Medida
será por 60 días, según decreto supremo
La medida comprende a los distritos
de Pisco, San Andrés, Paracas, San Clemente, y Túpac Amaru Inca, donde la Policía
Nacional mantendrá el control del orden interno con acciones de apoyo de las
Fuerzas Armadas.
Durante la emergencia, se suspenderán
o restringirán temporalmente los derechos constitucionales relativos a la
inviolabilidad del domicilio, libertad de tránsito por el territorio nacional,
libertad de reunión, y libertad y seguridad personales.
Las actividades de carácter masivo
y público (religiosas, culturales o deportivas) requerirán de una autorización
previa de las autoridades competentes. No obstante, los eventos que no sean
masivos podrán desarrollarse con normalidad.
Para asegurar la efectividad de las
acciones, se dispuso la creación inmediata del Coman-do de Coordinación
Operativa Unificada (CCO), liderado por el jefe de la Región Policial Ica.
El estado de emergencia fue
establecido mediante el Decreto Supremo N° 105-2026-PCM, publicado hoy en el
boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.
El decreto lleva la rúbrica del
presidente José María Balcázar; del jefe del Gabinete Ministerial, Luis Arroyo,
así como de los ministros de Defensa, Economía y Finanzas, Interior, Justicia y
Derechos Humanos, y Transportes y Comunicaciones.







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