MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE PUEBLO NUEVO - CHINCHA
ORDENANZA
MUNICIPAL N° 013-2022/MDPN
Pueblo Nuevo, 30
de noviembre de 2022.
LA ALCALDESA DE
LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO NUEVO - CHINCHA
POR CUANTO:
EL CONCEJO
MUNICIPAL DEL DISTRITO DE PUEBLO NUEVO – CHINCHA, en Sesión Ordinaria de fecha
30 de noviembre de 2022; y
VISTO:
El Informe N°
256-2022-SGR-GM-MDPN, de fecha 11 de noviembre de 2022, emitido por la Sub
Gerencia de Rentas; el Informe Legal N° 0175-2022-MDPN-SAJ/GHA de la Sub
Gerencia de Asesoría Jurídica; el Memorándum N° 5328-2021/GM/MDPN/ECR de la
Gerencia Municipal; y,
CONSIDERANDO:
Que, conforme
con lo establecido en el artículo 194° de la Constitución Política del Perú,
las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno
local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su
competencia; reconociéndoseles su competencia para crear, modificar y suprimir
contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales conforme a
la Ley, según lo dispuesto en el artículo 195°, numeral 4) de la Carta Magna,
asimismo, según el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley
Orgánica de Municipalidades, la autonomía que la Carta Magna establece para las
municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno,
administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, el numeral
8) del artículo 9° de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades;
establece que es atribución del Concejo Municipal, Aprobar, modificar o derogar
las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos, asimismo el numeral 9) del
mismo artículo, señala que puede crear, modificar, suprimir o exonerar de
contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos, conforme a ley;
Que, asimismo,
el artículo 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las
Ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de
su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la
estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la
organización interna, la regulación, administración y supervisión de los
servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia
normativa. Mediante ordenanzas se crean, modifican, suprimen o exoneran, los
arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites
establecidos por ley. Las ordenanzas en
materia tributaria expedidas por las municipalidades distritales deben ser
ratificadas por las municipalidades provinciales de su circunscripción para su
vigencia;
Que, la Cuarta
Disposición Final del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal,
aprobado mediante D.S. N° 156-2004-EF y sus modificatorias, indica que las
municipalidades que brinden el servicio de emisión mecanizada de actualización
de valores, determinación de impuestos y de recibos de pagos correspondientes,
incluida su distribución a domicilio, quedan facultadas a cobrar por dichos
servicios no más del 0.4% de la UIT
vigente al 1 de enero de cada ejercicio, en cuyo caso dicha valorizaci6n
sustituye la obligación de presentación de declaraciones juradas;
Que, mediante
Informe N° 256-2022-SGR-GM/MDPN, de fecha 11 de noviembre de 2022, la Sub
Gerencia de Rentas, ha procedido a la identificación de la estructura de
costos, la descripción de los servicios correspondientes para el año fiscal
2023 y conforme al ámbito de sus funciones presenta el “Proyecto de Ordenanza
Municipal que fija el costo por Derecho de Emisión Mecanizada de Declaración
Jurada del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el Ejercicio Fiscal
2023, en el Distrito de Pueblo Nuevo - Chincha", en la cual cada
contribuyente deberá abonar una suma adecuada.
Que, a través
del Informe Legal N° 0175-2022-MDPN-SAJ/GHA, de fecha 16 de noviembre de 2022,
la Sub Gerencia de Asesoría Jurídica es de opinión declarar PROCEDENTE, el
“Proyecto de Ordenanza Municipal que fija el costo por Derecho de Emisión
Mecanizada de Declaración Jurada del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales
para el Ejercicio Fiscal 2023, en el Distrito de Pueblo Nuevo - Chincha",
debiendo proceder la Secretaria General con agendar la propuesta presentada,
para su debate y aprobación ante el pleno del Concejo Municipal, de acuerdo a
las atribuciones conferidas en los numerales 8) y 9) del artículo 9° de la Ley
Orgánica de Municipalidades;
Estando lo
expuesto, en uso de las atribuciones conferidas en los numerales 8) y 9) del
artículo 9° y artículo 40° de la Ley 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades,
con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, el Concejo
Municipal en Sesión Ordinaria de fecha 30 de noviembre de 2022, acordó por
UNANIMIDAD de los presentes la siguiente:
ORDENANZA MUNICIPAL
QUE FIJA EL COSTO POR DERECHO DE
EMISIÓN
MECANIZADA DE DECLARACIÓN JURADA DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES
PARA EL EJERCICIO FISCAL 2023, EN EL DISTRITO DE PUEBLO NUEVO - CHINCHA
ARTÍCULO
PRIMERO.- DE LA EMISIÓN MECANIZADA DE ACTUALIZACIÓN DE VALORES DEL IMPUESTO
PREDIAL.
DISPONER la
emisión mecanizada de Actualización de Valores del Impuesto Predial y Arbitrios
Municipales correspondiente al Ejercicio Fiscal 2023, de los predios ubicados
en la jurisdicción distrital de Pueblo Nuevo - Chincha, independiente de la
condición de inafecto o exonerado de cada contribuyente.
ARTICULO
SEGUNDO.- DEL DERECHO DE EMISIÓN DEL IMPUESTO PREDIAL.
FIJAR en S/.
5.00 (CINCO CON 00/100 SOLES) el monto que deberán abonar los contribuyentes
por concepto de derecho de emisión mecanizada de actualización de Valores,
determinación del impuesto y distribución de la Declaración Jurada del Impuesto
Predial del Ejercicio Fiscal 2023, por cada Formato de Declaración Jurada (HR,
PU, o PR). El derecho de emisión se cancelará conjuntamente con el pago total
del Impuesto Predial o con la primera cuota en el caso de pago fraccionado.
ARTÍCULO
TERCERO.- DEL MONTO MINIMO A PAGAR POR IMPUESTO PREDIAL.
ARTÍCULO
CUARTO.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y Subgerencia de Rentas, el
cumplimiento de la presente Ordenanza Municipal y, a la Unidad de Imagen
Institucional y Comunicaciones la DIFUSIÓN en el ámbito jurisdiccional del
Distrito de Pueblo Nuevo - Chincha.
ARTÍCULO
QUINTO.- PUBLIQUESE, la presente Ordenanza Municipal en el Diario Oficial de mayor circulación
local, y en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Pueblo
Nuevo - Chincha: http://www.munipueblonuevochincha.gob.pe
ARTÍCULO
SEXTO.- DE LAS DISPOSICIONES.
FACULTAR a la
Alcaldesa de la Municipalidad Distrital de Pueblo Nuevo, para que mediante
Decreto de Alcaldía, se dicten las normas complementarias necesarias, a fin de
que los contribuyentes cumplan con el pago de las obligaciones tributarias
correspondientes al Ejercicio Fiscal 2023.
Regístrese,
Comuníquese, Publíquese y Cúmplase.
Bertha Rosalyn
Peña Ormeño
ALCALDESA
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