miércoles, 15 de abril de 2015

Municipalidad Provincial de Chincha


ACUERDO DE CONCEJO No. 027-2015-MPCH.
Chincha Alta,  09 de Abril de 2015
EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA
Visto; el Oficio No. 004-2015-/CODEHICA-CH, de fecha 15 de Enero de 2015, Rgto. 444-46-2015,  presentado por el Presidente de CODEHICA  que en representación de la Comisión de Derechos Humanos – Ica y la Fundación INTERVIDA España de Ica,  están ejecutando el Proyecto “Derechos y participación ciudadana para la protección a las niñas y niños de Chincha y Pisco”; para lo cual remite el proyecto de Convenio Interinstitucional para su aprobación, con el cual contribuirá al fortalecimiento del sistema de protección de niños y niñas victimas de violencia.
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por el Artículo Único de la Ley 30305, señala que las municipalidades provinciales y distritales  son órganos de gobierno local, tienen  autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.
Que, el ARTÍCULO X, del Título Preliminar de la Ley No. 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que en cuanto a la  PROMOCIÓN DEL DESARROLLO INTEGRAL, Los gobiernos locales promueven el desarrollo integral, para viabilizar el crecimiento económico, la justicia social y la sostenibilidad ambiental. La promoción del desarrollo local es permanente e integral. Las municipalidades provinciales y distritales promueven el desarrollo local, en coordinación y asociación con los niveles de gobierno regional y nacional, con el objeto de facilitar la competitividad local y propiciar las mejores condiciones de vida de su población.
Que, el artículo 9° numeral 26 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que corresponde al Concejo Municipal  “Aprobar la celebración de convenios de cooperación nacional e internacional y convenios interinstitucionales”
Que, el Artículo 84°, en cuanto se refiere a los  PROGRAMAS SOCIALES, DEFENSA Y PROMOCIÓN DE DERECHOS, las municipalidades, en materia de programas sociales, de defensa y promoción señala en el numeral 1.2. Establecer canales de concertación entre las instituciones que trabajan en defensa de derechos de niños y adolescentes, mujeres, discapacitados y adultos mayores. Así como de los derechos humanos en general, manteniendo un registro actualizado.
Que, el presente convenio tiene como finalidad contribuir a disminuir los efectos de la violencia en el desarrollo de las niñas y niños de las provincias de Chincha y Pisco de la Región – Ica, mediante el desarrollo de estrategias de protección de la infancia en situación de vulnerabilidad, la generación de herramientas de gestión y el fortalecimiento de las instituciones del Sistema de Protección, especialmente en la Provincia de Chincha.
Que, por informe No. 002-2015-DEMUNA/MPCH, de fecha 01 de Abril de 2015 la Jefatura de la DEMUNA Chincha expresa que de acuerdo a las clausulas establecidas en el convenio promueve la efectiva vigencia de los derechos de los niños, niñas y adolescentes y el abordaje integral para el fortalecimiento del Sistema NACIONAL de Protección y su respuesta ante situaciones de abuso, violencia y abandono, cuyo objetivo específico es de mejorar los mecanismos de atención frente al maltrato y abandono de niñas y niños de la Región Ica.
Que, la Asesoría Legal con informe No. 737-2015-GAJ/MPCH, de fecha 07 de abril de 2015; considerando los párrafos antes expuestos, opina por la procedencia a que se suscriba el Convenio Interinstitucional entre la  Municipalidad Provincial de Chincha y la Comisión de Derechos Humanos de Ica.
Estando a lo expuesto, el informe de la DEMUNA, Asesoría Legal y en uso de las facultades conferidas por los artículos 39° y 41° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley 27972, los regidores del Concejo Municipal con el voto por UNANIMIDAD efectuado en la Sesión Ordinaria de fecha  08 de Abril de 2015, con la dispensa de lectura y aprobación de acta;
ACUERDA
ARTICULO PRIMERO.- AUTORIZAR al Ing. Cesar Antonio Carranza Falla, Alcalde de la Municipalidad Provincial de Chincha, suscribir el  Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional entre la Municipalidad Provincial de Chincha y la Comisión de Derechos Humanos de Ica, representado por el Presidente CODEHICA;  por el lapso de seis (6) meses; el mismo que consta de doce cláusulas que adjunto  forma parte del presente acuerdo.
ARTICULO SEGUNDO.-  Encargar  a la Secretaria General de la entidad, hacer de conocimiento el presente Acuerdo de Concejo a la Comisión de Derechos Humanos de Ica - CODEHICA.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

Ing. CÉSAR ANTONIO CARRANZA FALLA - ALCALDE

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