sábado, 3 de octubre de 2015

Municipalidad Distrital de Chincha Baja


ORDENANZA MUNICIPAL N° 008-2015/MDCHB
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHINCHA BAJA
Chincha Baja, 15 de setiembre del 2015
POR CUANTO:
El concejo Municipal de Chincha Baja en Sesión Ordinaria de concejo de fecha 08 de Septiembre de 2015.
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú establece que “Las Municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local. Tienen autonomía política y administrativas en los asuntos de su competencia”;
Que, el artículo 4° de la Constitución Política del Perú  establece que el Estado y la comunidad protegen a la familia promueve el matrimonio, reconociéndoles como institutos naturales  y fundamentos de la sociedad;
Que, el artículo 234° del Código Civil señala que el matrimonio es la unión voluntaria concertada por un varón y una mujer legalmente aptos para ella y formalizada con sujeción a las disposiciones de este código a fin de hacer vida en común:
Que, el artículo 9° numeral 9° de la Ley N° 27972  Ley Orgánica de Municipalidades establece como una de sus atribuciones del Concejo Municipal crear, modificar, suprimir, o exonerar de tasas, arbitrios, licencias y derechos conforme a Ley en concordancia con el artículo 40° de la acotada norma legal;
Que, con motivo de la celebrarse el 478° Aniversario de Fundación Española de nuestro distrito, se realizaran diferentes evento y viendo la existencia, de numerosas parejas que viven en unión de hecho y que desean formalizar su estado civil, contrayendo matrimonio Civil;
Que, es deber de esta comuna proteger a la familia y promover el matrimonio como institución natural y fundamental de la sociedad cautelando  su legalidad y seguridad jurídica;
Estando a lo informado por la Jefatura de Registro Civil, mediante Informe N° 0-2015-MDCHB/OREC y de conformidad  con las  atribuciones establecidas en el artículo 9° incisos  8.9, artículo 40° de la Ley N°  27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con el voto UNANIME de los miembros del Cuerpo Edil y, con la dispensa de la lectura y aprobación del Acta; se ha dado la siguiente:
ORDENANZA
QUE APRUEBA LA REALIZACIÓN DEL I MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO - 2015 EN EL DISTRITO DE CHINCHA BAJA
Artículo 1°.- AUTORIZAR la Celebración del I Matrimonio Civil Comunitario 2015 para el día 17 de octubre del presente año, exonerando a los contrayentes de los derechos de pago establecidos en el TUPA vigente.
Artículo 2°.- ESTABLECER, que los contrayentes que participen en la celebración del Matrimonio Civil Comunitario 2015, abonen la suma de S/.20.00 ( veinte y 00/100 Nuevos Soles ), como pago único por derecho de trámite administrativo con motivo de celebrarse el 478° aniversario de Fundación Española de nuestro distrito.
Artículo 3°.- Las parejas interesadas en contraer I MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO 2015, podrán inscribirse hasta el día 14 de octubre del 2015, plazo en el que vencerá la presentación de expedientes matrimoniales, debiendo cumplir con presentar los siguientes documentos:
-Partida de Nacimiento en originales (de ambos)
- Fotocopia  simple de DNI (de ambos)
- Certificado de médico (de ambos)
- Certificado domiciliario (de ambos)
- Certificado de Soltería  (de ambos)
- Fotocopia de DNI de dos testigos.
Artículo 4°.-AUTORIZAR a las áreas de Caja y Rentas  la exoneración del 100% al pago por derecho de emisión de: Certificado de Soltería, Certificado domiciliario y partidas de nacimiento a los ciudadanos Chinchabajinos que participarán en la celebración del I Matrimonio Civil Comunitario 2015.
Artículo 5°.- Encargar a Gerencia Municipal y Oficina de Registro Civil el cumplimiento de la presente Ordenanza; a Secretaría General su Publicación en el Periódico Mural, Portal Institucional y en el Diario Oficial de la localidad y poner en conocimiento a las demás oficinas de esta Municipalidad; así como a la Oficina de Imagen Institucional para su correspondiente difusión masiva.
POR TANTO:
Regístrese,  publíquese y cúmplase

Oscar William  Rojas Ormeño
Alcalde


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