Contraloría: Funcionario edil percibió ingresos simultáneos de entidades de Ica y Huancavelica
Recibió pagos irregulares de municipios de San José de Los Molinos,
Parcona y Capillas
La Contraloría General detectó que
un funcionario designado como Subgerente de Infraestructura y Desarrollo Urbano
de la Municipalidad Distrital de Grocio Prado, provincia de Chincha, incurrió
en la doble percepción de ingresos. A pesar de que estaba impedido de contratar
con cualquier otra entidad mientras desempeñaba tal cargo, recibió pagos de los
municipios de San José de Los Molinos, Parcona y Capillas, en la región Ica y
Huancavelica. Esto generó un perjuicio económico al Estado por la suma de S/
115 000.
De acuerdo con el Informe de Control Específico N°025-2024-2-0405-SCE,
dicho servidor público asumió el cargo en mención el 2 de enero del 2020 y
culminó su labor el 31 de diciembre del 2022. Por su trabajo en dicha entidad,
que era de manera exclusiva, percibió S/ 106 656.
Sin embargo, el 10 de noviembre del 2020, recibió de la Municipalidad
Distrital de San José de Los Molinos, provincia de Ica, la suma ascendente a
los S/ 18 000 por el servicio de elaboración del expediente técnico de la
creación de red de agua potable y alcantarillado en la calle Túpac Amaru, calle
E y pasaje 11.
De igual modo, entre el 23 de noviembre del 2020 al 13 de diciembre del
2022, cobró de la Municipalidad Distrital de Capillas (Huancavelica) el monto
total de S/ 17 500 por los trabajos de
residente en la obra de construcción del muro de contención en la calle
Miraflores, elaboración de liquidación física y financiera de la obra de
creación de campo deportivo en la localidad de Cajamarca, elaboración de
expediente técnico de creación de servicios higiénicos públicos en el sector
Cochapamopa y supervisión del proyecto de mejoramiento de local comunal del
centro poblado Cajamarca.
Por último, el 15 de diciembre del 2022, recibió de la Municipalidad
Distrital de Parcona, provincia de Ica, el monto de S/ 79 500 por la
elaboración de la ficha técnica general de los proyectos de creación de
servicios de recreación y esparcimiento en los parques 1 y 2 de la asociación
de vivienda “Eliane Karp”.
Vale indicar que, según la Ley Marco del Empleo Público, Ley N° 28175,
ningún empleado público puede percibir del Estado más de una remuneración,
retribución o cualquier tipo de ingreso. Se identificó que el ciudadano en
cuestión tendría presunta responsabilidad administrativa y civil en este caso.
El resultado de este informe de control específico fue comunicado al
titular de la Municipalidad Distrital Grocio Prado para que se realice el
respectivo procedimiento administrativo, así como al Órgano Instructor y a la
Procuraduría Publica de la Contraloría General de la República para que inicie
las acciones civiles correspondientes.
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