Bosque de Banderas Avenida Massaro - Chincha.

Pileta Central - Plaza de Armas de Chincha

Plaza de Armas del distrito de El Carmen - Chincha.

Atardecer en la Plaza de Armas de Larán.

Plaza de Armas de Pueblo Nuevo.

viernes, 31 de julio de 2026

Pavoroso incendio afectó a tres viviendas en el sector Salto de la Liza en Grocio Prado

 



Lamentable hecho dejó dos hermanos fallecidos y menores transferidos a Lima para tratamiento especial

 Aproximadamente 11.30 de la mañana de hoy en el sector Salto de la Liza en el distrito de Grocio Prado, inició un incendio del cual se desconoce las causas, consumiendo varias viviendas.

Los techos de las viviendas empezaron a arder  quemándose enseres, camas colchones, es decir todo lo que había en las casas.

Lo más lamentable son las pérdidas humanas que han afectado a una de las familias, falleciendo dos  de sus hijos de 14 y 18 años.

Además hay dos menores en estado de gravedad de 6 y 8 años que han sido referidos al hospital del Niño en Breña porque requieren tratamiento especial.

Varias personas entre ellas un miembro de serenazgo del distrito que pertenece a las familias afectadas, también sufrió quemaduras al ingresar para salvar a los menores que se encontraban dentro del inmueble.

El director del Hospital San José manifestó que ingresaron los afectados, quienes  recibieron la atención de emergencia por parte del personal médico de turno, no sucediendo lo mismo con dos menores que solo se constató su deceso.

 En el hospital se encuentran una bebita de 10 días de nacida, y un sereno con estado de salud estable.

Por su parte el alcalde Víctor Hugo Pachas Morán con el personal de Desarrollo Social y Defensa Civil, se hicieron presentes, con ayuda, consistente en colchones, ollas, víveres, cocina para apoyar a las familias que han perdido todo, producto de este incendio.

La autoridad edil manifestó que apenas tuvieron conocimiento del incendio dispusieron la cisterna de agua para sofocar las llamas.

 Asimismo ha pedido al personal encargado que se haga un empadronamiento de los vecinos porque no solo se trata de tres familias, sino varias las que han sido afectadas sobre todo, los techos.

Agregó también que la municipalidad apoyará con los espacios paras las sepulturas en el  cementerio del distrito.

Las causas del incendio se desconocen, se dice que explotó de un balón de gas, algunos atribuyen al fuerte viento, que ha hecho que se propague el fuego, mencionando también que al costado de la casa donde inició el incendio había acumulados de material reciclable.





Sujetos a bordo de mototaxi hieren a joven transeúnte

 

 La inseguridad ciudadana continúa primando en la provincia de Chincha.

Una de las últimas víctimas es el joven R. Quispe (20), quien al circular a bordo de una moto lineal por inmediaciones de A.H. Alejandro Toledo, fue de pronto interceptado por una mototaxi color rojo, desde el cual una persona desconocida le había disparado en reiteradas ocasiones, al parecer por ajuste de cuentas.

Frente a esta situación de emergencia, la ocasional víctima fue trasladada al área de emergencia del Hospital San José, siendo atendido por el médico de turno, quién tras las atenciones requeridas diagnosticó “herida en el rostro  por proyectil de arma de fuego (roce).”

Actualmente la víctima se encuentra fuera de peligro.

Se menciona igualmente que el herido cuenta con antecedentes policiales por el delito de robo agravado.

Fiscalía logra condena contra dos sujetos por la comisión del delito de tráfico de influencias al alcalde de Grocio Prado

 

 El Primer Despacho de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Ica, a cargo del Fiscal Provincial Titular Fernando Paul Catacora Pamo, obtuvo una sentencia condenatoria mediante la aplicación del proceso inmediato, logrando que en un plazo de 48 horas se condene a M. Á. Loyola y L. A. Torres como autores del delito contra la administración pública, en la modalidad de Tráfico de Influencias, en agravio al Estado Peruano.

Como resultado de la terminación anticipada del proceso, ambos sentenciados recibieron una condena de 4 años, 5 meses y 10 días de pena privativa de la libertad suspendida en su ejecución; 10 años de inhabilitación, 254 días multa, equiva-lente a S/ 2,8193.40 soles, así como el pago de S/ 20, 000.00 soles, por concepto de reparación civil a favor del Estado Peruano.

De acuerdo con la investigación fiscal, los condenados habrían invocado influencias si-muladas, asegurando tener contactos con efectivos policiales de la Dirección Contra la Corrupción Ica (DIRCOCOR), ante Víctor Hugo Pachas Morán, alcalde de la Municipalidad Distrital de Grocio Prado. Bajo ese supuesto ofrecieron ayudarlo en las investigaciones seguidas en su contra, exigiendo para ello la suma de S/ 50, 000.00 soles.

    Tras tomar conocimiento de los hechos, el Ministerio Público ejecutó un operativo de develamiento del delito, que incluyó el fotocopiado de billetes y la aplicación de reactivo fluorescente, acciones que permitieron la intervención y cap-tura de los implicados y con los elementos de convicción recabados durante la investigación, el Juzgado de Investigación Preparatoria de Pueblo Nuevo emitió la sentencia condenatoria.

Asimismo, la Fiscalía Especializada precisó que, de conformidad a los hechos denunciados, correspondía la subsunción al delito de Tráfico de Influencias, ilícito penal cuya investigación corresponde a las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios, conforme a la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1423-2015-MP-FN, del 22 de abril de 2015, tipificación fue también fue acogida por el órgano jurisdiccional competente, descartándose que los hechos constituyeran el delito de extorsión, como fue difundido erróneamente por algunos medios de comunicación.

El Ministerio Público reafirma su compromiso permanente con la lucha frontal contra la corrupción, impulsando investigaciones objetivas y oportunas en defensa de la legalidad, la transparencia y los intereses del Estado peruano.

Vecina de Pueblo Nuevo halla persona fallecida

 

 Este lamentable y penoso caso sucedió en Upis “Las Américas Unidas”, en Pueblo Nuevo-Chincha, donde a través a una llamada telefónica efectuada a la comisaría del distrito, la persona de N. Ñañez, comunicó a los efectivos que a horas ocho de la mañana del miércoles último, se había percatado que la puerta del inmueble de la señora Maricela Ramírez (63), se encontraba abierta y que salía del interior un fuerte olor fétido.

La policía al proceder a desplazarse al lugar señalado, observó efectivamente a una persona fallecida, identificada como Maricela Ramírez Ramírez, que yacía tendida sobre una cama en posición dorsal en estado de putrefacción.

Por información de familiares cercanos, se conoce que la persona aludida sufría de diabetes y que habitaba sola en el mencionado predio.

Ante esta situación dolorosa, los efectivos comunicaron el hecho al representante del Ministerio Publico, fiscal de turno de Chincha, a los peritos de criminalística y al médico de turno para el levantamiento de cadáver, necropsia de ley y determinación fehaciente de las causas de la muerte de la persona fallecida.

INPE: Sentenciados en libertad limpian calles y veredas en beneficio de más de cuatro mil pobladores

 

 En el marco de las acciones de reinserción social que promueve el Instituto Nacional Penitenciario (INPE), el Estable-cimiento de Medio Libre Chincha, en coordinación con la Municipalidad Distrital de Pueblo Nuevo, desarrolló una importante jornada de limpieza y recuperación de espacios públicos, con la participación de 35 personas sentenciadas a la pena de prestación de servicios a la comunidad (PSC).

Durante la intervención, los sentenciados realizaron labores de limpieza de veredas y desarenado en las principales vías del distrito, comprendiendo la avenida Arica y la avenida Víctor Andrés Belaúnde, contribuyendo al mejoramiento del ornato público y a la recuperación de espacios de uso común para beneficio de la población.

Esta acción permitió favorecer de manera directa a aproximadamente 4 280 pobladores, fortaleciendo el compromiso ciudadano con el cuidado del entorno urbano y demostrando el impacto positivo que genera la ejecución de las penas limitativas de derechos cuando se desarrollan de manera articulada con los gobiernos locales.

La campaña se desarrolló bajo el lema "Servicio que une, trabajo que restaura", reafirmando que la prestación de servicios a la comunidad constituye una oportunidad para que las personas sentenciadas reparen el daño causado a la sociedad mediante actividades de utilidad pública, al mismo tiempo que fortalecen valores de responsabilidad, disciplina y compromiso con su proceso de reinserción social.

Con iniciativas como esta, el INPE, a través del Establecimiento de Medio Libre Chincha, continúa promoviendo una gestión eficiente de las penas de prestación de servicios a la comunidad, consolidando alianzas estratégicas con las municipalidades y contribuyendo al bienestar de la ciudadanía mediante acciones concretas de servicio y responsabilidad social.

Fiestas Patrias 2026: Casi dos millones de pasajeros se movilizaron en transporte terrestre interprovincial durante el feriado largo

 

Más de 32 mil viajes fueron realizados por empresas de transporte autorizadas entre el 24 y el 29 de julio, según el balance de la Sutran.

 Un total de 1 931 220 pasajeros se movilizaron a través del servicio de transporte terrestre interprovincial durante el feriado largo por Fiestas Patrias, entre el 24 y el 29 de julio, de acuerdo con el balance realizado por la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías (Sutran), entidad adscrita al Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC).

Durante este periodo también se registraron 32 187 viajes efectuados por 428 empresas de transporte autorizadas, que operaron desde 369 terminales terrestres habilitados a nivel nacional, garantizando la prestación del servicio en condi-ciones de seguridad y formalidad.

Del total de pasajeros movilizados, el sector Sur concentró la mayor demanda con 716 760 viajeros, seguido del sector Centro, con 648 240, y el sector Norte, con 566 220.

Asimismo, la Sutran informó que 540 240 pasajeros viajaron desde Lima hacia diversas regiones del país, mientras que 555 360 realizaron el trayecto de provincias hacia la capital.

A ello se suman 835 620 pasajeros que se desplazaron entre regiones sin pasar por Lima, lo que evidencia el importante movimiento registrado durante estas celebraciones.

Las regiones con mayor demanda de viajes fueron Ica, Lima y La Libertad, destinos que concentraron un importante flujo de pasajeros durante el feriado nacional.

Operativos de control

Con el objetivo de proteger la vida y la seguridad de los usuarios, la Sutran ejecutó el Plan Viaje Seguro Fiestas Patrias 2026, desplegando acciones de fiscalización en terminales terrestres, carreteras y puntos de control estratégicos en todo el país.

Los inspectores verificaron que las empresas de transporte cumplieran con las

 condiciones técnicas y documentarias exigidas por la normativa, además  de 

supervisar el respeto de los límites de velocidad, los tiempos de conducción y 

descanso de los conductores, así como el cumplimiento de las condiciones de 

seguridad antes de cada viaje.

Senamhi prevé lloviznas dispersas en la costa peruana para los próximos días

 

 El Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú (Senamhi), organismo adscrito al Ministerio del Ambiente, informa que entre el 31 de julio y el 2 de agosto se prevé la presencia de lloviznas dispersas a lo largo de la costa peruana, desde Piura hasta Tacna.

En Lima Metropolitana, los mayores acumulados se presentarían en los distritos ubicados en la zona sur, con valores alrededor de los 2.0 mm. En el resto de la capital, los acumulados de precipitación alcanzarían valores de hasta 0.5 mm.

  De acuerdo con los especialistas del Senamhi, estas condiciones están asociadas a la intensificación de los vientos del sur frente a la costa, en el marco del aviso meteorológico N° 297. Este escenario favorecerá el incremento de la humedad y una mayor cobertura nubosa, así como la presencia de niebla y neblina, principalmente durante la noche, madrugada y primeras horas de la mañana, especialmente en zonas cercanas al litoral.

Asimismo, se prevé que durante las tardes puedan presentarse algunos intervalos de brillo solar, principalmente en sectores de la costa donde las condiciones atmosféricas sean favorables.

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHINCHA BAJA Ordenanza Municipal N° 004-2026-MDCHB

 

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHINCHA BAJA

                  Ordenanza Municipal N° 004-2026-MDCHB

 

Chincha Baja, 17 de julio de 2026

LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHINCHA BAJA

POR CUANTO:

EL Concejo Municipal de Chincha Baja, en Sesión Ordinaria de fecha 16-07-2026;

VISTO.- El Informe N° 031-2026-MDCHB/ORT, de fecha 01 de julio del 2026, emitido por la Oficina de Rentas y Tributación, la Opinión Legal N° 126-2025-MDCHB/OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica y el Informe N° 121-2025-MDCHB/GM de la Gerencia Municipal, sobre aprobación de proyecto: “Beneficios Tributarios”, y;

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo con el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, indica “Las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”. Asimismo, el Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades en su Art. 1°, señala “Las municipalidades provinciales y distritales son los Órganos de gobierno promotores del desarrollo local, con personería jurídica de derecho público y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines”; el Art. 11°, establece: “Los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”;

Que, el Artículo IV del Título Preliminar de la Ley N° 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales tienen la finalidad de representar al vecindario, promover la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral sostenible y armónico de su circunscripción;

Que, conforme a lo establecido en el Artículo 9. Inciso 8 de la Ley N° 27972, “Ley Orgánica de Municipalidades, Una de las Atribuciones del Concejo Municipal es: 8-Aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos. Asimismo, en el artículo 20” Incisos 4 y 5, establecen que las atribuciones del alcalde son: “Proponer al concejo municipal proyectos de Ordenanzas y Acuerdos” y “Promulgar las Ordenanzas y disponer su publicación; y en el artículo 40” Indica: “Las Ordenanzas de las Municipalidades Provinciales y Distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la Municipalidad tiene competencia normativa”. Mediante ordenanzas se crean, modifican, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por ley. Las ordenanzas en materia tributaria expedidas por las municipalidades distritales deben ser ratificadas por las municipalidades provinciales de su circunscripción para su vigencia;

Que, el artículo 74° de la misma norma legal establece que: “Los tributos se crean, modifican o derogan, o se establece una exoneración, exclusivamente por ley o decreto legislativo  en caso de delegación de facultades, salvo los aranceles y tasas, los cuales se regulan mediante decreto supremo. Los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales pueden crear, modificar y surprimir contribuciones y tasas, o exonerar de éstos, dentro de su jurisdicción, y con los límites que señala la ley;

Que, mediante Informe Nº 031-2026-MDCHB/ORT, la jefa de Oficina de Rentas y Tributación, eleva propuesta de proyecto de Beneficios Tributarios 2026 con el objetivo de reducir el índice de morosidad de las deudas tributarias en la jurisdicción del distrito de Chincha Baja y puedan acogerse las personas naturales o jurídicas que tengan la calidad de contribuyentes o sean responsables del impuesto predial, arbitrios municipales y multas administrativas;

Que, mediante Opinión Legal Nº 126-2025-MDCHB/OAJ de fecha 03 de julio de 2026, el Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica, luego de revisarse el proyecto de beneficios tributarios 2026 se verificó que se encuentra dentro de la normativa legal; recomendando que se derive al área correspondiente para

la respectiva aprobación;

 

Que, mediante Informe N° 121-2026-MDCHB/GM, la Gerencia Municipal eleva los actuados al pleno del Concejo Municipal sobre la aprobación del proyecto de Beneficios Tributarios 2026;

Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas en el numeral 8 del artículo 9° y artículo 40° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Consejo Municipal con el voto unánime, aprobó la siguiente:

 

ORDENANZA QUE APRUEBA EL BENEFICIO TRIBUTARIO 2025 DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHINCHA BAJA

Artículo 1°. - APROBAR:

El Beneficio Tributario 2026 de Condonación de Multas Tributarias e Intereses Moratorio de Impuestos y Arbitrios Municipales, respecto de deudas tributarias de años anteriores, en estado de ordinaria, fiscalizada, coactiva y presente ejercicio 2024, en el distrito de Chincha Baja.

Artículo 2º.- BENEFICIARIOS:

Podrán acogerse al beneficio tributario todas las personas naturales y jurídicas que tengan la calidad de contribuyentes o sean responsables del Impuesto Predial, Arbitrios Municipales y Multas Administrativas cuyas deudas a la fecha se encuentren en los siguientes supuestos:

-              Contribuyentes con deudas pendientes a la fecha. 

Artículo 3°. - BENEFICIOS PARA PAGOS EFECTUADOS AL CONTADO:

Los beneficios Tributarios establecidos están dirigidos a los contribuyentes que mantienen deuda con la Municipalidad Distrital de Chincha Baja, los cuales obtienen el siguiente descuento:

CONCEPTO

Periodo de la deuda

(Años)

Porcentaje de Exoneración

Porcentaje     de    Condonación

 

 

Monto Insoluto de la Deuda

Interés

Moratorio

Actualización de IPM y Factor de Reajuste

Costas y Gastos

IMPUESTO

2025

-

100%

100%

100%

PREDIAL

2024

-

100%

100%

100%

 

2023

-

100%

100%

100%

 

2022

-

100%

100%

100%

 

2021

-

100%

100%

100%

 

2020

-

100%

100%

100%

 

2019

-

100%

100%

100%

 

2018 y años anteriores.

-

100%

100%

100%

ARBITRIOS

2021 hasta el 2025

 

100%

100%

100%

MUNICIPALES

2020

 

100%

100%

100%

 

2019

50%

100%

100%

100%

 

2018 y

Años anteriores

 

 

100%

 

100%

 

100%

 

Artículo 4°. - MULTAS TRIBUTARIAS:

Los contribuyentes deudores de obligaciones tributarias que regularicen dicha situación y a su vez cuenten con multas tributarias impuestas a la fecha de emitidos los presentes Beneficios Tributarios, gozarán del beneficio de condonación del 100% de las multas tributarias.

a)            Infracciones previstas en el art. 178° del Código Tributario.

Artículo 5º.- ALCANCES:

Se exceptúa a los contribuyentes que se encuentren en Procedo de Fiscalización Tributaria y Expediente que se encuentren en proceso de Cobranza Coactiva. El presente beneficio no suspende de modo alguno el inicio de la cobranza coactiva de las deudas vencidas ni la continuación de los procesos de fiscalización que se hayan iniciado.

Artículo 6°. - RECONOCIMIENTO DE LA DEUDA:

El pago de la deuda que goce de los beneficios contemplados, implica el reconocimiento voluntario de la deuda tributaria, por lo que, respecto a los escritos referidos a los reclamos, apelaciones u otros, que cuestionen dichas deudas vinculadas a dichos conceptos y periodo, la Administración podrá declarar que ha operado la sustracción de la materia, aun cuando no se haya presentado escrito de desistimiento sobre los mismos.

Artículo 7°. - DE LOS PAGOS ANTERIORES

Los montos pagados con anterioridad a la fecha de emitido los presentes beneficios tributarios, no generan derecho a devolución o compensación alguna, asimismo los beneficios otorgados no serán aplicables a las solicitudes de compensación.

Artículo 8°. - DE LA VIGENCIA

Los Contribuyentes se podrán acoger a los presentes beneficios tributarios desde el día siguiente de su emisión hasta el 31/08/2025, vencido el plazo la administración procederá a la cobranza de los Impuesto y arbitrios y a la aplicación de sanciones administrativas, adeudos ajustados a la fecha de pago.

Artículo 9: DEJAR sin efecto toda disposición municipal que se oponga a la presente.

Artículo 10°.- ENCARGAR, a Secretaría General la publicación en el Diario Oficial de la Localidad , así como a la Oficina de Imagen Institucional para su difusión masiva en los medios de comunicación y a la Oficina de la Tecnología Tecnologías Información para su publicación en el portal de Municipalidad Distrital de Chincha Baja.

POR TANTO:

Mando se registre, comunique, publique y cumpla.

 MIRTHA ELENA HERNÁNDEZ GRIMALDO

ALCALDESA

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