Municipalidad
Distrital de Pueblo Nuevo
ORDENANZA
MUNICIPAL N° 014-2021/MDPN
Pueblo Nuevo, 22
de octubre de 2021
LA
ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE PUEBLO NUEVO - CHINCHA
POR CUANTO:
El Concejo
Municipal del Distrito de Pueblo Nuevo – Chincha, en Sesión Ordinaria del
Concejo Municipal de fecha 22 de octubre de 2021, y;
VISTO:
El Expediente
Nro.3629-2021, presentado por el Centro de Salud del Distrito de Pueblo Nuevo
para la incorporación de los Gerentes de los establecimientos de Salud al
Comité Multisectorial para la prevención del Covid-19 en la jurisdicción del
Distrito de Pueblo Nuevo – Chincha; el Informe N° 0221-2021/SGDS/MDPN/NELA
emitido por la Sub Gerencia de Desarrollo Social; el Informe N°
074-2021-LJVCH-RUSPSAS/MDPN de la Unidad de Salud Pública, Salud Animal y
Salubridad; el Informe N° 0564-2021-WJST-SGDEL/MDPN de la Sub Gerencia de
Desarrollo Económico Local; el Informe Legal N° 0309-2021-MDPN-SAJ/GHA de la
Sub Gerencia de Asesoría Jurídica; el Memorándum N° 4226-2021/GM/MDPN/ECR de la
Gerencia Municipal; y,
CONSIDERANDO:
Que, de
conformidad con el Artículo 194° de la Constitución Política del Estado,
modificada por las Leyes de Reforma Constitucional Ley N° 28607 y N° 30305
establece que: "Las Municipalidades Distritales son órganos de gobierno
local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de
su competencia", asimismo, el artículo II del Título Preliminar de la Ley
N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que la autonomía que la
Constitución Política establece para las municipalidades radica en la facultad
de ejercer actos de Gobierno, administrativos y de administración, con sujeción
a orden jurídico;
Que, el artículo
39° de la Ley 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, establece que “los
concejos municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobación
de ordenanzas y acuerdos (…)”; asimismo, el numeral 8) del artículo 9° de la
referida ley señala que corresponde al Concejo Municipal “Aprobar, modificar o
derogar las ordenanzas y dejar sin efectos los Acuerdos”;
Que, el artículo
40° de la Ley Orgánica de Municipalidades establece que las ordenanzas de las
municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia,
son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura
normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización
interna, la regulación, administración y
supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la
municipalidad tiene competencia normativa;
Que, los
artículos 7° y 9° de la Constitución Política del Perú señalan que toda persona
tienen derecho a la protección de su salud, la del medio familiar y la de la
comunidad, y que el Estado determina la política nacional de salud,
correspondiendo al Poder Ejecutivo normar y supervisar su aplicación, siendo
responsable de diseñarla y conducirla en forma plural y descentralizadora para
facilitar a todo el acceso equitativo a los servicios de salud.
Que, los
numerales II y VI del Título Preliminar de la Ley Nº 26842 - Ley General de
Salud, establecen que la protección de la salud es de interés público, y que es
responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promover las condiciones que
garanticen una adecuada cobertura de prestaciones de salud a la población, en
términos socialmente aceptables de seguridad, oportunidad y calidad, siendo
irrenunciable la responsabilidad del Estado en la provisión de servicios de
salud pública. El Estado interviene en la provisión de servicios de atención
médica con arreglo a principios de equidad.
Que, asimismo el
numeral XI del Título Preliminar de la Ley General de Salud, ha previsto que el
ejercicio del derecho a la propiedad, a la inviolabilidad del domicilio, al
libre tránsito, a la libertad de trabajo, empresa, comercio e industria, así
como el ejercicio del derecho de reunión, están sujetos a las limitaciones que
establece la ley en resguardo de la salud pública.
Que, mediante
Ordenanza Municipal N° 006-2020/MDPN de fecha 18 de marzo de 2020, se aprobó
establecer medidas en materia de fiscalización, salubridad y prevención del
Covid- 19 “coronavirus”, en la jurisdicción del Distrito de Pueblo Nuevo –
Chincha, en cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 008-2020-SA,
el Decreto Supremo Nº 044-2020-PCM y Decreto de Urgencia Nº 026-2020;
Que, a través de
la Ordenanza Municipal N° 009-2021/MDPN de fecha 28 abril de 2021, se aprobó la
“CONFORMACIÓN DEL COMITÉ MULTISECTORIAL y EL EQUIPO TÉCNICO MUNICIPAL ENCARGADO
DE IMPLEMENTAR LAS MEDIDAS DE PREVENCIÓN y CONTINGENCIA CONTRA LA SEGUNDA OLA
DEL COVID-19 EN EL DISTRITO DE PUEBLO NUEVO – CHINCHA”;
Que, mediante
Decreto Supremo N° 025-2021-SA, publicado en el diario “El Peruano” con fecha
14 de agosto de 2021; se declaró: “PRORROGAR a partir del 03 de setiembre de
2021, por un plazo de ciento ochenta (180) días calendario, la emergencia
sanitaria declarada por Decreto Supremo Nº 008-2020-SA, prorrogada por los
Decretos Supremos Nº 020-2020-SA, Nº 027-2020-SA, Nº 031-2020-SA y Nº
009-2021-SA, por las razones expuestas en la parte considerativa del presente
Decreto Supremo. ”
Que, mediante
Oficio N° 028-2021-GORE-ICA-REDSALUDIICH/P/CSPUEBLONUEVO contenido en el Expediente Nro. 3629 de fecha
02 de julio de 2021, presentado por el Centro de Salud del Distrito de Pueblo
Nuevo para la incorporación de los Gerentes de los establecimientos de Salud al
Comité Multisectorial para la prevención del Covid-19 en la jurisdicción del
Distrito de Pueblo Nuevo – Chincha;
Que, a través
del Informe N° 0221-2021/SGDS/MDPN/NELA de fecha 08 de julio de 2021, la Sub
Gerencia de Desarrollo Social es de opinión declarar viable la incorporación de
los Gerentes de los establecimientos de Salud de Los Álamos, San Isidro, El
Salvador al Comité Multisectorial para la prevención del Covid-19 en la
jurisdicción del Distrito de Pueblo Nuevo – Chincha;
Que mediante
Informe N° 074-2021-LJVCH-RUSPSAS/MDPN de fecha 28 de setiembre de 2021, la Unidad de Salud Pública, Salud Animal y
Salubridad remite la propuesta de Ordenanza para la modificación del Comité
Multisectorial y Equipo Municipal aprobado mediante Ordenanza Municipal NRO.
009-2021/MDPN DE FECHA 28.04.2021, que aprueba el “PLAN DISTRITAL DE
CONTINGENCIA CONTRA EL COVID-19 EN EL DISTRITO DE PUEBLO NUEVO-CHINCHA”, en el
marco de las normas vigentes que garanticen el cuidado y bienestar de la salud
de la población del Distrito;
Que, con Informe
N° 0564-2021-WJST-SGDEL/MDPN de fecha 29 de setiembre de 2021, la Sub Gerencia
de Desarrollo Económico Local remite la propuesta de Ordenanza Municipal para
su evaluación y aprobación por parte del concejo municipal en el marco de sus
atribuciones establecidas en el numeral 8) del artículo 9° de la Ley Orgánica
de Municipalidades;
Que con Informe
Legal N° 0309-2021-MDPN-SAJ/GHA de fecha 01 de octubre de 2021, la Sub Gerencia
de Asesoría Jurídica es que de opinión declarar PROCEDENTE la modificación de
la Ordenanza Municipal N° 009-2021/MDPN de fecha 28.04.2021, que aprueba el
“PLAN DISTRITAL DE CONTINGENCIA CONTRA EL COVID-19 EN EL DISTRITO DE PUEBLO
NUEVO-CHINCHA”, procediendo a la incorporación de los Gerentes de los
establecimientos de Salud al Comité Multisectorial del Distrito, así mismo se
deberá proceder a DEROGAR la ORDENANZA MUNICIPAL N° 006-2020/MDPN, de fecha
18.03.2020, al no ajustarse al contexto de la realidad actual y la normativa
vigente;
Que, mediante
Memorándum N° 4226-2021/GM/MDPN/ECR, de fecha 05 de octubre de 2021 emitido por
la Gerencia Municipal, se remite a los actuados a la Secretaria General, para
que en el marco de sus funciones se cumpla con agendar la propuesta de
Ordenanza Municipal presentada por la Unidad de Salud Pública, Salud Animal y
Salubridad, para su aprobación por parte del pleno del concejo municipal
conforme a sus atribuciones establecidas en el numeral 8) del artículo 9° de la
Ley Orgánica de Municipalidades;
Estando a lo
expuesto y en ejercicio de las facultades conferidas en el inciso 8) del
artículo 9° y los artículos 39° y 40° de la Ley N° 27972 - Ley orgánica de
Municipalidades; con la dispensa del trámite de la lectura y aprobación del
acta, el Concejo Municipal en Sesión Ordinaria de fecha 22 de octubre de 2021,
acordó por UNANIMIDAD DE LOS PRESENTES aprobar la siguiente:
ARTÍCULO
PRIMERO.- MODIFÍQUESE LOS ARTICULOS PRIMERO, SEGUNDO y TERCERO DE LA ORDENANZA
MUNICIPAL NRO. 009-2021/MDPN DE FECHA 28.04.2021, que aprueba el “PLAN
DISTRITAL DE CONTINGENCIA CONTRA EL COVID-19 EN EL DISTRITO DE PUEBLO
NUEVO-CHINCHA, que tiene por objetivo minimizar el riesgo a contagio por Covid
-19 en la población del Distrito de Pueblo Nuevo – Chincha, quedando
establecido con el siguiente texto:
“Artículo
Primero. – APROBAR el “PLAN DISTRITAL DE CONTINGENCIA CONTRA EL COVID-19 EN EL DISTRITO DE PUEBLO NUEVO-CHINCHA” (…).
Artículo
Segundo.- APROBAR la “CONFORMACION DEL
COMITÉ MULTISECTORIAL, PARA LA PREVENCIÓN Y CONTINGENCIA CONTRA EL COVID-19 EN
EL DISTRITO DE PUEBLO NUEVO-CHINCHA” el mismo que estará conformado de la
siguiente manera:
Alcaldesa
de la Municipalidad Distrital de Pueblo Nuevo-Chincha |
Presidente |
Gerente
del Centro de Salud del Distrito de Pueblo Nuevo |
Coordinador |
Gerente
del Centro de Salud de San Isidro |
Miembro |
Gerente
de la Posta de Salud de Los Álamos |
Miembro |
Gerente
de la Posta de Salud de El Salvador |
Miembro |
Subprefecto
del Distrito de Pueblo Nuevo |
Miembro |
Comisario
PNP del Distrito de Pueblo Nuevo
|
Miembro |
Representante
del Ministerio Público
|
Miembro |
Representante
del Sector Privado
|
Miembro |
Artículo
Tercero.- APROBAR la “CONFORMACIÓN DEL
EQUIPO TECNICO MUNICIPAL ENCARGADO DE IMPLEMENTAR LAS MEDIDAS DE PREVENCIÓN Y
CONTINGENCIA CONTRA EL COVID-19 EN EL DISTRITO DE PUEBLO NUEVO -CHINCHA”.
Alcaldesa de la
Municipalidad Distrital de Pueblo Nuevo-Chincha |
Presidente |
Gerente Municipal |
Coordinador |
Jefe de la Unidad de
Salud Pública, Salud Animal y Salubridad |
Secretario Técnico
Titular |
Subgerente de
Desarrollo Económico Local |
Secretario Técnico
Suplente |
Subgerente de
Planeamiento y Presupuesto |
Miembro |
Subgerente de
Desarrollo Social |
Miembro |
Subgerente de Seguridad
Ciudadana |
Miembro |
Jefe de la Unidad
de Imagen Institucional y
Comunicaciones |
Miembro |
Representante del
Sector Privado
|
Miembro |
Jefe de la Unidad de
Fiscalización y Policía Municipal |
Miembro |
Jefe de la Unidad de
Recursos Humanos |
Miembro |
Responsable del
Policlínico Municipal |
Miembro |
ARTÍCULO
SEGUNDO.- DERÓGUESE la ORDENANZA MUNICIPAL N° 006-2020/MDPN, de fecha 18 de
marzo de 2020, al no ajustarse al contexto de la realidad actual y la normativa
vigente.
ARTÍCULO
TERCERO.- ENCARGAR, al EQUIPO TÉCNICO MUNICIPAL, la supervisión y cumplimiento
de las medidas de prevención y control establecidas en el “PLAN DISTRITAL DE
CONTINGENCIA CONTRA EL COVID-19 EN EL DISTRITO DE PUEBLO NUEVO-CHINCHA”.
ARTÍCULO
CUARTO.- PUBLIQUESE, la presente Ordenanza Municipal en el Diario Oficial de mayor circulación
local, y en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Pueblo
Nuevo - Chincha: http://www.munipueblonuevochincha.gob.pe.
ARTÍCULO
QUINTO.- ENCARGAR, a la Unidad de Imagen Institucional y Comunicaciones LA
PUBLICIDAD y DIFUSIÓN de la presente Ordenanza Municipal en el ámbito jurisdiccional
del Distrito de Pueblo Nuevo - Chincha.
Regístrese,
Comuníquese, Publíquese y Cúmplase.
Bertha Rosalyn
Peña ormeño
ALCALDESA
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