Sunampe, 17 de
setiembre del 2013
EL CONCEJO
MUNICIPAL DISTRITAL DE SUNAMPE
VISTO:
En Sesión
Extraordinaria de Concejo de fecha 13 de setiembre del 2013, la solicitud
presentada por el ciudadano José Teodoro Loyola de la Cruz, signado como Reg.
N° 3725, sobre Recurso de Reconsideración, contra el Acuerdo de Concejo N°
002-2013-MDS, que acuerda, rechazar por mayoría la solicitud de declaratoria de
vacancia del alcalde de la Municipalidad Distrital de Sunampe Carlos Alberto
Grimaldi Moyano, por la causal de Restricción de Contratación, referente al
Expediente N° J-2013-00618; asimismo el Informe de Descargo del Alcalde Carlos
Alberto Grimaldi Moyano, oído los Informe Orales e intervención de los señores
regidores.
CONSIDERANDOS:
Que, leída la
solicitud del ciudadano José Teodoro Loyola de la Cruz, que mediante escrito de
fecha 12 de agosto del 2013, signado como Reg. N° 3725, presenta Recurso de
Reconsideración, ante el Concejo Municipal, contra el Acuerdo del Concejo N°
002-2013, de fecha 26 de Julio del 2013, que acuerda, rechazar por mayoría la
solicitud de declaratoria de vacancia del alcalde de la Municipalidad Distrital
de Sunampe, Carlos Alberto Grimaldi Moyano, por la causal de Restricción de
Contratación, referente al Expediente N° J-2013-000618, tramitado ante el
Jurado Nacional de Elecciones; refiriendo el mencionado ciudadano, que para
mejor resolver amplia prueba instrumental, anexando como nuevos medios
probatorios que se indican en escrito de fecha 18 de julio del 2013,como son
acta de constatación del juez de paz del distrito de Sunampe, DVD, copia de
reportajes del diario Correo, entrevista realizada por programa televisivo El
Francotirador, entre otros ya anexado en su solicitud de vacancia que fuera
materia de pronunciamiento en el Acuerdo de Concejo N° 002-2013-MD, solicitando
se declare fundado su Recurso de Reconsideración y Revoque el mencionado
acuerdo y se declare la Vacancia del Alcalde del Distrito de Sunampe, Carlos Alberto
Grimaldi Moyano.
Que,
asimismo leída el descargo del Alcalde
Carlos Alberto Grimaldi Moyano, de fecha 11 de Setiembre del 2013, quien
refiere que el Recurso de Reconsideración presentado por el ciudadano José
Teodoro Loyola de la Cruz, no ha aportado nuevos elementos de pruebas que
acrediten haber incurrido en la causal de vacancia por Restricción de
contratación, por cuanto el Recurso de Reconsideración exige que para que se declare
fundado debe sustentarse con nuevas pruebas, conforme lo exige el Artículo 208°
de la ley General de Procedimientos Administrativos, toda vez que los aportados
en su recurso ya han sido materia de análisis en la Sesión Extraordinaria de
Concejo de fecha 19 de Julio del 2013,que dio origen al Acuerdo de Concejo N°
002-2013-MDS; asimismo que la constatación efectuada por el Juez de Paz del
Distrito de Sunampe, realizado el día 17 de mayo del 2013, deja muchas dudas y
suspicacias, sobre su actuación, ya que no fue presentada para ser analizada en
la Sesión Extraordinaria de fecha 19 de julio dl 2013, además que según el Art.
17 de la Ley N° 29824, Ley de Justicia de Paz, establece que los jueces de paz
tienen funciones notariales, cuando en los centros poblados no exista notario,
sin embargo el juez de Paz del distrito de Sunampe, no es un juez de un centro
poblado sino de un distrito, además que en el distrito existe un notario
público como es la Notaría Edwin Vásquez Mansilla, habiendo de esta forma
incurrido en varios delitos que va ha ser denunciado, por lo que la referida
prueba, no tiene valor legal.
Que, así
también fue escuchado los informes orales de los abogados defensores del
solicitante José Teodoro Loyola de la Cruz, así como del Alcalde Carlos Alberto
Grimaldi Moyano, quienes sustentaron los argumentos expuestos en el Recurso de
reconsideración así como de descargo.
Que, asimismo
oído el informe verbal del regidor Manuel Yovera Meneses, quien refiere haber
solicitado información respecto a la obra de Reconstrucción del Cerco
Perimétrico del Colegio N° 22290, del Centro Poblado El Guayabo” y de la obra
“Ampliación de calle del sector Acequia Grande- El Jazmín”, el mismo que
refiere no le ha sido alcanzado y que le era importante para poder tener en consideración en la presente sesión,
además de haber tenido conversación con el Ingeniero José Magallanes Rojas,
Jefe del Área de Obras, sobre las mencionadas obras ejecutadas.
Que, puesto en
consideración del Pleno en sesión de la fecha, luego de los debates correspondientes
y sometido a votación de los integrantes del Concejo Municipal, con relación al
Recurso de Reconsideración presentada por José Teodoro Loyola De la Cruz,
contra el Acuerdo de Concejo N° 02-2013, relacionado al Expediente N°
J-2013-00618, la votación fue la siguiente:
-El regidor
Manuel Yovera Meneses, vota porque se declare Fundado el Recurso de Reconsideración
-La Regidora
Cinthia Ortiz Yataco, vota por que se declare fundado el Recurso de
Reconsideración
-El Regidor
Victorino Pachas Pachas, vota porque se declare infundado el recurso de
Reconsideración
-La Regidora
Liliana Esther Cuba Ramírez, vota porque se declare infundado el Recurso de
Reconsideración.
-El Regidor
José Vicente Pachas Bautista, vota porque se declare Infundado el Recurso de
Reconsideración.
-El alcalde
Carlos Alberto Grimaldi Moyano, vota porque se declare Infundado el Recurso de
Reconsideración.
Por mayoría de
votos se rechaza la solicitud de declaración de vacancia del alcalde de la
Municipalidad Distrital de Sunampe, señor Carlos Alberto Grimaldi Moyano,
presentada por José Teodoro Loyola De la Cruz Expediente N° j-2013-00618.
Estando a lo
expuesto y las atribuciones que le
confieren los artículos 9°, 39° y 41° de la Ley 27972, Ley Orgánica de
Municipalidades, por Sesión Extraordinaria de fecha 13 de Setiembre del 2013,
el Concejo de la Municipalidad Distrital de Sunampe, por mayoría y con la
dispensa del trámite de Lectura y aprobación del acta, se expide el siguiente:
ACUERDO:
ARTICULO
PRMERO.- Declarar INFUNDADO, por mayoría el Recurso de Reconsideración,
presentada por José Teodoro Loyola De la Cruz, contra el acuerdo de Concejo N°
02-2013 – MDS, de fecha 26 de julio del 2013, relacionado al Expediente N° j-
2013-00618.
ARTICULO
SEGUNDO: NOTIFICAR, al solicitante José Teodoro Loyola De la Cruz, Carlos
Alberto Grimaldi Moyano y Regidores, encargándose al Secretario para su
cumplimiento bajo responsabilidad.
Regístrese,
comuníquese, Cúmplase y Publíquese
Carlos A.
Grimaldi Moyano
Alcalde.