Bosque de Banderas Avenida Massaro - Chincha.

Pileta Central - Plaza de Armas de Chincha

Plaza de Armas del distrito de El Carmen - Chincha.

Atardecer en la Plaza de Armas de Larán.

Plaza de Armas de Pueblo Nuevo.

jueves, 10 de septiembre de 2026

Semana de la Familia 2026

 



 Al celebrarse el Día de la Familia cada segundo domingo de setiembre, como una oportunidad para reconocer y revalorar el papel vital de las familias,  la Parroquia Santo Do-mingo de Guzmán ha programado diversas actividades para la comunidad  en esta importante fecha.

Desde ayer se están realizando ponencias formativas a las 6:30 de la tarde en el Auditorio del Colegio San José, jornada que también se desarrollarán hoy y mañana.

El sábado 12, los jóvenes tendrán un programa especial, Encuentro con Monseñor Héctor Eduardo  Vera Colona, Obispo de la Diócesis  de Ica, a partir de las 8:15 a.m. en el templo parroquial de Santo Domingo con la Adoración al Santísimo, Pasacalle portando pancartas alusivas a la Familia, culminando con una tertulia en el Auditorio de la I. E. E. Santa  Ana.

La Santa Misa de la Familia y apertura de la Puerta Santa se llevará a cabo el domingo 13 a las 10 a.m. en el atrio de la parroquia, presidida por ERM Monseñor Vera Colona, con la participación de  las comunidades de las parroquias  Nuestra Señora de Fátima, Nuestra Señora de Guadalupe, Cristo Rey, San Pedro, Medalla Milagrosa, Nuestra Señora del Carmen,  Santiago Apóstol y la presencia de las familias de la zona.  

En Pisco fueron capturados “Los Raqueteros de la 5 de Diciembre”

 

 En un operativo policial, ejecutado el lunes último, la División de Orden y Seguridad de Pisco, con apoyo de la División Regional de Inteligencia Ica, lograron la captura de  A. Blas (21), alias “Blas”, y  A. Toledo (24), alias “Bito”, presuntamente dedicados al robo al paso bajo la modalidad de raqueteo en la zona de 5 de Diciembre en Pisco.

   La intervención se realizó en inmediaciones de la avenida Fermín Tangüis, intersección con la calle Ismael Aspillaga, cuando ambos sujetos se desplazaban a bordo de una mototaxi Bajaj, de placa 1809-0Y, utilizada como instrumento móvil del delito.

Durante el registro personal y vehicular, los agentes policiales hallaron 10 ketes de pasta básica de cocaína, marihuana, un arma de fuego tipo pistola marca Versa, abastecida con nueve municiones, además de otros objetos de interés cri-minal.

Los detenidos son investigados por la presunta comisión de delitos contra la seguridad pública, relacionados con armas de fuego, y contra la salud pública – tráfico ilícito de drogas (TID).

Integrantes de la Instancia Provincial de Concertación se reunieron para tratar temas sociales

 


 Con la presencia de principales autoridades locales de Chincha Alta, se desarrolló en el Centro Cultural Chincha una importante mesa de trabajo, con la finalidad de erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar.

En esta reunión se contó pues con la participación de diferentes autoridades de la localidad, la misma que fue presidida por la representante de la Municipalidad Provincial de Chincha, en cumplimiento a lo dispuesto por la ordenanza municipal N°003-2018, con el objetivo de fortalecer los procesos de articulación institución, orientados a prevenir y erradicar la violencia en la provincia.

Allí, se expusieron temas referidos a la coordinación, concertación y articulación der acciones operativas para el presente año fiscal, buscando optimizar el desarrollo de actividades preventivas en favor de las poblaciones vulnerables.

Se precisa además que durante la sesión, se resaltó la importancia de la disponibilidad permanente de las instituciones integrantes para atender las proyecciones mensuales y asegurar el seguimiento de los acuerdos tomados en dicho espacio de concentración.

Capturan a requisitoriado por violación sexual en Pueblo Nuevo

 

 En una eficaz intervención de control de identidad ejecutada en las inmediaciones del Puente Loreto, la DIVOPUS Chincha a través de la CPNP Pueblo Nuevo logró la captura de un sujeto de iniciales L.A.Q (29)  requerido por la justicia.

El sujeto registraba orden de captura vigente por el grave delito de Violación Sexual de Menor de Edad, solicitada por el Juzgado de Investigación Preparatoria de Chincha.

Mototaxista ebrio es detenido

 


 En importante operativo policial realizado en la Av. Sucre con el Jirón Chincha, agentes de la comisaria de Pueblo Nuevo, intervinieron una mototaxi de placa de rodaje 9380-SB, que tenía adaptada un remolque artesanal de metal en la parte delantera, conducida por M. Centeno (54), quien mostraba visibles signos de estado de ebriedad.

 Por tal motivo el conductor y vehículo fueron trasladados a la dependencia policial.

A fin de verificar su estado de ebriedad, el intervenido fue trasladado a la sanidad Policial, siendo su resultado cualitativo positivo, quedando por ello detenido en la comisaría.

La intervención fue comunicada al fiscal de turno, Dr. Juan Quispe Sotelo.

PRODUCE fortalece la seguridad de pescadores artesanales de Pisco ante sismos y tsunamis

 

Como parte de la Ruta para la Reactivación Pesquera y Acuícola, 37 representantes pesqueros de San Andrés fueron capacitados en prevención y respuesta ante fenómenos naturales.

 En el marco de la Ruta para la Reactivación Pesquera y Acuícola, el Ministerio de la Producción (PRODUCE) fortalece las capacidades de los pescadores artesanales de Ica para responder de manera oportuna ante sismos, tsunamis y otros peligros asociados, contribuyendo así a proteger la vida de quienes desarrollan sus actividades en el mar y reducir los riesgos que pueden afectar sus faenas productivas.

La iniciativa cobra especial relevancia en el contexto del estado de emergencia declarado por 120 días para el subsector pesca y acuicultura, periodo en el que el Estado viene desplegando acciones orientadas no solo a la recuperación de las actividades productivas, sino también a fortalecer la prevención, seguridad y capacidad de respuesta de los agentes pesqueros frente a situaciones de emergencia.

En ese marco, la Dirección General de Pesca Artesanal de PRODUCE, en articulación con la Municipalidad Distrital de San Andrés y la Dirección de Hidrografía y Navegación de Pisco, desarrolló el taller “Medidas de Prevención ante la Ocurrencia de Sismos y Peligros Asociados y Gestión del Riesgo de Tsunamis en la Pesca Artesanal”.

La jornada se realizó en el auditorio del Desembarcadero Pesquero Artesanal José Olaya Balandra y reunió a 37 representantes de 12 Organizaciones Sociales de Pescadores Artesanales (OSPAS), entre armadores, pescadores embarcados y no embarcados, maricultores dedicados al cultivo de concha de abanico y recolectores de macroalgas.

Durante la capacitación, especialistas de PRODUCE, la Municipalidad Distrital de San  Andrés y la Oficina de Hidrografía de la Capitanía de Pisco brindaron información y herramientas prácticas para mejorar la capacidad de prevención y respuesta ante una eventual emergencia.

Entre los principales temas abordados estuvieron los protocolos de actuación frente a sismos, la identificación de riesgos, los sistemas de alerta temprana ante tsunamis y las medidas de salvaguarda de la vida humana en el mar. Asimismo, se difundieron los servicios y beneficios del Servicio de Extensión Pesquera Artesanal, como instrumento de acompañamiento y fortalecimiento de las capacidades de los agentes del sector.

La actividad permitió además recoger directamente las inquietudes y necesidades de los pescadores artesanales respecto de la seguridad durante sus actividades cotidianas en el mar, generando un espacio de orientación y participación para mejorar sus mecanismos de respuesta frente a posibles emergencias.

Entre las organizaciones participantes estuvieron ASPADSA, ASOMASAS, Asociación Proyecto 2000, el Gremio de Pescadores Artesanales y Extractores de Mariscos de San Andrés, la Asociación de Mujeres Empoderadas Las Dorcas, así como representantes de gremios de maricultores, recolectores de macroalgas y pescadores independientes del litoral de Pisco.

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA ORDENANZA MUNICIPAL

 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA

      ORDENANZA MUNICIPAL N° 021-2026-MPCH

Chincha, 10 de setiembre de 2026

LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA;

POR CUANTO:

El Concejo Municipal Provincial de Chincha en Sesión Ordinaria de fecha 09 de setiembre de 2026;

VISTO: el Informe N° 0598-2026-SGPTDEL/MPCH de fecha 08 de setiembre de 2026 de la Subgerencia de Promoción del Turismo y Desarrollo Económico Local quien adjunta el proyecto de Ordenanza que aprueba el Plan Piloto de la Feria Temporal de Promoción y Desarrollo Económico “Feria con Orden”; el Informe N° 02005-2026/GSC/MPCH de fecha 8 de setiembre de 2026 de la Gerencia de Servicios al Ciudadano;  el Informe Legal N° 4522-2026-GAJ/MPCH de fecha 9 de setiembre de 2026 de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Informe N° 0259-2026-GM/MPCH de fecha 09 de setiembre de 2026 de la Gerencia Municipal  y, el proveído del despacho de Alcaldía sobre derivación a Sesión de Concejo, y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por el Artículo Único de la Ley N° 30305 en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los gobiernos locales son órganos de gobierno que poseen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución establece para los gobiernos locales radica en la facultad de ejercer actos de gobierno administrativo y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico.

Que, el artículo 9°, numeral 8) de la Ley N° 27972, prescribe que es atribución del Concejo Municipal aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos; asimismo, el artículo 40° de la citada norma establece que las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa;

Que, según lo expuesto, y conforme a las facultades conferidas en el numeral 8 del artículo 9, el artículo 40 y el artículo 44 de la Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal por votación unánime y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de acta, aprobó lo siguiente:

ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN PILOTO DE LA FERIA TEMPORAL DE PROMOCIÓN Y DESARROLLO ECONÓMICO “FERIA, CON ORDEN”

Artículo Primero.- APROBAR la implementación, como Plan Piloto, de la Feria Temporal de Promoción y Desarrollo Económico denominada “FERIA, CON ORDEN”, como medida temporal, regulada y evaluable orientada a contribuir al ordenamiento de la actividad comercial ambulatoria y a la recuperación de los espacios públicos en la provincia de Chincha.

Artículo Segundo.- FINALIDAD

La presente Ordenanza tiene por finalidad establecer un mecanismo temporal y ordenado que permita canalizar determinadas actividades comerciales desarrolladas por comerciantes ambulantes, priorizando a quienes no cuenten con un puesto permanente en mercados, galerías, centros comerciales u otros establecimientos autorizados, contribuyendo simultáneamente a la recuperación y conservación de los espacios públicos.

Artículo Tercero.- CARÁCTER DEL PLAN PILOTO

La Feria Temporal “FERIA, CON ORDEN” tendrá carácter temporal, piloto, regulado, personal, intransferible y evaluable, y no constituye autorización permanente para el ejercicio del comercio ambulatorio ni genera derechos de propiedad, posesión, permanencia, autorización comercial permanente o derecho adquirido alguno respecto del espacio público.

Artículo Cuarto.- VIGENCIA

El Plan Piloto tendrá vigencia desde el 11 de septiembre hasta el 10 de octubre de 2026, desarrollándose únicamente los días viernes, sábados y domingos en el horario comprendido entre las 06:00 horas y las 14:00 horas, salvo que por razones técnicas, de seguridad, fuerza mayor o disposición de autoridad competente corresponda suspender o modificar alguna jornada.

Artículo Quinto.- UBICACIÓN

APROBAR la Feria Temporal como Plan Piloto, quedando la determinación del espacio físico específico para su desarrollo sujeta a la evaluación y cumplimiento de las condiciones técnicas, de seguridad, tránsito, accesibilidad, salubridad y demás requisitos establecidos por las unidades orgánicas competentes.

La alternativa de ubicación correspondiente a la Av. José Faustino Sánchez Carrión, cuarta cuadra, de esta ciudad, será considerada dentro de la evaluación técnica correspondiente, sin que la presente Ordenanza implique autorización definitiva para su ocupación.

En ningún caso podrá implementarse la feria en un espacio que afecte vías de emergencia, accesos vehiculares o peatonales, rutas de evacuación, zonas de seguridad, accesos de establecimientos, instituciones educativas, establecimientos de expendio de combustible o cualquier otro espacio cuya ocupación resulte incompatible con las condiciones de seguridad o tránsito determinadas por las áreas competentes.

Artículo Sexto.- CONDICIONES PREVIAS PARA LA IMPLEMENTACIÓN

La ejecución de cada jornada de la Feria Temporal deberá contar previamente con el cumplimiento de las condiciones y evaluaciones técnicas que correspondan, de acuerdo con las competencias de las unidades orgánicas municipales, especialmente en materia de:

a) Seguridad y gestión del riesgo de desastres.

b) Tránsito, accesibilidad y circulación vehicular.

c) Planeamiento urbano y condiciones físico-espaciales.

d) Salubridad y saneamiento ambiental.

e) Limpieza pública y manejo de residuos sólidos.

 

f) Seguridad ciudadana y control municipal.

g) Las demás que resulten exigibles conforme a la normativa vigente.

Cuando corresponda, deberá tramitarse la Evaluación de Condiciones de Seguridad en Espectáculos Públicos Deportivos y No Deportivos – ECSE, de acuerdo con la normativa aplicable.

Artículo Séptimo.- DE LOS PARTICIPANTES

La participación estará dirigida prioritariamente a comerciantes que desarrollen actividades comerciales ambulatorias en las zonas identificadas como críticas y que no cuenten con un puesto permanente en mercados, galerías, centros comerciales u otros establecimientos autorizados.

La identificación y verificación de los posibles participantes se realizará mediante los mecanismos que establezca la Municipalidad, incluyendo la verificación en campo y el cruce de información disponible con los registros municipales correspondientes.

Artículo Octavo.- NATURALEZA DE LA ASIGNACIÓN

La asignación de un espacio dentro de la Feria Temporal será de carácter temporal, personal e intransferible, limitada exclusivamente a los días y horarios autorizados.

La asignación no constituye empadronamiento definitivo, registro municipal de comerciantes ambulantes, licencia de funcionamiento, autorización comercial permanente, reconocimiento de posesión ni genera derecho de propiedad, permanencia o expectativa de ocupación futura sobre el espacio público.

Artículo Noveno.- OBLIGACIONES DE LOS COMERCIANTES

Los comerciantes participantes deberán:

a) Respetar estrictamente el espacio asignado y el horario autorizado.

b) Mantener el orden y la limpieza de su área.

c) Cumplir las disposiciones sanitarias y ambientales aplicables.

d) Disponer adecuadamente los residuos generados durante la actividad.

e) Mantener libres las zonas de circulación peatonal, accesos y rutas de evacuación.

f) Permitir las acciones de fiscalización y control municipal.

g) Abstenerse de ampliar su actividad fuera del espacio asignado.

h) Retirar sus bienes, productos, estructuras y demás elementos al término de cada jornada.

i) Cumplir las demás disposiciones establecidas por la Municipalidad.

Artículo Décimo.- PROHIBICIÓN DEL COMERCIO FUERA DEL ESPACIO AUTORIZADO

La aprobación del Plan Piloto “FERIA, CON ORDEN” no constituye autorización para desarrollar comercio ambulatorio en calles, veredas, bermas, pistas, accesos, vías de circulación u otros espacios públicos distintos al área específicamente autorizada para cada jornada.

La Sub Gerencia de Seguridad Ciudadana y Policía Municipal mantendrá las acciones de fiscalización, control y recuperación de los espacios públicos, aplicando las medidas que correspondan conforme a la normativa vigente.

Artículo Décimo Primero.- SEGURIDAD, TRÁNSITO Y ACCESIBILIDAD

La implementación de la feria deberá garantizar permanentemente:

a) La circulación y accesibilidad peatonal.

b) El acceso de residentes y usuarios autorizados.

c) El ingreso y salida de vehículos de emergencia.

d) El acceso a instituciones educativas y establecimientos existentes.

e) La operatividad de los accesos y zonas de maniobra de establecimientos colindantes.

f) La señalización y canalización temporal que resulte necesaria.

g) La implementación de rutas alternativas cuando corresponda.

h) Las condiciones de seguridad determinadas por las áreas competentes.

Artículo Décimo Segundo.- LIMPIEZA Y MANEJO DE RESIDUOS

La Municipalidad, a través del área competente, establecerá las acciones de limpieza, recolección y disposición de residuos antes, durante y después de cada jornada.

Los comerciantes participantes serán responsables de mantener limpia y ordenada el área que les haya sido asignada y deberán entregar dicho espacio en condiciones adecuadas al término de cada jornada.

Artículo Décimo Tercero.- FISCALIZACIÓN Y CONTROL

La Sub Gerencia de Seguridad Ciudadana y Policía Municipal, en coordinación con las demás unidades orgánicas competentes, efectuará acciones de control y fiscalización durante el desarrollo de la feria y en las zonas críticas del distrito.

La participación en la Feria Temporal no exime a los comerciantes del cumplimiento de las disposiciones municipales, sanitarias, ambientales, de seguridad y demás normas aplicables.

Artículo Décimo Cuarto.- EVALUACIÓN DEL PLAN PILOTO

Concluido el periodo establecido para el Plan Piloto, las unidades orgánicas competentes realizarán una evaluación integral de sus resultados, considerando, entre otros aspectos:

a) Impacto en la recuperación de los espacios públicos.

b) Comportamiento del comercio ambulatorio en las zonas críticas.

c) Condiciones de tránsito y circulación vehicular.

d) Seguridad y gestión del riesgo.

e) Condiciones de salubridad y limpieza.

f) Número y características de los comerciantes participantes.

g) Cumplimiento de las obligaciones establecidas.

h) Incidencias y dificultades identificadas durante su ejecución.

i) Los demás aspectos que permitan determinar la conveniencia o no de continuar, modificar o concluir la iniciativa.

Artículo Décimo Quinto.- RESPONSABILIDAD DE LAS UNIDADES ORGÁNICAS

Las unidades orgánicas de la Municipalidad Provincial de Chincha intervendrán en la implementación y evaluación del Plan Piloto de acuerdo con sus respectivas competencias y atribuciones, correspondiendo a la Sub Gerencia de Promoción del Turismo y Desarrollo Económico Local efectuar la coordinación general de la iniciativa, sin perjuicio de las competencias propias de las demás unidades orgánicas.

Artículo Décimo Sexto.- SUSPENSIÓN

La Municipalidad podrá disponer la suspensión de una o más jornadas de la Feria Temporal cuando se advierta riesgo para la seguridad de las personas, afectación de la transitabilidad, incumplimiento de las condiciones técnicas, situaciones de emergencia, fuerza mayor o cualquier otra cir-cunstancia que haga inviable su desarrollo.

Artículo Décimo Séptimo.- NO GENERACIÓN DE DERECHOS

La implementación del Plan Piloto “FERIA, CON ORDEN” no genera derechos adquiridos, propiedad, posesión, permanencia, licencia, auto-rización comercial permanente ni derecho de ocupación futura respecto del espacio público utilizado.

Concluido el periodo piloto, los comerciantes deberán retirar sus bienes, estructuras y demás elementos utilizados, quedando el espacio a disposición de la Municipalidad y de la ciudadanía.

Artículo Décimo Octavo.- FACULTADES PARA LA IMPLEMENTACIÓN

Facúltese a la Alcaldía y a la Gerencia Municipal, dentro del marco de sus competencias, a dictar las disposiciones administrativas y adoptar las ac-ciones necesarias para la implementación, organización, supervisión y evaluación del Plan Piloto aprobado mediante la presente Ordenanza.

Artículo Décimo Noveno.- PUBLICACIÓN Y VIGENCIA

La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación conforme a las disposiciones legales aplicables.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES

Primera.- La aprobación del Plan Piloto no implica autorización general ni regularización del comercio ambulatorio existente en la provincia de Chincha. Las acciones de fiscalización y recuperación de los espacios públicos continuarán desarrollándose conforme a las competencias municipales y normativa vigente.

Segunda.- La implementación de la Feria Temporal deberá sujetarse a las evaluaciones, informes, autorizaciones y condiciones técnicas que correspondan, siendo responsabilidad de las unidades orgánicas competentes verificar su cumplimiento antes de cada jornada.

Tercera.- La presente Ordenanza tiene carácter excepcional y temporal, limitado exclusivamente al periodo establecido para el Plan Piloto, sin perjuicio de la evaluación posterior que determine la conveniencia de adoptar nuevas medidas dentro del marco legal vigente.

Mag. Silvia Victoria Barrios Valenzuela

ALCALDESA

Gobierno destina S/25,5 millones para intervenir 55 puntos críticos ante el Fenómeno “El Niño”

 

Recursos permitirán al Ministerio de Vivienda ejecutar trabajos de limpieza y descolmatación de ríos y quebradas en ocho regiones del país-  entre ellas Ica

 El Gobierno autorizó una transferencia de S/25,5 millones al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) para ejecutar 55 intervenciones de limpieza y  descolmatación de cauces de ríos y quebradas en puntos críticos, como parte de las acciones de preparación ante el peligro inminente de intensas precipitaciones asociadas al  Fenómeno El Niño 2026-2027.

Los recursos, provenientes de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), permitirán reforzar las acciones de prevención en Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad, Áncash, Lima, Ica y Arequipa, donde se intervendrán zonas vulnerables para reducir el riesgo de desbordes e inundaciones y proteger a las familias asentadas cerca de ríos y quebradas.

“Estamos actuando antes de que lleguen las lluvias intensas. Desde el Ejecutivo se están destinando recursos para intervenir los puntos críticos y reducir los riesgos en las zonas más vulnerables. Nuestra prioridad es proteger la vida y la seguridad de las familias”, señaló el ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Mauricio Arnillas.

La transferencia fue autorizada mediante el Decreto Supremo N.° 180-2026-EF, publicado el 6 de setiembre de 2026 en el Diario Oficial El Peruano. La norma establece que los recursos deberán ser destinados exclusivamente a las interven-ciones para las cuales fueron transferidos, bajo responsabilidad.

Con esta medida, el Gobierno refuerza las acciones de prevención frente al Fenómeno El Niño 2026-2027 y adelanta la atención en los puntos críticos identificados, en coordinación con los Gobiernos locales, con el objetivo de reducir la vulnerabilidad de las zonas expuestas y evitar que las lluvias intensas se conviertan en emergencias de mayor impacto para la población.

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