ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 009-2015-MDCHB
EL
ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHINCHA BAJA
Chincha
Baja, 28 de Setiembre del 2015
POR
CUANTO:
El Consejo Municipal de Chincha Baja,
en Sesión Ordinaria de Consejo de fecha 08
de Setiembre del 2015,sobre el proyecto de Ordenanza Municipal que otorga
BENEFICIOS TRIBUTARIOS a personas naturales
y jurídicas como contribuyentes en el Distrito de Chincha Baja.
Que, en uso de las atribuciones
conferidas por el artículo 9º numeral 8), y 40) de la Ley Orgánica de
Municipalidades Ley Nº 27972, con el voto unánime de los miembros del Concejo
Municipal, se aprobó lo siguiente:
ORDENANZA
MUNICIPAL QUE ESTABLECE EXONERACION DEL 100% MORAS
Artículo
1º.- OBJETO DE LA NORMA.- Establezca el Régimen de Beneficios Tributarios
para el pago Tributarios Municipales en la jurisdicción del Distrito de Chincha
Baja, aplicable a personas naturales y jurídicas que como contribuyentes tengan
deudas pendientes por concepto de Impuesto Predial.
Artículo
2º.- VIGENCIA.- El periodo de vigencia de la presente ordenanza será a
partir del 01 de Octubre del 2015 hasta el 31 de Octubre del 2015.
Artículo
3º.- OBJETO.- Los
Beneficios Tributarios comprenden a toda persona natural y jurídica que tenga
deudas por concepto de Impuesto Predial y Arbitrios, que se encuentren vencidas
al tercer trimestre del año 2015.
1.-Exonérese el
100% de los intereses, moras y factor de reajuste generado de las deudas del
Impuesto Predial y Multas Tributarias.
2.- Exonérese el
100% de las multas tributarias, a todos los contribuyentes (Personas Naturales
– Personas Jurídicas) que regularizan la presentación de sus declaraciones
juradas de Impuesto Predial.
Artículo
4º.- DESISTIMIENTO DE RECLAMACIONES.- El acogimiento a la presente
ordenanza por los contribuyentes que cuenten con expedientes en reclamo o impugnación
por arbitrios municipales pendientes de resolución, genere presunción para la
Administración Municipal, sin admitir prueba en contrario, del desistimiento de
los mismos, enviándose dichos expedientes al Área de Archivo para archivamiento
definitivo.
DISPOSICIONES
TRANSITORIA Y FINALES
Primera.-
Queda
establecido que la presente norma es de acogimiento voluntario.
Segunda.-
La
gerencia Municipal, la Jefatura (e) de Rentas quedan encargadas para la
ejecución y debida aplicación de la presente Ordenanza, así como su difusión.
Tercera.-
Encárguese
a Secretaria General para que proceda la publicación en el diario oficial y
pagina web de la Municipalidad.
POR
TANTO:
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
Oscar
William Rojas Ormeño
Alcalde
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