MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA
ORDENANZA MUNICIPAL N°
016-2026-MPCH
LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD
PROVINCIAL DE CHINCHA
POR CUANTO:
El Concejo Provincial de Chincha,
en Sesión Ordinaria de fecha 7 de julio de 2026;
VISTO:
El Informe N°
0462-2026-SGPTDEL/MPCH de fecha 26 de junio de 2026 de la Subgerencia de
Promoción del Turismo y Desarrollo Económico Local; el Informe N°
01376-2026-GSC/MPCH de fecha 30 de junio de 2026 de la Gerencia de Servicios al
Ciudadano; el Informe Legal Nº 2978-2026-GAJ/MPCH de fecha 02 de julio de 2026
de la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Informe N° 0467-2026-SGPTDEL/MPCH, de
fecha 1 de julio de 2026 de la Subgerencia de Promoción del Turismo y
Desarrollo Económico Local; el Informe Nº 3051-2026-GAJ/MPCH de fecha 06 de julio de 2026 emitido por la Gerencia de
Asesoría Jurídica; el Informe N° 0192-2026-MPCH de fecha 03 de julio de 2026 de
la Gerencia Municipal y el proveído del despacho de Alcaldía sobre derivación a
Sesión de Concejo, y;
CONSIDERANDO:
Que, las municipalidades gozan de
autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su
competencia, conforme al artículo 194° de la Constitución Política del Perú, en
concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley
Orgánica de Municipalidades;
Que, el artículo 79°, numeral 3.2
de la Ley N° 27972, establece como función exclusiva de las municipalidades
provinciales regular y controlar el abastecimiento y comercialización de
productos y servicios, así como la gestión y administración de los mercados de
abastos públicos;
Que, mediante Resolución de
Gerencia N° 1459-2026-GM/MPCH se aprobó el "Plan de Trabajo de
Empadronamiento de Comerciantes de los Mercados 2026", cuyo objetivo
prioritario es actualizar, verificar y sistematizar la información de los
conductores y puestos de venta de los centros de abasto de la provincia;
Que, mediante Informe N°
0462-2026-SGPTDEL/MPCH, la Subgerencia de Promoción del Turismo y Desarrollo
Económico Local sustentó técnicamente que la tramitación simultánea de
licencias de funcionamiento alteraría el censo técnico, generando duplicidad de
datos y subarrendamientos no detectados, por lo que resulta indispensable
establecer una pausa administrativa temporal;
Que, la Gerencia de Asesoría
Jurídica, mediante el Informe Legal Nº 2978-2026-GAJ/MPCH, determinó la
viabilidad legal del mecanismo de suspensión temporal, recomendando la remisión
del proyecto normativo a las áreas de línea sectoriales para su respectiva validación
técnica final y emisión del informe de conformidad correspondiente;
Que, mediante el Informe N°
0467-2026-SGPTDEL/MPCH, la Subgerencia de Promoción del Turismo y Desarrollo
Económico Local, emitió opinión técnica favorable y, informando que luego de
haber efectuado el análisis correspondiente del contenido y sustento referido
proyecto de Ordenanza Municipal, ha verificado su conformidad con la normativa
aplicable y los objetivos que persigue la propuesta;
Que, mediante el Informe N°
01376-2026-GSC/MPCH, la Gerencia de Servicios al Ciudadano, solicita la evaluación de la propuesta y
solicita opinión técnica legal;
Que, la Gerencia de Asesoría
Jurídica, mediante el Informe Legal Nº3051-2026-GAJ/MPCH, opina que resulta
viable la aprobación de la Ordenanza que establece la suspensión temporal
excepcional de trámites de licencia de funcionamiento en mercados públicos
administrados por la Municipalidad Provincial de Chincha con el proyecto de la
Ordenanza Municipal, recomendando la elevación
Sesión del Concejo Municipal;
Que, la propuesta guarda estricto
interés público y razonabilidad, formalizándose obligatoriamente mediante
Ordenanza Municipal para salvaguardar el Principio de Legalidad establecido en
el TUO de la Ley N° 27444 y evitar la configuración de barreras burocráticas
ilegales ante el INDECOPI;
Estando a los fundamentos expuestos
y en uso de las facultades conferidas por el artículo 9° numeral 8 y el
artículo 40° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; el Concejo
Municipal aprobó por Unanimidad y con la dispensa de la lectura y aprobación de
acta, aprobó la siguiente:
ORDENANZA QUE ESTABLECE LA SUSPENSIÓN TEMPORAL EXCEPCIONAL DE TRÁMITES
DE LICENCIAS DE FUNCIONAMIENTO EN MERCADOS PÚBLICOS ADMINISTRADOS POR LA
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA
ARTÍCULO PRIMERO.- OBJETO Y ÁMBITO
DE APLICACIÓN
APROBAR la suspensión temporal y
excepcional de la recepción, tramitación, otorgamiento y/o renovación de
Licencias de Funcionamiento para los establecimientos y puestos comerciales
ubicados en el interior de los siguientes mercados públicos de administración
municipal directa:
1. MERCADO
DE ABASTOS DE CHINCHA
2. MERCADO
FERIAL
3. MERCADO
MODELO
ARTÍCULO SEGUNDO.- VIGENCIA
La presente suspensión
administrativa de los procedimientos del TUPA regirá a partir del día siguiente
de su publicación oficial en el diario encargado de los avisos judiciales de la
provincia, y se extenderá hasta el 30 de septiembre de 2026, en estricta
concordancia con el periodo de ejecución del Plan de Empadronamiento de
Comerciantes 2026, aprobado mediante Resolución de Gerencia Nº 1459-2026-GM/MPCH.
ARTÍCULO TERCERO.- EXCEPCIONES
Quedan expresamente excluidos de la
presente suspensión temporal los procedimientos administrativos de trámites de
Cese de Actividades (baja de licencia de funcionamiento) solicitados de manera
voluntaria por los conductores de los puestos.
ARTÍCULO CUARTO.- TRÁMITES EN CURSO
Los expedientes administrativos de
licencias de funcionamiento que hayan ingresado formalmente por Mesa de Partes
con fecha anterior a la entrada en vigencia de la presente Ordenanza, continuarán
con su trámite regular y serán resueltos conforme a las normas vigentes al
momento de su postulación.
ARTÍCULO QUINTO.- ENCARGATURA
ENCARGAR el estricto cumplimiento y
aplicación de la presente Ordenanza a la Gerencia de Servicios al Ciudadano, a
la Subgerencia de Promoción del Turismo y Desarrollo Económico Local y los
responsables de la Administración de los Mercados Ferial, Mercado Modelo y
Mercado de Abastos, de conformidad con las competencias establecidas en el
Manual de Organización y Funciones aprobados por la Ordenanza N° 026-2016-MPCH.
ARTÍCULO SEXTO.- PUBLICACIÓN
ENCARGAR a la Secretaría General la
publicación de la presente norma en el Diario de circulación local y, a la
Gerencia de Sistemas y Procesos su difusión en el Portal Institucional de la
Municipalidad Provincial de Chincha (www.munichincha.gob.pe).
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE
Y CÚMPLASE.
MAG. SILVIA VICTORIA BARRIOS VALENZUELA
ALCALDESA






0 comentarios:
Publicar un comentario