ORDENANZA MUNICIPAL
N° 008-2015/MDCHB
EL
ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHINCHA BAJA
Chincha Baja, 15 de setiembre del 2015
POR
CUANTO:
El concejo Municipal de Chincha Baja en
Sesión Ordinaria de concejo de fecha 08 de Septiembre de 2015.
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194° de la
Constitución Política del Perú establece que “Las Municipalidades provinciales
y distritales son órganos de gobierno local. Tienen autonomía política y
administrativas en los asuntos de su competencia”;
Que, el artículo 4° de la Constitución
Política del Perú establece que el
Estado y la comunidad protegen a la familia promueve el matrimonio,
reconociéndoles como institutos naturales
y fundamentos de la sociedad;
Que, el artículo 234° del Código Civil
señala que el matrimonio es la unión voluntaria concertada por un varón y una
mujer legalmente aptos para ella y formalizada con sujeción a las disposiciones
de este código a fin de hacer vida en común:
Que, el artículo 9° numeral 9° de la
Ley N° 27972 Ley Orgánica de
Municipalidades establece como una de sus atribuciones del Concejo Municipal
crear, modificar, suprimir, o exonerar de tasas, arbitrios, licencias y
derechos conforme a Ley en concordancia con el artículo 40° de la acotada norma
legal;
Que, con motivo de la celebrarse el
478° Aniversario de Fundación Española de nuestro distrito, se realizaran
diferentes evento y viendo la existencia, de numerosas parejas que viven en
unión de hecho y que desean formalizar su estado civil, contrayendo matrimonio
Civil;
Que, es deber de esta comuna proteger a
la familia y promover el matrimonio como institución natural y fundamental de
la sociedad cautelando su legalidad y
seguridad jurídica;
Estando a lo informado por la Jefatura
de Registro Civil, mediante Informe N° 0-2015-MDCHB/OREC y de conformidad con las
atribuciones establecidas en el artículo 9° incisos 8.9, artículo 40° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con
el voto UNANIME de los miembros del Cuerpo Edil y, con la dispensa de la
lectura y aprobación del Acta; se ha dado la siguiente:
ORDENANZA
QUE
APRUEBA LA REALIZACIÓN DEL I MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO - 2015 EN EL DISTRITO
DE CHINCHA BAJA
Artículo
1°.- AUTORIZAR la Celebración del I
Matrimonio Civil Comunitario 2015 para el día 17 de octubre del presente
año, exonerando a los contrayentes de los derechos de pago establecidos en el TUPA vigente.
Artículo
2°.- ESTABLECER, que los contrayentes que participen en la celebración
del Matrimonio Civil Comunitario 2015, abonen la suma de S/.20.00 ( veinte y
00/100 Nuevos Soles ), como pago único por derecho de trámite administrativo
con motivo de celebrarse el 478° aniversario de Fundación Española de nuestro
distrito.
Artículo
3°.- Las
parejas interesadas en contraer I
MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO 2015, podrán inscribirse hasta el día 14 de
octubre del 2015, plazo en el que vencerá la presentación de expedientes
matrimoniales, debiendo cumplir con presentar los siguientes documentos:
-Partida de Nacimiento en originales
(de ambos)
- Fotocopia simple de DNI (de ambos)
- Certificado de médico (de ambos)
- Certificado domiciliario (de ambos)
- Certificado de Soltería (de ambos)
- Fotocopia de DNI de dos testigos.
Artículo
4°.-AUTORIZAR a
las áreas de Caja y Rentas la exoneración
del 100% al pago por derecho de emisión de: Certificado de Soltería,
Certificado domiciliario y partidas de nacimiento a los ciudadanos
Chinchabajinos que participarán en la celebración del I Matrimonio Civil Comunitario 2015.
Artículo
5°.- Encargar a
Gerencia Municipal y Oficina de Registro Civil el cumplimiento de la presente
Ordenanza; a Secretaría General su Publicación en el Periódico Mural, Portal
Institucional y en el Diario Oficial de la localidad y poner en conocimiento a
las demás oficinas de esta Municipalidad; así como a la Oficina de Imagen
Institucional para su correspondiente difusión masiva.
POR
TANTO:
Regístrese, publíquese y cúmplase
Oscar
William Rojas Ormeño
Alcalde
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