaciones en el Cuadro Analítico de Personal (CAP)
Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicación de la presente Ordenanza en el diario de mayor circulación de la provincia y a la Oficina de Imagen Institucional la publicación de la presente Ordenanza y Anexos que forman parte integrante de la misma, en la página Web de la institución: www.municipalidadsunampe.gob.pe            
Artículo Sexto: la presente Ordenanza entrara en vigencia al día siguiente de su publicación

POR TANTO:
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CUMPLASE
Carlos A. Grimaldi Moyano
Alcalde
ANEXO 01
MODIFICACIÓN DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA MUNICIPALIDAD DE SUNAMPE, APROBADO MEDIANTE ORDENANZA N°      -2013-MDS
Artículo 10°.-  Para el cumplimiento de los objetivos y metas trazadas, la Municipalidad Distrital de SUNAMPE cuenta con la siguiente estructura orgánica:
ÓRGANO DE GOBIERNO
Concejo Municipal
Alcaldía
ÓRGANO DE DIRECCIÓN
Gerencia Municipal
ÓRGANOS CONSULTIVOS Y DE COORDINACIÓN
Comisiones de Regidores
Concejo de Coordinación Local
Junta de Delegados Vecinales Comunales
SINAGERD                           (Modificado)
“PLATAFORMA DE DEFENSA CIVIL”
Comité de Seguridad Ciudadana
Comité de Programa de Vaso de Leche
ÓRGANO DE REPRESENTACIÓN JUDICIAL Y CONTROL INSTITUCIONAL
Órgano de Control Institucional
Procuraduría Pública Municipal
ÓRGANOS DE ASESORAMIENTO
Oficina de Planeamiento y Presupuesto
Oficina de asesoría legal
ÓRGANOS DE APOYO
Secretaria General
Área  de Trámite Documentario y archivo
Área de Imagen Institucional.
Unidad de Administración y Finanzas
Área  de Tesorería
Área  de Logística y Margesí de bienes.
Área  de Contabilidad
Área de Recursos Humanos
Unidad de Rentas
Área  de Recaudación y Control
Área  de Fiscalización Tributaria
Área  de Cobranza Coactiva
ÓRGANO DE LÍNEA
Unidad de Desarrollo Urbano y Obras
Oficina de Proyectos e Inversión
Unidad Formuladora
Unidad de Servicios Públicos, recreación, deporte y bienestar social
Oficina del Programa Vaso de Leche
Oficina de DEMUNA
OMAPED
Oficina de Participación Ciudadana
Oficina de Registro Civil
“Oficina de Educación, Deportes y Recreación” (Creación)
Unidad de Seguridad Ciudadana y Serenazgo               (Modificado)
“Unidad de Seguridad Ciudadana y Gestión del Riesgo de Desastres y Defensa Civil”
Unidad de Servicios Públicos y Medio Ambiente.
Área  de Limpieza Pública, Parques y Jardines.
Unidad de Desarrollo Económico Local y Turismo.
ÓRGANOS DESCENTRALIZADOS
Oficina de Registro Civil
Policlínico Municipal
Piscina Municipal
ANEXO 02
MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SUNAMPE, APROBADO MEDIANTE ORDENANZA N°    -2013-MDS
MODIFICACION
Modificar el Artículo 10° del ROF en lo concerniente a la estructura orgánica, en los párrafos siguientes:
“C.  Órganos Consultivos y de Coordinación
                    (…)
SINAGERD, cambiar su denominación por PLATAFORMA DE DEFENSA CIVIL
           (…)
G.        Órganos de Línea
                                   (…)
Unidad de Servicios Públicos, recreación, deportes y bienestar social
Incorporar:
f)   Oficina de Educación, Deportes y Recreación
Unidad de Seguridad Ciudadana y Serenazgo
Modificar por:
“Unidad de Seguridad Ciudadana y Gestión del Riesgo de Desastres y Defensa Civil”
                                   (…)
MODIFICACIÓN
Modificar el Artículo 21° del ROF y adecuación de sus funciones a la PLATAFORMA DE DEFENSA CIVIL, quedando redactado como sigue:
“Artículo 21°.-Las Plataformas de Defensa Civil son espacios permanentes de participación, coordinación, convergencia de esfuerzos e integración de propuestas, que se constituyen en elementos de apoyo para la preparación, respuesta y rehabilitación.
Son funciones de la Plataforma de Defensa Civil:
Formular propuestas para la ejecución de los procesos de preparación, respuesta y rehabilitación, con el objetivo de integrar capacidades y acciones de todos los actores de la sociedad en su ámbito de competencias.
Convocan a todas las entidades privadas y a las organizaciones sociales, promoviendo su participación en estricta observancia del principio de participación y de los derechos y obligaciones que la Ley reconoce a estos actores.
Proponen normas relativas a los procesos de preparación, respuesta y rehabilitación en su respectiva jurisdicción.
4.- El Alcalde preside y convoca la Plataforma de Defensa Civil.
5.- Está conformada por las autoridades locales, organizaciones sociales a través de sus representantes y organizaciones humanitarias vinculadas a la gestión del riesgo del desastre.
3.- MODIFICACION
Modificar el Artículo 62° del ROF, respecto al órgano de línea: UNIDAD DE SERVICIOS SOCIALES, RECREACIÓN, DEPORTES Y BIENESTAR, incorporando la OFICINA DE EDUCACIÓN, DEPORTES Y RECREACIÓN, quedando como sigue:
Oficina de DEMUNA
Oficina de Programa Vaso de Leche
Oficina de Participación Ciudadana
OMAPED
Piscina
Oficina de Educación, Deportes y Recreación
4.- INCORPORACION
Incorporar los Artículos 73-A° y 73-B° con respecto a la creación de la Oficina de Educación, Deportes y Recreación, con el siguiente texto:
“Artículo 73-A°.-La Oficina de Educación, Deportes y Recreación es el órgano de línea responsable de formular, organizar, conducir, monitorear y evaluar los servicios de educación, cultura, deportes, recreación, turismo con enfoque cultural, de desarrollo humano sostenible, de comunidades educadoras en el ámbito local y dentro del marco legal aplicable.
Artículo 73-B°.-Son funciones de la Oficina de Educación, Deportes y Recreación:
Promover actividades de extensión artística, cultural, deportiva y espectáculos.
Atender y orientar al público en aspectos de su competencia
Fomentar y apoyar la formación de grupos artísticos, culturales, folclóricos musicales que contribuyan a difundir el acervo cultural del país dentro del distrito.
Promover la práctica del deporte en las diversas disciplinas y niveles de formación integral de la persona, especialmente en el desarrollo físico y moral de la niñez.
Canalizar las sugerencias que presente el vecino y propiciar la participación juvenil.
Realizar las acciones necesarias para la implementación y funcionamiento del Consejo de la Juventud en el distrito, de conformidad a normas vigentes.
Gestionar e inscribir el reconocimiento de las organizaciones juveniles, programando, coordinando y dirigiendo actividades de desarrollo psicomotor de grupos juveniles, con énfasis en actividades culturales y promoción de empleo.
Realizar anualmente las Vacaciones útiles, promoviendo la recreación y reforzamiento de la identidad del distrito.
Coordinar con las autoridades competentes para realizar acciones que signifique disminución de la tasa de analfabetismo.
Supervisar y coordinar programas de promoción y desarrollo turístico.
Analizar y evaluar estudios de factibilidad relacionados con la educación y la cultura.
Dar cumplimiento a la Ley N° 29664, Ley del SINAGERD en las partes que le compete.
Otras funciones que le asigne instancias superiores.”
MODIFICACIÓN  
Del CAPITULO IV, UNIDAD DE SEGURIDAD CIUDADANA Y SERENAZGO por UNIDAD DE SEGURIDAD CIUDADANA Y GESTION DEL RIESGO DE DESASTRES Y DEFENSA CIVIL
MODIFICACION
De los Artículos 78° y 79°  del ROF por modificación de la unidad orgánica, Unidad de Seguridad Ciudadana y Gestión del Riesgo de Desastres y Defensa Civil, quedando redactado de la siguiente manera:
“Articulo 78°.-Es el órgano de línea responsable de conducir y supervisar los procesos vinculados con la seguridad ciudadana, gestión del riesgo de desastres y de defensa civil, contribuyendo a asegurar la convivencia pacífica, el control de la violencia urbana, la prevención de delitos y faltas y las disposiciones normativas del Sistema Nacional de la Gestión del Riesgo de Desastre – SINAGERD en el ámbito de su competencia.
Son funciones de la Oficina de Seguridad Ciudadana y Gestión del Riesgo de Desastres y Defensa Civil:
Proponer la aprobación y controlar la ejecución de los planes operativos de las unidades orgánicas conformantes de la Unidad de Seguridad Ciudadana y Gestión del Riesgo de Desastres y Defensa Civil
Proponer las políticas y estrategias vinculadas a la seguridad ciudadana, gestión del riesgo de desastres  y defensa civil
Conducir y supervisar las actividades de seguridad ciudadana, gestión del riesgo de desastres  y defensa civil en la jurisdicción del distrito de Sunampe.
Revisar, proponer, aprobar, visar y/o dar trámite según corresponda, los documentos que de conformidad a sus respectivas funciones, formulen las sub unidades orgánicas dependientes de la Unidad y sean planteados a su consideración.
Proponer reuniones periódicas concertando acciones sobre la Seguridad Ciudadana, la Gestión del Riesgo de Desastres y Defensa Civil
Coordinar con las demás Oficinas, Unidades, Grupo de Trabajo para la Gestión del Riesgo de Desastres, cuando se requiera de su participación en la realización de operativos que se programen de acuerdo a su competencia.
Coordinar con la Plataforma de Defensa Civil del distrito, con las municipales distritales, entidades públicas y privadas la implementación del Sistema de Seguridad Ciudadana y del Sistema Nacional de la Gestión del Riesgo de Desastres – SINAGERD y las disposiciones administrativas municipales de conformidad con sus competencias.
Supervisar y evaluar la capacitación y preparación de los Agentes del Serenazgo y Brigadistas de Defensa Civil.
Consolidar el Sistema de Seguridad Ciudadana-SINASEC  y del Sistema Nacional de la Gestión del Riesgo de Desastres-SINAGERD con participación de la Policía Nacional y la sociedad civil
Representar a la autoridad municipal en actos oficiales que le encargue el Alcalde.

Otras que se le asigne de acuerdo al ámbito de su competencia.”

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