Municipalidad Provincial de Chincha
ORDENANZA MUNICIPAL N° 019-MPCH
Chincha, 25 de octubre de 2024
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE
CHINCHA
POR CUANTO:
El Concejo Municipal Provincial de Chincha en
sesión ordinaria, de la fecha 23 de octubre de 2024,
VISTO:
El informe N°
3094-2024-GAT/MPCH de fecha 18 de octubre del 2024 de la Gerencia de
Administración Tributaria; El Informe Legal N° 5811-2024-GAJ/MPCH de fecha 22
de octubre de 2024 de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Informe N°
183-2024/GAT-MPCH de fecha 23 de octubre del 2024 de la Gerencia de
Municipal respecto al proyecto de
“Ordenanza que Aprueba el Derecho de Emisión Mecanizada de actualización de
valores, determinación del tributo del Impuesto Predial, Impuesto Vehicular y
Arbitrios Municipales; así como su distribución domiciliaria para el Ejercicio
Fiscal 2025” en la jurisdicción de
Chincha Alta de la provincia de Chincha, y;
CONSIDERANDO:
Que, el
artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por el artículo
Único de la Ley N° 30305 y el artículo II de la Ley N°27972 – Ley Orgánica de
Municipalidades, establecen que las Municipalidades son órganos de Gobierno
Local que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos
de su competencia. Asimismo, el artículo 74° de la misma norma, les otorga la
potestad tributaria de crear, modificar y suprimir contribuciones, arbitrios,
licencias, y derechos municipales;
Que, las
Ordenanzas de las municipalidades son normas de carácter general de mayor
jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se
aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de
los servicios públicos y materias en las que la municipalidad tiene competencia
normativa; conforme lo establece el artículo 40º de la Ley Orgánica de
Municipalidades Nº 27972;
Que, la
cuarta Disposición Final del Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, que aprobó el
Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, faculta a las Municipalidades
a cobrar por el servicio de emisión mecanizada de actualización de valores,
determinación de impuestos y de recibos de pago correspondientes, incluida su
distribución a domicilio, un importe no mayor al 0.4% de la Unidad Impositiva
Tributaria vigente al 1º de enero de cada ejercicio;
Que, es
necesario establecer los montos que deben abonar los contribuyentes por el
derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación del
Impuesto Predial, Impuesto Vehicular y tasa de Arbitrios Municipales de
Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo correspondientes al ejercicio
2025;
Que, estando
a lo dispuesto en el Informe Legal N° 5811-2024-GAJ/MPCH de la oficina de
Asesoría Jurídica quien emite informe favorable y conveniente a fin de dar
conformidad a la presente Ordenanza y en uso de sus facultades conferidas por
el inciso 8) del artículo 9° y el artículo 40° de la Ley Orgánica de
Municipalidades, Ley N° 27972; el Concejo Municipal por UNANIMIDAD, y con
dispensa del trámite de aprobación del Acta, aprobó la siguiente:
ORDENANZA QUE
APRUEBA EL DERECHO DE EMISIÓN MECANIZADA DE ACTUALIZACIÓN DE VALORES,
DETERMINACIÓN DEL TRIBUTO DEL IMPUESTO PREDIAL, IMPUESTO VEHICULAR Y ARBITRIOS
MUNICIPALES; ASÍ COMO SU DISTRIBUCIÓN DOMICILIARIA PARA EL EJERCICIO FISCAL
2025
Artículo
Primero. - Fíjese en el monto de S/ 10.00 (DIEZ y 00/100 soles) la tasa por el
derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación del
tributo del Impuesto Predial, Impuesto Vehicular y Arbitrios Municipales para
el ejercicio 2025, de la Municipalidad Provincial de Chincha y en S/. 4.00
(CUATRO y 00/100 soles) la hoja adicional por anexo.
Este monto
será abonado conjuntamente con el pago al contado del Impuesto Predial o de
optar por el pago fraccionado, con la cancelación de la primera cuota.
Articulo
Segundo.- Aprobar el Informe Técnico que incluye el Cuadros de estructura de
costos y estimación de ingresos del servicio de Emisión Mecanizada de
Actualización de Valores, Determinación de Impuestos, incluida su distribución
a domicilio, correspondientes al Impuesto Predial, Impuesto Vehicular y a los
Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo para
el ejercicio 2025, que en Anexo 1 forma parte integrante de la presente
Ordenanza Municipal.
Artículo
Tercero. - Facúltese al Alcalde, a fin que mediante Decreto de Alcaldía, dicte
las disposiciones que fueran necesarias para lograr la adecuada aplicación de
la presente Ordenanza.
Artículo
Cuarto. - La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del 01 de enero de
año 2025 previa publicación en el diario
de circulación local.
Artículo
Quinto. - Encárguese a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración
Tributaria y Rentas, Gerencia de Planificación y Presupuesto, Gerencia de
Sistemas y Procesos, Subgerencia de Tesorería, Gerencia de Secretaría General
el cumplimiento de la presente ordenanza.
Artículo
Sexto. - Encárguese a la Gerencia de Secretaría General la difusión y
publicación de la presente ordenanza en los medios de comunicación oficial y su
publicación en el Portal web Institucional y en el Portal web Gob.pe.
Regístrese,
comuníquese, publíquese y cúmplase.
Ing. César Antonio Carranza Falla
ALCALDE
ANEXO I
INFORME
TECNICO
Cuadro de
estructura de costos y estimación de ingresos del servicio de Emisión
Mecanizada de Actualización de Valores, Determinación de Tributos, incluida su
distribución a domicilio, correspondientes al Impuesto Predial, Impuesto
Vehicular y a los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines
y Serenazgo para el ejercicio 2025
1. Aspectos Generales
Considerando
que el artículo 14º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación
Municipal, aprobada por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, establece que la
actualización de valores de los predios, por parte de la Municipalidad,
sustituye la obligación de presentar la declaración jurada anual, se ha
determinado el derecho de emisión mecanizada de actualización de valores,
determinación y distribución de impuesto predial y arbitrios municipales para
el periodo 2024, que comprende la actualización de valores, registro,
determinación y procesamiento de la cuenta corriente y proceso de emisión
mecanizada de las declaraciones juradas. Asimismo, la Cuarta Disposición
Transitoria Final del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal,
faculta a las municipalidades a cobrar por el servicio de emisión mecanizada de
actualización de valores, determinación de impuestos y de recibos de pago
correspondientes, incluida su distribución a domicilio, un importe no mayor al
0.4% de la Unidad Impositiva Tributaria vigente al 1 de enero de cada
ejercicio. Actualmente la Municipalidad Provincial de Chincha aplica el importe
de S/. 10.00 por derecho de emisión por cada contribuyente y S/ 4.00 por cada
anexo.
2. Proceso de emisión mecanizada
Comprenden
las siguientes actividades:
a.
Actualización de datos y generación de cuenta corriente: Hasta el 31 de
diciembre del año 2024 se encuentra vigente la campaña de presentación masiva
de declaración jurada del impuesto predial y beneficios tributarios, lo que
viene permitiendo la actualización y sinceramiento de las declaraciones
juradas. Asimismo, se ha viene realizando la depuración de datos, actualización
de los datos componentes del impuesto predial, impuesto predial, arbitrios
municipales y la generación de la cuenta corriente individual.
Esta
actividad es desarrollada por la Gerencia de Administración Tributaria.
Ello consiste
en registrar las declaraciones juradas de determinación presentada por los
contribuyentes.
b. Emisión de
cuponera o cartillas y/o declaraciones juradas:
Consiste en
la emisión mecanizadas de las declaraciones juradas (HR, PU, PR, HL,
instrucciones) la misma que deberá agruparse en un sobre y/o cuponera de ser el
caso.
La emisión
mecanizada comprende los formatos mecanizados de HR (Hoja de Resumen), IV (Hoja
Vehicular), PU (Predio Urbano), PR (Predio Rústico) y HLA (Hoja de Arbitrios
municipales), HI (Hoja de instrucciones). El sobre, carpeta o folder es
complementario según la disposición corporativa.
La impresión
se puede realizar en forma masiva, para luego ser clasificado, compaginado y
armado de las mismas. Esta etapa se desarrollará a través del personal de la
municipalidad y servicio por terceros. Cabe mencionar que la actualización de
la información de declaraciones juradas y emisión de cuponeras no es solamente
por la campaña tributaria, también se desarrolla durante todo el ejercicio
fiscal.
La emisión se
realizará en forma individual, en virtud de la atención diaria a través de la
Plataforma de Atención al Contribuyente y según la atención respectiva.
c.
Distribución domiciliaria:
Consiste en
la distribución y notificación de las declaraciones juradas mecanizadas al
domicilio dentro de la jurisdicción, para el caso de zonas fueras del distrito
se evaluará su envió a través de un Courier. Esta actividad se desarrolla por
el personal de la municipalidad o servicio contratado a terceros, según toma de
decisión.
Asimismo, se
procede a realizar la entrega de los formatos mecanizados a través de la
Plataforma de Atención al Contribuyente.
3.
Información Tributaria
De acuerdo a
la base datos del sistema informático tributario, se tiene el siguiente
reporte:
Contribuyentes (En proceso de
actualización y depuración)
N° de contribuyentes: 33,380 (Proyección de actualización: 31,280
contribuyentes)
N° de predios afectos: 37,409 (Proyección de actualización: 35,538 predios)
CUADRO
DE ESTRUCTURA DE COSTOS
Se ha realizado el cálculo tomando como base
referencial la información histórica de derecho de emisión aprobado con
ordenanza municipal:
COSTO POR EL SERVICIO DE EMISIÓN MECANIZADA PARA EL AÑO 2025
CUADRO DE ESTIMACIÓN DE INGRESO
Considerando que la Municipalidad Provincial de
Chincha a la fecha viene realizando la actualización masiva de la información
con la presentación de la declaración jurada de contribuyentes:
Costo total del Servicio de Emisión mecanizada :
S/. 321,891.20
N° de Contribuyente (depuración) : 31,280
Derecho de emisión :
S/. 10.00
Estimado de ingreso : S/. 128,756.50
% de recuperación según nivel de recaudación : 40.00%
Costo por predio adicional : S/ 4.00 (*)
(*) Depuración para tener una información exacta.
(PU/HL S/ 2.00 + S/ 2.00)
• Auxiliar administrativo (Para registro,
actualización y depuración), es el personal que se encargará del registro de
las declaraciones juradas (inscripciones, actualización, y/o descargo).
• Auxiliar administrativo (Parámetros de cálculo),
es el personal que se encargará de registrar y mantener actualizado los valores
y parámetros para la generación de la cuenta corriente, así como de colaborar
en la emisión masiva.
• Coordinador administrativo, es la persona que se
encarga de organizar, controlar y supervisar el cumplimiento de la emisión
masiva de declaraciones juradas, desde su procesamiento hasta su emisión.
• Servicio de validación-procesamiento de la
información, este servicio consiste en realizar el análisis, depuración,
validación, control y procesamiento de la información generada a efectos de
realizar el control de calidad de la emisión masiva de las declaraciones
juradas para el ejercicio tributario 2025.
• Servicio de impresión de formatos, por el cual se
diseña y se requiere la impresión de todos los formatos membretados (solo
formatos - tamaño A5) con el logo de la municipalidad.
• Servicio de distribución y notificación de declaraciones juradas. El cual consiste en la clasificación, compaginación y distribución local de las cuponeras o declaraciones juradas a los domicilios de los contribuyentes.
Para finalizar, se establece que el derecho de emisión para el año 2025 asciende a S/. 10.00 y por cada anexo S/ 4.00.
Al aprobarse este proyecto de ordenanza municipal,
la Municipalidad Provincial de Chincha cumple con la cuarta Disposición Final
del Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, que aprobó el Texto Único Ordenado de la
Ley de Tributación Municipal, que faculta a las Municipalidades a cobrar por el
servicio de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación de
impuestos y de recibos de pago correspondientes, incluida su distribución a
domicilio, un importe no mayor al 0.4% (S/.20.60) de la Unidad Impositiva
Tributaria vigente al 1º de enero del año 2024 que es de S/ 5,150.00, es decir,
con proyección menor al 0.4% de la UIT para el ejercicio fiscal 2025, tomándose en cuenta la variación escalable que
tiene la UIT cada año.
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