jueves, 12 de febrero de 2015

Municipalidad Provincial de Chincha


Acuerdo de Concejo No. 012-2015-A/MPCH.
Chincha Alta,   30 de Enero de 2015
EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD
PROVINCIAL DE CHINCHA
Visto; el informe No. 089-2015-GAJ/MPCH, de fecha 28 de enero de 2015, suscrito por la Gerente de Asesoría Jurídica, sobre aprobación de proyecto de Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional entre la Municipalidad Provincial de Chincha y el Servicio de Parques de Lima (SERPAR – LIMA);
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley N° 27680, Ley de Reforma Constitucional y la Ley N° 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, señalan que las municipalidades, son órganos de gobierno local que emanan de la voluntad popular, con personería jurídica de derecho público y autonomía económica, política y administrativa en los asuntos de su competencia.
Que, el artículo 9° numeral 26 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que corresponde al Concejo Municipal  “Aprobar la celebración de convenios de cooperación nacional e internacional y convenios interinstitucionales”.
Que, que dentro de las funciones específicas y exclusivas, de las Municipalidades, prescrito en la Ley 27972, encontramos el artículo 82° que se refiere a la Educación, Cultura, Deportes y Recreación; en este caso lo establecido en el numeral 18 que señala "Normar, coordinar y fomentar el deporte y la recreación de manera permanente, en la niñez, juventud y el vecindario en general, mediante las escuelas comunales de deporte, la construcción de campos deportivos y recreacionales o el empleo temporal de zonas urbanas apropiadas para los fines antes indicados, coordinan con las entidades públicas responsables y  convocan la participación del sector privado".
Qué. el  presente Convenio Marco tiene como objeto para el caso de SERPAR-LIMA la de asesorar, capacitar, supervisar, apoyar la habilitación y de ser el caso, EJECUTAR LA CONSTRUCCION DE PARQUES ZONALES en la jurisdicción de la Provincia de Chincha, entre otras obligaciones que tiene conforme se visualiza de la Cláusula Tercera del Convenio Marco.
Estando a lo expuesto, en uso de las facultades conferidas por los artículos 39° y 41° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley 27972 , Los regidores del Concejo Municipal con el voto por UNANIMIDAD efectuado en la Sesión Ordinaria de fecha 28 de enero de 2015, con la dispensa de lectura y aprobación de acta;
ACUERDA
ARTICULO PRIMERO.- AUTORIZAR al Ing. Cesar Antonio Carranza Falla, Alcalde de la Municipalidad Provincial de Chincha, suscribir el  Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional entre la Municipalidad Provincial de Chincha y el Servicio de Parques de Lima (SERPAR – LIMA).
ARTICULO SEGUNDO.-  Encargar  a la Secretaria General Oficiar a SERPAR con la debida nota de atención.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
Ing. CÉSAR ANTONIO CARRANZA FALLA

ALCALDE

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