sábado, 3 de octubre de 2015

Municipalidad Distrital de Chincha Baja


ORDENANZA MUNICIPAL Nº 009-2015-MDCHB
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHINCHA BAJA
Chincha Baja, 28 de Setiembre del 2015
POR CUANTO:
El Consejo Municipal de Chincha Baja, en Sesión Ordinaria de Consejo de fecha 08  de Setiembre del 2015,sobre el proyecto de Ordenanza Municipal que otorga BENEFICIOS TRIBUTARIOS a personas naturales y jurídicas como contribuyentes en el Distrito de Chincha Baja.
Que, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 9º numeral 8), y 40) de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, con el voto unánime de los miembros del Concejo Municipal, se aprobó lo siguiente:
ORDENANZA MUNICIPAL QUE ESTABLECE EXONERACION DEL 100% MORAS
Artículo 1º.- OBJETO DE LA NORMA.- Establezca el Régimen de Beneficios Tributarios para el pago Tributarios Municipales en la jurisdicción del Distrito de Chincha Baja, aplicable a personas naturales y jurídicas que como contribuyentes tengan deudas pendientes por concepto de Impuesto Predial.
Artículo 2º.- VIGENCIA.- El periodo de vigencia de la presente ordenanza será a partir del 01 de Octubre del 2015 hasta el 31 de Octubre del 2015.
Artículo 3º.- OBJETO.- Los Beneficios Tributarios comprenden a toda persona natural y jurídica que tenga deudas por concepto de Impuesto Predial y Arbitrios, que se encuentren vencidas al tercer trimestre del año 2015.
1.-Exonérese el 100% de los intereses, moras y factor de reajuste generado de las deudas del Impuesto Predial y Multas Tributarias.
2.- Exonérese el 100% de las multas tributarias, a todos los contribuyentes (Personas Naturales – Personas Jurídicas) que regularizan la presentación de sus declaraciones juradas de Impuesto Predial.
Artículo 4º.- DESISTIMIENTO DE RECLAMACIONES.- El acogimiento a la presente ordenanza por los contribuyentes que cuenten con expedientes en reclamo o impugnación por arbitrios municipales pendientes de resolución, genere presunción para la Administración Municipal, sin admitir prueba en contrario, del desistimiento de los mismos, enviándose dichos expedientes al Área de Archivo para archivamiento definitivo.
DISPOSICIONES TRANSITORIA Y FINALES
Primera.- Queda establecido que la presente norma es de acogimiento voluntario.
Segunda.- La gerencia Municipal, la Jefatura (e) de Rentas quedan encargadas para la ejecución y debida aplicación de la presente Ordenanza, así como su difusión.
Tercera.- Encárguese a Secretaria General para que proceda la publicación en el diario oficial y pagina web de la Municipalidad.
POR TANTO:
Regístrese, comuníquese y cúmplase.

  Oscar William  Rojas Ormeño
Alcalde

   

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