miércoles, 4 de diciembre de 2019

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SUNAMPE - ORDENANZA MUNICIPAL



MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SUNAMPE
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 016-2019-MDS
Sunampe, 20 de noviembre del 2019
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SUNAMPE
POR CUANTO
En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha; 19 de noviembre del 2019; el Proyecto de Ordenanza del II Matrimonio Civil Comunitario Gratuito 2019; y
VISTO:
El Acuerdo de Concejo N° 103-2019-MDS de fecha 19.11.19 que aprueba la realización del II Matrimonio Civil Comunitario Gratuito para el día 20 de diciembre del 2019, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local, que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, el artículo 4° de la Constitución Política del Perú establece que el Estado y la Comunidad protegen a la familia, promueve el Matrimonio, reconociéndoles como Institutos Naturales y fundamentales de la sociedad;
Que, el Código Civil en su artículo 233° establece que la regulación jurídica de la familia, tiene por finalidad contribuir a su consolidación y fortalecimiento, en armonía con los principios y normas proclamados en la Constitución Política del Perú;
Que, el artículo 234° del Código Civil señala que el matrimonio es la unión voluntaria concertada por un varón y una mujer legalmente aptos para ella y formalizada con sujeción a las disposiciones de la norma sustantiva a fin de hacer vida común;
Que, el artículo 9° numeral 8) de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades establece como una de sus atribuciones del concejo municipal aprobar, modificarlo derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos;
Que, el artículo 9° numeral 9) de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades establece como una de sus atribuciones del concejo municipal crear, modificar, suprimir o exonerar de tasas, arbitrios, licencias y derechos conforme a ley en concordancia con el artículo 40° de la acotada norma legal;
Que como es de conocimiento existen muchas parejas que no han regularizado su situación conyugal ante la sociedad, quienes viviendo en unión de hecho, desean formalizar y encuentran limitaciones de carácter económico, para cubrir los gastos de una ceremonia particular, por lo que se propone la realización del matrimonio comunitario, el cual resulta ser una alternativa más viable para este efecto
Que, existen en el Distrito de Sunampe, numerosas parejas que viven en unión de hecho y que desean formalizar su estado civil, contrayendo matrimonio;
Que, es deber de esta comuna proteger a la familia y promover el matrimonio como institución natural y fundamental de la sociedad cautelando su legalidad y seguridad jurídica;
Que, la Oficina de Registro Civil a través del Informe Nº 094-2019-JRC-MDS, ha recomendado celebrar el II Matrimonio Civil Comunitario Gratuito 2019; para el día 20 de diciembre del 2019;
Que, mediante Informe Nº1114-2019-MDS-GAL/MDS la Gerencia de Asesoría Legal Oficina de Asesoría Legal opina APROBAR en todos los extremos la propuesta de celebración de Matrimonio Civil Comunitario gratuito a realizarse el viernes 20 de diciembre del 2019 a horas 11:00 a.m. debiéndose remitir dicho proyecto de ordenanza al pleno del Concejo para su aprobación;
Que, mediante Informe Nº 435-2019-MDS/GM la Gerencia Municipal, informa que habiendo revisado la referida documentación y solicita se eleve al Pleno del Concejo;
Que, habiéndose sometido a debate y a la deliberación ante el Pleno del Concejo Municipal el mismo que ha emitido su pronunciamiento final; Estando a lo dispuesto en uso de sus facultades conferidas en el artículo 9º incisos 8 y 9 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, en concordancia con el artículo 40º de la citada norma, y con el voto UNANIME de los señores Regidores, con la dispensa de la lectura y aprobación del acta se ha dado la siguiente;
ORDENANZA QUE AUTORIZA LA CELEBRACION DEL II MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO GRATUITO 2019
Artículo 1°.- AUTORIZAR la celebración del II MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO GRATUITO 2019 para el día 20 de diciembre del presente año, a horas 11:00 am, en la Municipalidad Distrital de Sunampe ubicado en Plaza de Armas Nº 100.
ARTÍCULO 2°.- EXONERAR a los contrayentes de los derechos de pago de matrimonio civil, así como la publicación de edictos matrimoniales.
ARTÍCULO 3°.- Los contrayentes deben presentar los siguientes documentos:
a) Partida de Nacimiento, actualizada con no más de 30 días de antigüedad (Art. 248 Código Civil).
b) Copia del Documento Nacional de Identidad.
c) Declaración Jurada de Domicilio
d) Certificado de Salud (Prenupcial)
e) En caso de tratarse de viudos (as), divorciados(as), menores de edad, militares o extranjeros, deberán adjuntar los documentos adicionales, según sea el caso establecido en el TUPA vigente.
f) Declaración Jurada de Soltería legalizado ante Notario Público.
g) Copia simple del DNI de dos Testigos.
ARTÍCULO 4°.- ESTABLECER que el plazo de inscripción para la celebración del  II Matrimonio Civil Comunitario Gratuito 2019, se inicia a partir del 20 de noviembre y culmina el 16 de diciembre del 2019, en la Oficina de Registro Civil, en horario de oficina de lunes a viernes de 8:00 am a 3:30 pm, ubicado en Plaza de Armas Nº 100.
ARTÍCULO 5°.- DISPENSAR el plazo de la publicación de Edictos Matrimoniales a los contrayentes, que participen del II Matrimonio Civil Comunitario 2019 en concordancia a lo dispuesto en el artículo 252º del Código Civil.
ARTÍCULO 6°.- ENCARGAR a la Secretaría General a través de la Oficina de Registro Civil, el cabal cumplimiento de la presente Ordenanza.
De la metodología a utilizar para este I Matrimonio Civil comunitario Gratuito, es como sigue:
1. Difusión en los medios de comunicación masiva de la localidad, a través de la Oficina de Imagen Institucional con la debida anticipación.
2. Distribución de Afiches - Folletos con Apoyo de la Oficina de Participación Ciudadana y Oficina de Apoyo Social.
3. Recepción de los Expedientes y formalización del Matrimonio Civil Comunitario, en la Oficina de Registros Civiles, en las siguientes fechas:
Recepción de expedientes matrimoniales hasta el día 18 de diciembre del 2019
Ceremonia realizarse el día 20 de diciembre 2019.
POR TANTO MANDO:
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
JOSE MIGUEL MATIAS ROJAS
Alcalde

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