viernes, 3 de julio de 2026

Juzgado de Flagrancia de Ica dicta nueve meses de prisión preventiva por presunta violación sexual

 

     

 El Primer Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de Flagrancia de la Corte Superior de Justicia de Ica dictó nueve meses de prisión preventiva contra Y. Ordoñez Vega, investigado por la presunta comisión del delito contra la libertad sexual, en la modalidad de violación sexual, en agravio de una persona de identidad reservada de 57 años.

La medida coercitiva fue dispuesta por la jueza Ángela Carolina García Vivanco, durante la audiencia realizada el 26 de junio de 2026, luego de evaluar los argumentos expuestos por el representante del Ministerio Público y la defensa técnica del investigado, concluyendo que concurren los presupuestos previstos en el artículo 268 del Código Procesal Penal y la jurisprudencia aplicable para imponer la medida de prisión preventiva.

Según la tesis fiscal, el investigado alquiló una habitación en un inmueble ubicado en la ciudad de Ica y, posteriormente, habría aprovechado la confianza de la propietaria para ingresar por la fuerza a otra habitación del mismo inmue-ble, donde presuntamente la agredió física y sexualmente. Tras los pedidos de auxilio de la agraviada, efectivos de la Policía Nacional del Perú y personal de Serenazgo acudieron al lugar e intervinieron al investigado en presunta flagrancia delictiva.

Concluido el debate, el juzgado declaró fundado el requerimiento formulado por el Ministerio Público e impuso al investigado la medida de prisión preventiva por el plazo de nueve meses, computados desde el 24 de junio de 2026 hasta el 23 de marzo de 2027. Asimismo, dispuso su internamiento en el establecimiento penitenciario que determine el Instituto Nacional Penitenciario (INPE).

La Corte Superior de Justicia de Ica precisa que esta decisión corresponde a una medida cautelar de naturaleza procesal, destinada a garantizar el adecuado desarrollo de la investigación y la presencia del investigado durante el proceso penal, sin que ello implique un pronunciamiento sobre su responsabilidad penal, la cual será determinada conforme al debido proceso.

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