MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE GROCIO PRADO
ORDENANZA
N° 001-2020-MDGP/A
Grocio Prado, 13 de febrero de 2020
EL
CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE GROCIO PRADO;
POR
CUANTO:
VISTO: En su Sesión
Ordinaria del Concejo Municipal del 07 de Febrero de 2020, se recibió de la
Gerencia Municipal el Proyecto de Estructura Orgánica de la Municipalidad
Distrital de Grocio Prado, como instrumento de gestión para adecuar la
administración municipal, en armonía con lo prescrito en la Ley 27972 – Ley Orgánica
de Municipalidades, acompañando el Informe N° 240-2020-MDGP/GM de la Gerencia
Municipal y el Informe Legal N° 005-2020-MDGP/OAJ, de la Oficina de Asesoría Jurídica y demás
documentos que lo escoltan;
CONSIDERANDO:
Que, conforme
lo prescribe el artículo 194° de la Constitución Política del Estado,
modificado por la Ley 27680 y artículo II del Título Preliminar de la Ley 27972
– Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, la Ley
N°27658 – Ley Marco de Modernización de la Gestión Pública, declara al Estado
peruano en proceso de modernización con la finalidad de mejorar la gestión
pública y establece que las normas referidas a organización del Estado requieren
de la opinión técnica previa de la Secretaria de Gestión Pública de la Presidencia
del Consejo de Ministros;
Que, con la
Ordenanza Municipal N° 011-2016-MDGP/A, se aprobó la Estructura Orgánica y
Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de Grocio
Prado, en base a lo dispuesto en el Decreto Supremo N°043-2006-PCM
“Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y
Funciones – ROF por parte de las entidades de la Administración Pública, que regulan
los criterios para ordenar la estructura de organización de las entidades de la
Administración Pública, así como el proceso de elaboración y aprobación de sus
ROF;
Que, en
armonía con la Política Nacional de
Modernización de la Gestión Pública al 2021, el Decreto Supremo aludido en el
considerando precedente fue derogado por Decreto Supremo N°054-2018-PCM que
aprueba los Lineamientos de Organización del Estado, con el objeto de superar
los problemas en materia organizacional, debido a que los lineamientos y los
modelos vigentes para la formulación de los documentos de gestión imponen
normas uniformes de organización para la gran diversidad de entidades existentes;
Que, siendo
voluntad política de la actual gestión edilicia de reestructurar y/o reordenar
la organización interna de la Municipalidad Distrital de Grocio Prado, que sirva
como instrumento de gestión y marco normativo en materia de funciones, competencias
y atribuciones de la Corporación Edil, así como establecer modificaciones en
cuanto a las atribuciones y obligaciones de los funcionarios que la integran;
Que, la
estructura orgánica, en concordancia con lo estipulado en el considerando que
antecede, se debe implementar con el Reglamento de Organización y Funciones,
Cuadro para Asignación de Personal, Cuadro Nominal de Personal, el Manual de
Cargos Clasificados, Presupuesto Analítico de Personal y otros documentos de
gestión municipal vigentes, y adecuarse a lo dispuesto en los Decretos Supremos
Nº 043-2004-PCM, 043-2006-PCM, entre otras disposiciones modificatorias sobre
la materia, teniendo en cuenta la naturaleza del servicio municipal, previa
aprobación del Concejo Municipal, en armonía con lo dispuesto en los artículos
9º numeral 3), 20º numeral 4), 39º y 40º de la Ley 27972 – Ley Orgánica de
Municipalidades;
Que, los
citados documentos están orientados a constituirse en normas técnicas y
herramientas de gestión organizacional moderna y sostenible, tendiendo a delimitar
las funciones, competencias, atribuciones y responsabilidades de los órganos,
unidades orgánicas y los funcionarios que las conducen, asegurando que optimicen
y garanticen la calidad de la gestión municipal con eficiencia, eficacia, productividad
y competitividad;
Que, en éste
esfuerzo concertado, ha posibilitado la participación de los funcionarios responsables
de los órganos y unidades orgánicas, quienes en la etapa de socialización, han
hecho valiosos aportes para optimizar el funcionamiento de la Municipalidad;
Que, a fin de
lograr un reordenamiento orgánico – funcional, se hace necesario aprobar la nueva
Estructura Orgánica de la Municipalidad a la que deberán responder la
formulación de los diversos documentos de gestión, actividades y tareas de la
Comuna;
Estando a lo
expuesto; y, en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 9°
numeral 8) y 40° de la Ley 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, con dispensa
del trámite de aprobación de Comisiones y de aprobación del Acta respectiva,
con el voto unánime del pleno del Concejo Municipal, ha aprobado emitir la siguiente:
ORDENANZA:
ARTICULO
1°.- APROBAR la
nueva Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de Grocio Prado, en los
términos siguientes:
1.
ORGANOS
DE GOBIERNO
1.1.Concejo
Municipal.
1.2.Alcaldía.
2.
ORGANO
DE DIRECCION
2.1.Gerencia
Municipal.
3.
ORGANOS
DE CONCERTACION, COORDINACION Y CONSULTIVOS
3.1.Comisiones
de Regidores.
3.2.Consejo
de Coordinación Local Distrital.
3.3.Junta
de Delegados Vecinales Comunales.
3.4.Comité
de Administración del Programa del Vaso de Leche.
3.5.Comité
Distrital de Seguridad Ciudadana.
3.6.Plataforma
Distrital de Defensa Civil.
3.7.Consejo
Distrital de Fomento Artesanal.
3.8.Consejo
Consultivo de Defensoría del Vecino.
4.
ÓRGANO
DE CONTROL
4.1.Órgano
de Control Institucional.
5.
ORGANO
DE DEFENSA JURIDICA
5.1.Procuraduría
Pública Municipal.
6.
ORGANOS
DE ASESORAMIENTO
6.1.Sub
- Gerencia de Asesoría Jurídica.
6.2.Sub
- Gerencia de Planificación y Presupuesto.
6.2.1. Unidad
de Planeamiento, Presupuesto y Programación de Inversiones.
6.2.2. Unidad
de Racionalización e Informática.
7.
ORGANOS
DE APOYO
7.1.Sub
Gerencia de Secretaría General.
7.1.1. Unidad
de Trámite Documentario y Archivo.
7.1.2. Unidad
Relaciones Públicas e Imagen Institucional.
7.2.Sub
- Gerencia de Administración y Finanzas.
7.2.1. Unidad
de Contabilidad.
7.2.2. Unidad
de Tesorería.
7.2.3. Unidad
de Logística y Control Patrimonial.
7.3.
Sub-Gerencia de Recursos Humanos
8.
ORGANOS
DE LINEA
8.1.Sub
- Gerencia de Administración Tributaria.
8.1.1. Unidad
de Registro y Recaudación.
8.1.2. Unidad
de Fiscalización Tributaria y Administrativa.
8.1.3. Unidad
de Ejecución Coactiva.
8.2.Sub
- Gerencia de Desarrollo Urbano.
8.2.1. Unidad
de Planeamiento Urbano y Catastro.
8.2.2. Unidad
de Estudios y Proyectos.
8.2.3. Unidad
de Obras, Habilitaciones y control Urbano.
8.2.4. Unidad
de Transportes.
8.3.Sub
- Gerencia de Desarrollo Social.
8.3.1. Unidad
de Educación, Salud, Cultura y Deportes.
8.3.2. Unidad
de Servicios y Programas Sociales.
8.3.3. Unidad
de Juventud y Participación Vecinal.
8.3.4. Unidad
de Registro Civil y Cementerio.
8.4.Sub
- Gerencia de Desarrollo Económico.
8.4.1. Unidad
de Promoción Empresarial y Turismo.
8.4.2. Unidad
de Comercialización y Vigilancia Sanitaria
8.4.3. Unidad
de Defensa Civil y Policía Municipal.
8.5.Sub
- Gerencia de Seguridad Ciudadana y Medio Ambiente.
8.5.1. Unidad
de Gestión Ambiental.
8.5.2. Unidad
de Limpieza Pública, Parques, Jardines y ornato.
8.5.3. Unidad
de Serenazgo
8.5.4. Unidad
de Mantenimiento y Maestranza.
ARTICULO
2º.- Establecer
que el Organigrama Estructural, Exposición de Motivos – Informe Técnico y
Determinación de Ámbito Material y Funciones de los Órganos y Unidades
Orgánicas, forman parte de la presente Ordenanza, el cual rige al día siguiente
de su publicación.
ARTICULO
3º.- Dejar
sin efecto las Ordenanza Municipal N°011-2016-MDGP/A y otras disposiciones
municipales que se opongan a la presente.
POR
TANTO:
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