lunes, 22 de mayo de 2023

Municipalidad Provincial de Chincha ORDENANZA MUNICIPAL N° 09 -2023-MPCH

 

Municipalidad Provincial de Chincha

ORDENANZA MUNICIPAL N° 09 -2023-MPCH

              Chincha, 28 de abril del 2023

EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA

VISTO:

En Sesión Ordinaria de fecha 26 de abril del 2023, el Informe N° 400-2023-SGTSV-GAT/MPCH  de la Sub-Gerencia de Transportes y Seguridad Vial;  quien presenta el Proyecto de Ordenanza que exonera temporalmente el pago por concepto de custodia y/o internamiento vehicular en os depósitos municipales (DVM)  de la Municipalidad Provincial de Chincha; el  Informe N° 0275-2023-GAT/MCH de la Gerencia de  Acondicionamiento Territorial;  el Informe Legal              N° 1217-2023-GAJ/MPCH de la Gerencia de Asesoría Jurídica y e Informe N° 252-2023-GM/MPCH  emitido por la Gerencia Municipal y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por el Artículo Único de la Ley N° 30305 en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los gobiernos locales son órganos de gobierno que poseen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución establece para los gobiernos locales radica en la facultad de ejercer actos de gobierno administrativo y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico.

Que, la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, numeral 8) del artículo 9° indica que, son atribuciones del Concejo Municipal aprobar, modificar o derogar las Ordenanzas; así mismo, de acuerdo al artículo 40° señala que éstas son normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueban la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y materias en la que la municipalidad tiene competencia normativa, en concordancia con el artículo 200° inciso 4) de la Constitución Política que otorga el rango de Ley a las Ordenanzas.

Que, el Artículo 195º de la Constitución Política del Perú, otorga potestades tributarias a los gobiernos locales al disponer que estos tienen competencia para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales, conforme a Ley, estableciendo adicionalmente que las municipalidades tienen competencia para administrar sus bienes y rentas.

Que, la Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre - Ley N° 27181 dispone en su numeral 17.1 art. 17° y en concordancia con el TUO del Reglamento Nacional de Tránsito - Decreto Supremo N° 016-2009-MTC señalan en su literal a) numeral 1, literal b) numeral 2 del art. 5°, que las Municipalidades Provinciales, en su respectiva jurisdicción y de conformidad con los reglamentos nacionales, tienen competencia en materia de transporte y tránsito terrestre, emitir normas y disposiciones, así como, administrar, fiscalizar y recaudar los recursos provenientes del pago de multas por infracciones de tránsito.

Que, el objetivo de implementar beneficios temporales de exoneración total o parcial de la deuda por concepto de tasa de internamiento vehicular, es el de promover y difundir ante la población, una cultura de pago, aprovechando las facilidades que excepcionalmente otorga el Municipio de la Provincia de Chincha, con la finalidad de que la población afectada con las medidas preventivas de internamiento de su vehículos, puedan recuperar sus unidades vehiculares y desocupar, para el municipio, los espacios destinados a depósitos municipales vehiculares, ello con la finalidad de continuar prestando, el servicio de depósito municipal vehicular (DMV), a las instituciones y la población de la provincia de Chincha. Se debe considerar en este aspecto el estado financiero de la ciudadanía, quienes se han visto afectados, en los últimos años, con el Estado de Emergencia a causa del brote y propagación del COVID - 19.

Que, el presente beneficio tendrá por objeto estimular a los propietarios y/o conductores que han cometido infracciones de tránsito, y puedan realizar el reconocimiento voluntario de sus infracciones y realicen el pago de sus multas en un plazo breve, al analizar el costo beneficio de dicha modalidad, debido a que en caso se apruebe el presente beneficio se exonerara temporalmente el  pago por concepto de internamiento vehicular, permitiendo así sostener un equilibrio económico, en beneficio propio y de su familia.

Que, Informe N° 400-2023-SGTSV-MPCH de fecha 25 de abril de 2023, hace de conocimiento que el Depósito Municipal de Vehiculas (DMV) ubicado en el Pago de Acequia  Grande, Toma de Calas altura de la Panamericana Sur km. 201 Chincha Alta y el de la Av. Arenales  N° 301, Chincha Alta se encuentra saturados por el gran número de vehículos  internados hasta la fecha, lo que impide la maniobrabilidad al momento de ingreso  y salida de vehículos internados o liberados; asimismo dificulta las acciones de custodia y solicita  se sirva gestionar la Amnistia Vehicular 2023 debido a la gran cantidad de vehículos internados por infracciones graves asimismo, después del plazo de la Amnistía Vehicular se inicie el proceso para declaración de abandono y chatarreo  de los vehículos internados en el Depósito Vehicular  conforme al D.S N° 016-2021-MTC, en mérito al cual se emite el Informe Legal N° 0275-2023-GAT/MCH  de la Gerencia de Acondicionamiento Territorial   y, el Informe Legal N° 1217-2023-GAJ-MPCH de fecha 25 de abril 

de 2023, por la que la Gerente de Asesoría Jurídica de la Municipalidad Provincial de Chincha OPINA se derive el presente a Sesión de Concejo Municipal para que considere aprobar la Ordenanza que exonera temporalmente el pago por concepto de custodia y/o internamiento vehicular en los depósitos municipales (DMV)  de la Municipalidad Provincial de Chincha  que consta de (07)  y cinco (5) disposiciones  complementarias finales;

Que, sometida la propuesta del Proyecto de Ordenanza QUE EXONERA TEMPORALMENTE EL PAGO POR CONCEPTO DE CUSTODIA Y/O INTERNAMIENTO VEHICULAR EN LOS DEPÓSITOS MUNICIPALES VEHICULARES (DMV) DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA, el Pleno del Concejo Municipal en Sesión Ordinaria de fecha 26 de abril del 2023, el Pleno del Concejo Municipal por votación UNANIME aprobó el proyecto de Ordenanza presentado;

Que, estando a las atribuciones conferidas por la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo en general y demás normas conexas aplicables al caso concreto, y conforme a los documentos indicados en el visto, el Pleno de Consejo Municipal aprobó la siguiente:

 

ARTICULO PRIMERO: APROBAR la “ORDENANZA MUNICIPAL QUE EXONERA TEMPORALMENTE EL PAGO POR CONCEPTO DE CUSTODIA Y/O INTERNAMIENTO VEHICULAR EN LOS DEPÓSITOS MUNICIPALES VEHICULARES (DMV) DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA”, que consta de siete (07) artículos y cinco (05) disposiciones complementarias finales.

ORDENANZA MUNICIPAL QUE EXONERA TEMPORALMENTE EL PAGO POR CONCEPTO DE CUSTODIA Y/O INTERNAMIENTO VEHICULAR EN LOS DEPÓSITOS MUNICIPALES VEHICULARES (DMV) DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA

CAPITULO I

DISPOSICIONES GENERALES

ARTÍCULO 1.- OBJETO

La presente ordenanza tiene por objeto establecer un régimen excepcional y por única vez generar beneficios para el cumplimiento de las deudas pendientes de pago, otorgando a los conductores y/o propietarios de las unidades vehiculares internadas en el Depósito Municipal Vehicular, las facilidades a través del pago al contado y dar cumplimiento de sus obligaciones no tributarias, otorgando los mecanismos de pago ante la coyuntura que se vive en la Provincia de Chincha.

ARTÍCULO 2.- FINALIDAD

La presente Ordenanza tiene como finalidad prioritaria, estimular a los propietarios y/o conductores que han cometido infracciones de tránsito, y puedan realizar el reconocimiento voluntario de sus infracciones y realicen el pago de sus multas en un plazo breve, al analizar el costo beneficio de dicha modalidad, debido a que en caso se apruebe el presente beneficio se reduciría todas las actuaciones administrativas, evitándose largos procedimientos sancionadores con los costos que genera a la administración pública y redundaría en el beneficio adicional de descongestionar los Depósitos Municipales Vehiculares.

ARTÍCULO 3.- ALCANCE

La presente Ordenanza se aplica a los conductores infractores y/o propietarios de las unidades vehiculares que se hayan visto afectados con la medida complementaria de internamiento por incurrir en infracciones al tránsito, contenidas en el TUO del Reglamento Nacional de Tránsito – Código de tránsito, aprobado por el Decreto Supremo N° 016-2009—MTC y por incurrir en infracciones pasibles de imposición de actas de control de transporte.

CAPITULO II

VIGENCIA Y BENEFICIO DE LA DEUDA NO TRIBUTARIA

ARTÍCULO 4.- VIGENCIA

Esta medida de beneficio excepcional de tipo no tributario, podrán acogerse a los beneficios regulados en la presente Ordenanza, desde su publicación hasta por sesenta (60) días calendarios posteriores.

ARTÍCULO 5.- DEUDA MATERIA DEL BENEFICIO

El concepto de pago por custodia en los Depósitos Municipales Vehiculares de la Municipalidad Provincial de Chincha. 

CAPITULO III

BENEFICIOS PARA EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES NO TRIBUTARIAS

ARTÍCULO 6.- BENEFICIO POR EL PAGO AL CONTADO

Durante la vigencia de la presente ordenanza, los conductores y/o propietarios que se acojan al beneficio de la presente ordenanza, realizando el pago al contado en una sola cuota obtendrán el descuento que se detalla en el siguiente cuadro:

EXONERACIÓN POR TASA DE INTERNAMIENTO EN EL DEPÓSITO MUNICIPAL VEHICULAR

PERIODO

% DE DESCUENTO

PARA TODOS LOS VEHICULOS INTERNADOS EN EL DEPÓSITO MUNICIPAL VEHICULAR, DESDE SU INTERNAMIENTO HASTA LA FECHA.

 

100%

 

 

 

 





ARTÍCULO 7.- DEL ACOGIMIENTO DEL BENEFICIO

El acogimiento a los beneficios respecto del presente beneficio no libera al infractor de las sanciones pecuniarias y no pecuniarias que su infracción haya acarreado.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES

PRIMERA. - PUBLÍQUESE la presente Ordenanza en el diario de circulación local de la Provincia de Chincha, la misma que entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación, por un periodo de sesenta (60) días calendarios.

SEGUNDA. - ESTABLECER que son válidos los pagos realizados sin descuentos, realizados con anterioridad a la vigencia de la presente Ordenanza; por lo que, no son materia de compensación o devolución.                

TERCERA. - FACULTAR al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones reglamentarias y/o complementarias necesarias para lograr la adecuada aplicación y/o ampliación del plazo de la presente Ordenanza.

CUARTA. - ENCARGAR a la Gerencia de Sistemas y Procesos la publicación de la presente Ordenanza en el Portal Web de la entidad www.munichincha.gob.pe.

QUINTA. - DEJAR SIN EFECTO cualquier disposición normativa municipal, que se oponga a la presente Ordenanza.

REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Ing. César Carranza Falla

Alcalde

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