miércoles, 19 de febrero de 2020

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE GROCIO PRADO ORDENANZA que Aprueba el Reglamento de Organización y Funciones – ROF de la Municipalidad Distrital de Grocio Prado


MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE GROCIO PRADO

ORDENANZA Nº 002-2020-MDGP/A

Grocio Prado, 13 de febrero de 2020

EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE GROCIO PRADO;
POR CUANTO:
VISTO: VISTO: En su Sesión Ordinaria del Concejo Municipal del 07 de Febrero de 2020, se recibió de la Gerencia Municipal el Proyecto de Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de Grocio Prado, como instrumento de gestión para adecuar la administración municipal, en armonía con lo prescrito en la Ley 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, acompañando el Informe N° 240-2020-MDGP/GM de la Gerencia Municipal y el Informe Legal N° 005-2020-MDGP/OAJ,  de la Oficina de Asesoría Jurídica y demás documentos que lo escoltan;
CONSIDERANDO:
Que, conforme lo prescribe el artículo 194° de la Constitución Política del Estado, modificado por la Ley 27680 y artículo II del Título Preliminar de la Ley 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, mediante Ordenanza Nº 001 -2020-MDGP de fecha 13 de febrero, se ha aprobado la nueva Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de Grocio Prado en concordancia con la voluntad política de la actual gestión edilicia de reestructurar y/o reordenar la organización interna de la Corporación Edil; y, constituye el punto de partida, para formular y aprobar los diversos instrumentos de gestión;
Que, el proyecto de Reglamento de Organización y Funciones – ROF, se ha formulado teniendo en cuenta las disposiciones y metodología contenidas en el Decreto Supremo Nª043-2006-PCM, que aprueba  las Normas para la Formulación y Aprobación del Reglamento de Organización y Funciones en las Entidades de la Administración Pública y el Manual para la Elaboración de Reglamentos de Organización y Funciones, aprobado por la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros, por consiguiente responde a un esquema técnico y objetivo de acuerdo a la realidad local, por tanto formaliza la organización interna y desarrolla el marco normativo en materia de funciones, competencias y atribuciones de la Corporación Edil, así como establece las atribuciones y obligaciones de los funcionarios que la integran;
Que, en armonía  con la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública al 2021, el Decreto Supremo aludido en el considerando precedente fue derogado por Decreto Supremo N°054-2018-PCM que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado, con el objeto de superar los problemas en materia organizacional, debido a que los lineamientos y los modelos vigentes para la formulación de los documentos de gestión imponen normas uniformes de organización para la gran diversidad de entidades existentes;
Que, en concordancia por lo señalado en los considerandos precedentes y existiendo voluntad política de la actual gestión edilicia de reestructurar y/o reordenar la organización interna de la Municipalidad Distrital de Grocio Prado, resulta pertinente poner en vigencia el Reglamento de Organización y Funciones y  se constituya en una de las herramientas más importantes para una adecuada gestión administrativa y marco normativo en materia de funciones, competencias y atribuciones de la Corporación Edil, así como establecer modificaciones en cuanto a las atribuciones y obligaciones de los funcionarios que la integran;
Que, luego de aprobado el Reglamento de Organización y Funciones, se procederá a la formulación y/o actualización del Cuadro para Asignación de Personal - CAP, el Manual de Cargos Clasificados - MCC, el Manual de Organización y Funciones – MOF, el Cuadro Nominal de Personal - CNP, el Presupuesto Analítico de Personal – PAP, EL Manual de Procedimientos – MAPRO, el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA y otros documentos de gestión municipal vigentes, que permita recoger las nuevas figuras jurídicas que se han emitido en los últimos cinco años a más, que por su naturaleza, corresponde aprobar al Honorable Concejo Municipal, en armonía con lo dispuesto en los artículos 9º numeral 3), 20º numeral 4), 39º y 40º de la Ley 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades;
Que, los citados documentos están orientados a constituirse en normas técnicas y herramientas de gestión organizacional moderna y sostenible, tendiendo a delimitar las funciones, competencias, atribuciones y responsabilidades de los órganos, unidades orgánicas y los funcionarios que las conducen, asegurando que optimicen y garanticen la calidad de la gestión municipal con eficiencia, eficacia, productividad  y competitividad;
Que, en éste esfuerzo concertado, ha posibilitado la participación de los funcionarios responsables de los órganos y unidades orgánicas, quienes en la etapa de socialización, han hecho valiosos aportes para optimizar el funcionamiento de la Municipalidad;
Que, en éste contexto, el ROF está orientado a contribuir a asegurar la representación política y organizada de los vecinos en el Gobierno Local; promover y realizar la adecuada  prestación de los servicios públicos locales; fomentar y conducir el desarrollo integral, sostenible y armónico del Distrito; proporcionar al ciudadano el ambiente propicio para la atención de sus necesidades fundamentales de vivienda, salubridad, abastecimiento, educación, recreación, transporte y comunicación; y, propiciar los mecanismos y espacios de participación, concertación y fiscalización de la comunidad en la gestión municipal;
Estando a lo expuesto; y, en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 9° numerales 3) y 8), 39º y 40° de la Ley 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, con dispensa del trámite de aprobación de Comisiones y de aprobación del Acta respectiva, con el voto unánime del pleno del Concejo Municipal, ha aprobado emitir la siguiente:
ORDENANZA:
ARTÍCULO 1°.- APROBAR el Reglamento de Organización y Funciones – ROF de la Municipalidad Distrital de Grocio Prado, que consta de Dieciséis (16) Títulos, Veintisiete (27) Capítulos, Ciento Treinta y Dos (132) Artículos, Tres (03) Disposiciones Complementarias, Tres (03) Disposiciones Transitorias, Dos (02) Disposiciones Finales, Un (01) Organigrama Estructural y Una (01) Exposición de Motivos – Informe Técnico, que forman parte de la presente Ordenanza.
ARTÍCULO 2°.- Deróguese las disposiciones municipales que se opongan a la presente.
ARTÍCULO 3°.-  Disponer la publicación de la presente, bajo el procedimiento establecido por Ley.
POR TANTO:
REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
ORLANDO MANUEL TORRES VALENZUELA

ALCALDE


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