MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE GROCIO PRADO
ORDENANZA Nº 002-2020-MDGP/A
Grocio
Prado, 13 de febrero de 2020
EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE GROCIO PRADO;
POR CUANTO:
VISTO: VISTO: En su Sesión
Ordinaria del Concejo Municipal del 07 de Febrero de 2020, se recibió de la
Gerencia Municipal el Proyecto de Reglamento de Organización y Funciones (ROF)
de la Municipalidad Distrital de Grocio Prado, como instrumento de gestión para
adecuar la administración municipal, en armonía con lo prescrito en la Ley
27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, acompañando el Informe N°
240-2020-MDGP/GM de la Gerencia Municipal y el Informe Legal N°
005-2020-MDGP/OAJ, de la Oficina de
Asesoría Jurídica y demás documentos que lo escoltan;
CONSIDERANDO:
Que, conforme
lo prescribe el artículo 194° de la Constitución Política del Estado,
modificado por la Ley 27680 y artículo II del Título Preliminar de la Ley 27972
– Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, mediante
Ordenanza Nº 001 -2020-MDGP de fecha 13 de febrero, se ha aprobado la nueva
Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de Grocio Prado en
concordancia con la voluntad política de la actual gestión edilicia de reestructurar
y/o reordenar la organización interna de la Corporación Edil; y, constituye el
punto de partida, para formular y aprobar los diversos instrumentos de gestión;
Que, el
proyecto de Reglamento de Organización y Funciones – ROF, se ha formulado
teniendo en cuenta las disposiciones y metodología contenidas en el Decreto
Supremo Nª043-2006-PCM, que
aprueba las Normas para la Formulación y
Aprobación del Reglamento de Organización y Funciones en las Entidades de la
Administración Pública y el Manual para la Elaboración de Reglamentos de
Organización y Funciones, aprobado por la Secretaría de Gestión Pública de la
Presidencia del Consejo de Ministros, por consiguiente responde a un esquema
técnico y objetivo de acuerdo a la realidad local, por tanto formaliza la
organización interna y desarrolla el marco normativo en materia de funciones,
competencias y atribuciones de la Corporación Edil, así como establece las
atribuciones y obligaciones de los funcionarios que la integran;
Que, en
armonía con la Política Nacional de
Modernización de la Gestión Pública al 2021, el Decreto Supremo aludido en el
considerando precedente fue derogado por Decreto Supremo N°054-2018-PCM que
aprueba los Lineamientos de Organización del Estado, con el objeto de superar
los problemas en materia organizacional, debido a que los lineamientos y los
modelos vigentes para la formulación de los documentos de gestión imponen
normas uniformes de organización para la gran diversidad de entidades
existentes;
Que, en
concordancia por lo señalado en los considerandos precedentes y existiendo
voluntad política de la actual gestión edilicia de reestructurar y/o reordenar
la organización interna de la Municipalidad Distrital de Grocio Prado, resulta
pertinente poner en vigencia el Reglamento de Organización y Funciones y se constituya
en una de las herramientas más importantes para una adecuada gestión administrativa
y marco
normativo en materia de funciones, competencias y atribuciones de la
Corporación Edil, así como establecer modificaciones en cuanto a las
atribuciones y obligaciones de los funcionarios que la integran;
Que, luego de
aprobado el Reglamento de Organización y Funciones, se procederá a la formulación
y/o actualización del Cuadro para Asignación de Personal - CAP, el Manual de
Cargos Clasificados - MCC, el Manual de Organización y Funciones – MOF, el
Cuadro Nominal de Personal - CNP, el Presupuesto Analítico de Personal – PAP,
EL Manual de Procedimientos – MAPRO, el Texto Único de Procedimientos
Administrativos - TUPA y otros documentos de gestión municipal vigentes, que
permita recoger las nuevas figuras jurídicas que se han emitido en los últimos
cinco años a más, que por su naturaleza, corresponde aprobar al Honorable
Concejo Municipal, en armonía con lo dispuesto en los artículos 9º numeral 3),
20º numeral 4), 39º y 40º de la Ley 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades;
Que, los citados documentos están
orientados a constituirse en normas técnicas y herramientas de gestión
organizacional moderna y sostenible, tendiendo a delimitar las funciones,
competencias, atribuciones y responsabilidades de los órganos, unidades
orgánicas y los funcionarios que las conducen, asegurando que optimicen y
garanticen la calidad de la gestión municipal con eficiencia, eficacia, productividad y competitividad;
Que, en éste
esfuerzo concertado, ha posibilitado la participación de los funcionarios
responsables de los órganos y unidades orgánicas, quienes en la etapa de socialización,
han hecho valiosos aportes para optimizar el funcionamiento de la Municipalidad;
Que, en éste
contexto, el ROF está orientado a contribuir a asegurar la representación
política y organizada de los vecinos en el Gobierno Local; promover y realizar
la adecuada prestación de los servicios
públicos locales; fomentar y conducir el desarrollo integral, sostenible y
armónico del Distrito; proporcionar al ciudadano el ambiente propicio para la
atención de sus necesidades fundamentales de vivienda, salubridad,
abastecimiento, educación, recreación, transporte y comunicación; y, propiciar
los mecanismos y espacios de participación, concertación y fiscalización de la
comunidad en la gestión municipal;
Estando a lo
expuesto; y, en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 9°
numerales 3) y 8), 39º y 40° de la Ley 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades,
con dispensa del trámite de aprobación de Comisiones y de aprobación del Acta
respectiva, con el voto unánime del pleno del Concejo Municipal, ha aprobado
emitir la siguiente:
ORDENANZA:
ARTÍCULO 1°.- APROBAR el Reglamento de Organización y Funciones –
ROF de la Municipalidad Distrital de Grocio Prado, que consta de Dieciséis
(16) Títulos, Veintisiete (27) Capítulos, Ciento Treinta y Dos (132) Artículos,
Tres (03) Disposiciones Complementarias, Tres (03) Disposiciones Transitorias,
Dos (02) Disposiciones Finales, Un (01) Organigrama Estructural y Una (01)
Exposición de Motivos – Informe Técnico, que forman parte de la presente Ordenanza.
ARTÍCULO 2°.- Deróguese las
disposiciones municipales que se opongan a la presente.
ARTÍCULO 3°.-
Disponer
la publicación de la presente, bajo el procedimiento establecido por Ley.
POR TANTO:
REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
ORLANDO MANUEL
TORRES VALENZUELA
0 comentarios:
Publicar un comentario