jueves, 12 de febrero de 2015

Municipalidad Provincial de Chincha


ORDENANZA No. 04-2015-MPCH
Chincha Alta,  10 de Febrero de 2015
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA
VISTO: la Carta Rgto. No. 909-96-2015, suscrito por el Gerente de la Municipalidad Provincial de Canta, sobre 1198  quien informa el registro de Licencias de Conducir de Vehículos Menores.
CONSIDERANDO:
Que, el Art. 194° de la Constitución Política del Estado señala que las Municipalidades Provinciales y Distritales,  son órganos de gobierno local, tiene autonomía Política. Económica y Administrativa en los asuntos de su competencia conforme a Ley.
Qué,  de conformidad con lo establecido por el Inc. 8) del Art.  9° de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, corresponde al Concejo Municipal aprobar, modificar o derogar las Ordenanzas y dejar sin efecto los Acuerdos.
Que, por informe No. 237-2015-DTV/MPCH, de fecha 27 de enero de 2015,  el Jefe de la División de Transporte y Seguridad Vial informa entre otras consideraciones que el importe por la infracción  no contar con Licencia de Conducir es  del 50% de la UIT, es decir S/. 1,925.OO más el internamiento del vehículo en el Depósito Municipal, e inhabilitado por 03 años para solicitar licencia de conducir, motivo que genera un caos vehicular y un problema social en nuestra provincia y sugiere: Emitirles una nueva licencia de conducir, con un costo social por derecho de emisión de s/. 15.oo  nuevos soles, debiendo cumplir previamente con los requisitos exigidos para esta categoría, que son: Tener 18 años de edad, primaria completa, Certificado Médico de Aptitud Psicosomático, Certificado de Capacitación del Conductor en transporte de personal, aprobar el examen de manejo para la categoría y abonar el derecho de trámite.
Que, con  Informe Legal No. 93-2015-GAJ/MPCH, de fecha 28 de Enero de 2015, comunica que no existiendo  convenio efectuado ente la Municipalidad Provincial de Canta y la Municipalidad Distrital de Pueblo Nuevo -  Chincha de tal manera que  deberán gestionen su respectiva licencia en la Municipalidad Provincial de Chincha; por lo que  frente a este hecho se tiene que regularizar, entendiéndose el “Hacer que algo funcione de acuerdo con una norma o regla establecida generalmente para que obtenga autorización o reconocimiento oficial conforme lo cita el Diccionario Manual de la Lengua Española Vox 2007 Larouse Editorial S.L. 
Que, con la propuesta efectuada en el informe No. 237-2014-DTSV/MPCH, por el cual propone  el Jefe de la División de Transito y Rodaje que se proceda a establecer un régimen de excepción, otorgándose una Rebaja del costo de Licencia de conducir por un plazo denominado de hasta 60 días, con un pago de s/. 15.oo nuevos soles, conforme al listado que aparece en la Carta remitida por la Municipalidad Provincial de Canta;  pero con la condición que cumplan con los requisitos establecidos en la Ley,  de tal manera que no puedan ser objeto de acciones de control de Personal de Policía Nacional asignada al control del Tránsito en la ciudad; evitándose costos elevados por infracciones a las reglas de tránsito y que de alguna manera regularizaran su situación muchos conductores que en algunos casos son una fuente de ingreso a su economía familiar; opinando se
se modifique el TUPA aprobado con Ordenanza No. 020-2013-MPCH, respecto al ITEM 48.21, estableciéndose una rebaja temporal, por el termino de 60 días calendarios a partir de la publicación de la Ordenanza, a un costo de s/. 15.00 nuevos soles, solo aplicable a las licencias gestionadas ante la Municipalidad Provincial de Canta.
Estando a lo expuesto, informe legal, Ley 27444, con el voto unánime de los regidores asistentes en la Sesión Ordinaria de fecha 28 de Enero de 2015,  con la dispensa de la lectura y aprobación del acta   y a las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades No. 27972; se aprueba lo siguiente:
ORDENANZA MUNICIPAL QUE  REBAJA  TEMPORALMENTE  EL ITEM 48.21  APLICADO EN LA ORDENANZA No. 020-2013-MPCH, EN LO QUE RESPECTA LICENCIA DE CONDUCIR – VEHÍCULO MENOR
Artículo Primero.- REBAJAR temporalmente  por el término de 60 días, el ITEM 48.21  Licencia de Conducir – Vehículo Menor al costo de s/. 15.00 nuevos soles de la Ordenanza No. 020-2013-MPC,  solo aplicables a las licencias gestionadas ante la Municipalidad Provincial de Canta, que son un total de 1198 según relación que se adjunta y forma parte de la presente ordenanza; debiendo asimismo cumplir con los requisitos de: Tener 18 años de edad, primaria completa, Certificado Médico de Aptitud Psicosomático, Certificado de Capacitación del Conductor en transporte de personal, aprobar el examen de manejo para la categoría y abonar el derecho de trámite.
Artículo Segundo.-  La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Localidad y publicándose  en el portal electrónico de la Entidad.
Artículo Tercero.- Encargar a la División de Transporte y Seguridad Vial de la Gerencia de Acondicionamiento Territorial, realizar las coordinaciones para el cumplimiento de la presente Ordenanza.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
Ing. CÉSAR ANTONIO CARRANZA FALLA

ALCALDE

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