Municipalidad Provincial de Chincha
DECRETO DE ALCALDÍA N° 010-2024/MPCH
Chincha, 16 de mayo de 2024
VISTO:
El Informe Nº 104-2024-GM/MPCH de fecha 15 de mayo de 2024 de la Gerencia
Municipal, el Informe Legal N° 2236-2024-GAJ/MPCH, de fecha 15 de mayo del 2024
de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Informe N° 1253-2024-GAT/MDCH, de fecha
14 de mayo del 2024, de la Gerencia de Administración Tributaria, respecto al
Proyecto de “DECRETO DE ALCALDÍA QUE PRORROGA EL CRONOGRAMA DE VENCIMIENTO DEL
PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL, IMPUESTO VEHICULAR Y ARBITRIOS MUNICIPALES PARA EL
EJERCICIO FISCAL 2024 DE LA PROVINCIA DE CHINCHA”;
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Perú establece en su artículo 194° las
municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local y
tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su
competencia;
Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley
Orgánica de municipalidades, establece que las municipalidades, como órganos de
gobierno local, tienen autonomía económica y administrativa en los asuntos de
su competencia; y asimismo ejerce su función normativa, a través de Ordenanzas,
que tienen rango de Ley, de conformidad con el numeral 4, artículo 200º de la
Constitución Política del Perú;
Que, mediante Ordenanza Municipal N° 02-2024-MPCH de fecha 11 de enero de
2024, se aprueba la “ORDENANZA QUE ESTABLECE EL MONTO DEL PAGO MINIMO DEL
IMPUESTO PREDIAL Y APRUEBA EL CRONOGRAMA DE VENCIMIENTO DEL PLAZO PARA EL PAGO
DEL IMPUESTO PREDIAL, IMPUESTO VEHICULAR Y ARBITRIOS MUNICIPALES 2024”,
estableciéndose las fechas de vencimiento de pagos respectivos; asimismo, en su
Tercera Disposición Final y Transitorias, establece literalmente “Facúltese al
señor alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía pueda prorrogar los plazos
de vencimiento de la presente norma o dicte medidas complementarias para el
mejor cumplimiento de la presente Ordenanza.
Que, mediante Decreto de Alcaldía Nro. 05-2024/MPCH, de fecha 29 de
febrero de 2024 publicado el 01 de marzo de 2024, se prorroga la fecha de
vencimiento de plazo para el pago de los tributos municipales; y por Decreto de
Alcaldía N° 06-2024-MPCH de fecha 26 de marzo de 2024 se prorroga la fecha de
vencimiento de plazo para el pago de los tributos municipales hasta el 17 de
mayo de 2024 considerando la aprobación de la Ordenanza Municipal vigente que
aprueba beneficios tributarios, y tomando en cuenta que los contribuyentes
continúan apersonándose a regularizar la presentación de sus declaraciones
juradas y/o realizar los pagos de sus tributos, es coherente prorrogar las
fechas de vencimiento de plazo.
Que, el artículo 74° de la Constitución Política del Perú, señala los
tributos se crean, modifican o derogan, o se establece una exoneración,
exclusivamente por ley o decreto legislativo en caso de delegación de
facultades, salvo los aranceles y tasas, los cuales se regulan mediante decreto
supremo. Los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales pueden crear,
modificar y suprimir contribuciones y tasas, o exonerar de éstas, dentro de su
jurisdicción, y con los límites que señala la ley. El Estado, al ejercer la
potestad tributaria, debe respetar los principios de reserva de la ley, y los
de igualdad y respeto de los derechos fundamentales de la persona. Ningún
tributo puede tener carácter confiscatorio;
Que, la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nro. 27972 establece en su
“Artículo 42°.- Decretos de Alcaldía, Los decretos de alcaldía establecen
normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos
necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o
regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean
de competencia del Concejo Municipal”.
Que, contando con la opinión favorable de la Gerencia de Asesoría
Jurídica, estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en el
numeral del artículo 20º y en concordancia con el artículo 42º de la Ley 27972
“Ley Orgánica de Municipalidades”:
DECRETA
ARTÍCULO PRIMERO. – PRORROGUESE LA FECHA DE VENCIMIENTO DE PLAZO, para el
pago de los tributos municipales, estableciéndose el siguiente cronograma:
IMPUESTO PREDIAL
Pago anual al contado : 31 de
julio del 2024.
Pago fraccionado:
Primer Trimestre : 31/07/2024
Segundo Trimestre :
31/07/2024
Tercer Trimestre : 30/08/2024
Cuarto Trimestre : 29/11/2024
IMPUESTO VEHICULAR
Pago anual al contado : 31 de
julio del 2024.
Pago fraccionado:
Primer Trimestre : 31/07/2024
Segundo Trimestre :
31/07/2024
Tercer Trimestre : 30/08/2024
Cuarto Trimestre : 29/11/2024
ARBITRIOS MUNICIPALES
Pago anual al contado : 31 de
julio del 2024.
Pago mensual:
Enero : 31/07/2024
Febrero : 31/07/2024
Marzo : 31/07/2024
Abril : 31/07/2024
Mayo : 31/07/2024
Junio : 31/07/2024
Julio : 31/07/2024
Agosto : 30/08/2024
Setiembre: 30/09/2024
Octubre : 31/10/2024
Noviembre: 29/11/2024
Diciembre: 31/12/2024
ARTÍCULO SEGUNDO: ENCARGAR, a la Gerencia de Administración Tributaria,
Gerencia de Administración, Sub Gerencia de Tesorería, Gerencia de Sistemas y
Procesos, y demás áreas relacionadas el fiel cumplimiento del presente Decreto.
ARTÍCULO TERCERO: ENCARGAR, a la Gerencia de Secretaría General la
publicación del presente Decreto de Alcaldía, tal como corresponde; asimismo,
encargar a la Gerencia de Sistemas y Procesos la publicación en el Portal Web
de la Entidad www.municipalidadchincha.gob.pe.
POR TANTO:
Mando se registre, comunique, publique y cumpla.
Ing. César Antonio
Carranza Falla
Alcalde
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