Tambo de Mora, 17 de Enero del 2014
LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DE TAMBO DE
MORA
VISTO:
En Sesión Ordinaria de
Consejo Municipal de Fecha 15 de Enero del 2014, se aprobó la realización de Matrimonio
Civil Comunitario por el CXXXIX- Aniversario de Creación Política del Distrito
de Tambo de Mora.
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 194° de
la Constitución Política del Perú, modificado por el Artículo único de la Ley
N° 28607 ley de Reforma Constitucional, en concordancia con el articulo II del
Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972 establece que las Municipalidades Provinciales
y Distritales son órganos de Gobierno local y gozan de Autonomía Política,
Económica y Administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, el artículo 4° de
la Constitución Política del Perú establece que el “Estado y la Comunidad
Protegen a la Familia, Promueve el Matrimonio, reconociéndolos como Institutos
Naturales y Fundamentos de la Sociedad”;
Que, el Artículo 233°
del Código Civil establece que la “Regulación Jurídica de la Familia, tiene por
Finalidad contribuir a su Consolidación y Fortalecimiento, Armonía con los
Principios y Normas proclamadas en la Constitución Política del Perú”;
Que, el Artículo 234°
del código civil señala “Que el Matrimonio es la unión voluntaria concertada
por un Varón y una Mujer Legalmente aptos para ella y Formalizada con sujeción
a las disposiciones de este código a fin de hacer vida en común”;
Que, asimismo el
Artículo 9° Numeral 9 de la Ley N° 27972 “Ley Orgánica de Municipalidades”, establece
que es atribución del Consejo Municipal Crear, Modificar, Suprimir o Exonerar
de Tasas, Arbitrios, Licencias y Derechos conforme a Ley en concordancia con el
Artículo 40° de la acotada Norma Legal invocada;
Que, como es de
conocimiento Público el Distrito de Tambo de Mora – Provincia de Chincha,
Región de Ica, el 05 de Febrero del presente año, celebra su CXXXIX-
Aniversario de Creación Política y estando su Estado Civil, contrayendo así
Matrimonio Civil.
Que, de otro lado es
deber de esta comuna Edil proteger a la Familia así como también Promover el Matrimonio
como Institución Natural y Fundamental de la Sociedad cautelando su Legalidad y
Seguridad Jurídica;
Que, estando al Informe
de la Jefatura de Registro Civil y la Opinión Legal de la Asesoría Legal
Externa y de conformidad con las Atribuciones establecida en el Articulo 9
Incisos 8 y 9 y el Articulo 40 de la Ley N° 27972 “Ley Orgánica de Municipalidades”,
con el voto unánime de los miembros del cuerpo edil y con la dispensa de la
lectura y aprobación del acta, se ha dado lo siguiente:
ORDENANZA:
“QUE, APRUEBA LA REALIZACION
DEL MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO 2014 EN EL DISTRITO DE TAMBO DE MORA –
PROVINCIA DE CHINCHA – DEPARTAMENTO DE ICA”
SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: AUTORIZAR,
la celebración del Matrimonio Civil
Comunitario 2014 para el día 01 de Febrero del presente año, exonerando a los
contribuyentes de los Derechos e Pago Establecidos en el TUPA vigente.
ARTICULO SEGUNDO: APROBAR
la EXONERACION DE PAGO por Derecho correspondiente al Matrimonio Civil
Comunitario 2014 según el “Texto Único de Procedimientos Administrativos”, estableciéndose
como pago único por Derecho de Trámite Administrativo la suma de S/.20.00
(Veinte y 00/100 Nuevos Soles).
ARTICULO TERCERO: DISPENSAR
a los contrayentes del trámite de publicación del Edicto Matrimonial, conforme
a lo dispuesto por el Artículo 252° del Código Civil vigente ,estableciéndose
la obligación de cumplir con los requisitos siguientes: Partida de Nacimiento de
los contrayentes actualizada ,Fotocopia de DNI de los Contrayentes, Declaración
Jurada de soltería (si son convivientes copia de la partida de Nacimiento de
uno de sus Hijos si es el caso),Declaración Jurada de Domicilio, Declaración
Jurada de no tener tal Impedimento según el Artículo 241° ,Inciso 2 que dispone
el Artículo 248 de la Norma Citada.
ARTICULO CUARTO: ENCARGAR
a la unidad de Registro Civil el cumplimiento de la presente Ordenanza
Municipal , a la Secretaria General para su publicación en el Diario Oficial de
la localidad y hacer de Conocimiento a las Oficinas de esta Municipalidad.
REGISTRESE, COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y
CUMPLASE.
Ana Melva Ramírez
Velásquez
Alcaldesa
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