Bosque de Banderas Avenida Massaro - Chincha.

Pileta Central - Plaza de Armas de Chincha

Plaza de Armas del distrito de El Carmen - Chincha.

Atardecer en la Plaza de Armas de Larán.

Plaza de Armas de Pueblo Nuevo.

jueves, 14 de diciembre de 2023

En conferencia de prensa se dio a conocer actividades por el 79 aniversario de creación política de Sunampe

 



El alcalde del distrito de Sunampe Jesús Rojas Valerio, acompañado de los regidores que presiden las comisiones de aniversario, entre ellos, Alfredo Atúncar Rivadeneyra, Fiorella Campos Castillo, José Carlos Villa así como el Gerente Municipal  Dr. Carlos Girao Atúncar ofrecieron a los medios de comunicación local, una conferencia de prensa para dar a conocer la programación de actividades al conmemorar el distrito su 79º aniversario de creación política.

De acuerdo a su programa oficial, mañana viernes a las 8 a.m. se realizará el Paseo e Izamiento del Pabellón Nacional y a partir de las 8 y 30 iniciará el Desfile Escolar con la participación de las instituciones educativas del distrito y como invitados I.I.E.E de la provincia y la región.

El sábado 16 se llevará a cabo la elección y coronación de “Rey y Reina del adulto mayor a las 6 p.m.

A las 8 p.m. se elegirá a Sra. Sunampe 2023, con la participación de artistas de la provincia.

Asimismo desde las 10 de la noche, se elegirá y coronará a Señorita Sunampe 2023. Las elecciones mencionadas se realizarán en el frontis de la municipalidad.

“El II Festival Gastronómico del Bufo…La historia dentro de un plato”

 



Mediante Resolución Directoral N° 0036-2022-GORE-ICA-GRDE/DIRCETUR, de fecha 16 de diciembre de 2022, se reconoció como un evento de interés turístico el “Festival Gastronómico del Bufo”.

Por tal motivo la Dirección Regional de Comercio Exterior, Turismo y Artesanía de Ica, DIRCETUR - Zonal Chincha por intermedio del Lic. Martín César Sam Solano en coordinación con la Municipalidad distrital de Pueblo Nuevo que dirige el alcalde Ing. William Sánchez Cahuana, la DIREPRO zonal Chincha a cargo de la Sra. Lidia Vivanco Lévano, organizarán el “II Festival Gastronómico del Bufo”, evento denominado La historia dentro de un plato, con la finalidad de rescatar y promocionar la elaboración de este plato típico afroperuano.

Actividades como las que se realizarán, tienen el objetivo de  revalorizar y difundir la gastronomía ancestral, fortaleciendo la identidad cultural mediante el turismo gastronómico, puesto que el bufo en la provincia de Chincha es un plato típico con mucha historia de los afrodescendientes.

El evento se realizará el día sábado 16 de diciembre del presente año, en la plaza mayor del distrito de Pueblo Nuevo, desde el mediodía.

El programa  a desarrollarse en esa fecha, son el concurso gastronómico a la mejor prepa-ración del bufo, degustación y venta de productos vitivinícolas, Show afro-criollo, venta del bufo, entre otros.

Participarán expertos de este arte culinario y conocidos matarifes en la preparación de este exquisito plato.

Las inscripciones se realizan en el área de turismo de la Municipalidad Distrital de Pueblo Nuevo y en la oficina de la Dircetur Zonal Chincha, informes al celular 979255445/912372803.

Hermandad del Señor de los Milagros de Grocio Prado con nueva directiva

 


 En elecciones realizadas el domingo 26 de noviembre último, salió elegida la nueva junta directiva de la Hermandad del Señor de los Milagros de Grocio Prado para el período noviembre 2023 – noviembre 2025.

Presidirá esta gestión el señor Nilton Saravia Tasayco, Vicepresidente Julio César Donayre Tasayco, Tesorera Vanessa Capa, Secretario Gonzalo Castilla Avalos, como Fiscales José Luis Huarhua Tasayco y Pedro De la Cruz.

Capataces Diego Saravia y Daniel Tasayco, Vocales Jhonatan Riquelme y Héctor Magallanes, Presidentas de Cultos Yessica del Pilar Fernández Lévano, Lidia Arias, Luz Pachas y Yuliana De la Cruz. Asistenta Social Elizabeth García, y como Mistureros Wilfredo Yataco Huamán, Luis Torres Yataco, José Saravia Villa y Miguel Sebastián Tasayco.

Delincuentes roban mototaxi en Sunampe

 


La noche del último martes, al promedias las 08:00 p.m., dos personas de la jurisdicción de Sunampe acudieron a la comisaría del distrito, a fin de interponer una denuncia por asalto y robo de una mototaxi marca Bajaj, con placa de rodaje 0688-6Y, sustraída por inmediaciones del Centro Poblado Mina de Oro del sector.

Ante esta denuncia presentada, los efectivos acompañados  por las personas afectadas, iniciaron de pronto la búsqueda del vehículo menor robado con arma de fuego, logrando así recuperarla después de varias horas de búsqueda, por la jurisdicción policial del distrito de El Carmen, donde se encontraba en calidad de abandonada, presumiéndose que los delincuentes al observar la presencia policial, optaron tal vez por huir raudamente.

Control larvario y fumigación continúa en el distrito de Pueblo Nuevo - Chincha

 

Como parte de las acciones en la lucha contra el Dengue, en el distrito de Pueblo Nuevo continuaron el fin de semana con las labores de control larvario y fumigación.

Así, las brigadas de Salud han recorrido varios sectores del mencionado distrito chin-chano para evitar la propagación del Zancudo transmisor de la enfermedad del dengue.

El personal realizó la visita casa por casa, identificando en algunas de ellas, criaderos de  zancudos la cual con esta intervención se ha podido evitar que se reproduzcan.

De la misma manera se ha realizado el proceso de fumigación, ya que se han evidenciado zancudos adultos que necesitan ser eliminados.

De esta forma se exhorta a la población a que permita el ingreso del personal de salud, con la finalidad de eliminar el zancudo y evitar que contraigan la enfermedad del Dengue.

Por actos libidinosos policía detiene a atrevido sujeto

 


Ante el personal policial de la Comisaría de Alto Larán en Chincha, se presentó la persona de nombre M.P.R. de 18 años, a fin de interponer una denuncia por el presunto delito de tocamientos sin su consentimiento, penado por Ley.

 Tras esta situación bastante delicada, la policía del citado distrito, intervino y detuvo a Angel C. Mozombite (38), en circunstancias que se encontraba en el interior de su domicilio ubicado en Centro Poblado 8 de Octubre de Alto Larán.

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANDRÉS ORDENANZA MUNICIPAL N° 013-2023/MDSA

 

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANDRÉS

ORDENANZA MUNICIPAL N° 013-2023/MDSA

San Andrés, 19 de Octubre del  2023

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANDRÉS

VISTO: En Sesión Ordinaria de fecha 18 de Octubre del 2023, y en referencia al INFORME N° 066-2023-MDSA-RC; INFORME N° 1434-2023-GDES/MDSA-REAF.G; INFORME N° 0654-2023-MDSA/GAJ, y MEMORANDUM N° 660-2023-GM-MDSA; sobre realización de Matrimonio Civil Comunitario en el marco de las celebraciones del 102° Aniversario de la Creación Política del Distrito de San Andrés, y;

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley N° 27680, establece que las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; lo que es concordante con el Articulo 1II del Título Preliminar dela Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades;

Que, el Artículo 9°, inciso 8) de la Ley N° 27972, ley Organica de Municipalidades, establece: “Aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos”;

Que, se debe tener presente lo establecido en el artículo 4° de la Constitución Política del estado que textualmente señala: “El estado protege y promueve el matrimonio, reconoce a estos últimos como institutos naturales y fundamentales de la Sociedad”; así como lo dispuesto en los artículos 2330 y 234° del Código Civil “La regulación jurídica de la familia tiene por finalidad contribuir a su consolidación y fortalecimiento en armonía con los principios y normas proclamados en la Constitución Política del estado”. “El matrimonio es la unión voluntaria concertada por un varón y una mujer legalmente aptos para ella y formalizada con sujeción a las disposiciones de este código, a fin de hacer vida común”;

Que, mediante Acuerdo de Concejo N° 053-2023-MDSA/CM, de fecha 18 de Octubre del 2023, el Pleno del Concejo Municipal, aprobó por UNANIMIDAD la celebración del Matrimonio Civil Comunitario Gratuito, en el marco de las actividades por el 102° Aniversario de la Creación Política del Distrito de San Andrés;

Que, con MEMORANDUM N° 660-2023-GM-MDSA, de fecha 06 de Octubre del 2023, el Gerente Municipal remite adjunto el Informe N° 0654-2023-MDSA/GAJ, de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Informe N° 1434-2023-GDES/MDSA-REAF.G, de la Gerencia de Desarrollo Económico y Social; y, el Informe N° 066-2023-NDSA-RC, de la Oficina de Registro del Estado Civil ; en el cual hace de conocimiento que estando próximos a la Celebración por el 102° Aniversario de la Creación Política del Distrito de San Andrés, sugiere se realice dentro del marco de actividades el Tradicional Matrimonio Civil Comunitario para el día jueves 07 de Diciembre del 2023, a horas 10.00 a.m. en el Salón Consistorial de la Municipalidad; asimismo en merito a lo establecido en el articulo20°, inciso 12), de la Ley N° 27972,  Ley Organica de Municipalidades y las atribuciones dispuestas en el artículo 9°, inciso 11) de la misma Ley, a través del Concejo Municipal se requiere que se dicte la Ordenanza Municipal que exonere los pagos por derecho de Matrimonio Civil que se encuentra establecido en el Texto Único de Procedimiento Administrativos – TUPA, siendo el siguiente:

-              Derecho de pago por Ceremonia en las Instalaciones del Palacio Municipal de Lunes a Viernes en horario de Oficina.

-              Partida de Nacimiento si se encuentra inscrito en la MDSA.

-              Certificado de Soltería si se encuentra en la MDSA.

-              Partida de Matrimonio si se encuentra en la MDSA.

-              Certificado Domiciliario si se encuentra en la MDSA

Que, los Expedientes Matrimoniales se recepcionarán en la Oficina de Registros del Estado Civil de la Municipalidad Distrital de San Andrés, desde la fecha de publicación de la Ordenanza Municipal correspondiente hasta el 24 de Noviembre del 2023; teniendo en cuenta que el TUPA de la institución establece que la presentación de la documentación para contraer Matrimonio Civil será con ocho (08) días de anticipación, siendo el horario de atención de 8.00 de la mañana a 1.00 de la tarde y de 02.00 a 04.00 de la tarde;

Que, corresponde tener en cuenta lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 295, que aprueba el Código Civil vigente, la normatividad del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil – RENIEC, y el TUPA vigente, los requisitos que deberán presentar obligatoriamente los contrayentes son los siguientes:

-              Solicitud o Declaración Jurada en el Formato único de Procedimiento Registral.

-              Partida de Nacimiento de ambos contrayentes – actualizadas.

-              Certificado de Soltería de ambos contrayentes – actualizados.

-              Partida de Matrimonio donde se indique que está Divorciado(a).

-              Certificado Médico Físico y Psicológico de ambos contrayentes – actualizado.

-              Certificado Domiciliario de ambos contrayentes – actualizado.

-              Copia Legalizada del DNI de ambos contrayentes – actualizado.

-              Copia simple del DNI de dos Testigos.

-              Declaración Jurada de los Testigos de conocer los contrayentes.

Que, mediante Informe N° 0654-2023-MDSA/GAJ, de la Gerencia de Asesoría Jurídica, señala que al amparo del artículo 9°, numeral 8) y 9) es atribución del Concejo Municipal exonerar tasas y modificar las Ordenanzas Municipales, concordante con el segundo párrafo del artículo 40° de la misma Ley, por tanto es jurídicamente procedente la aprobación mediante Ordenanza Municipal por parte del Concejo Distrital de San Andrés, la exoneración del pago de derechos municipales por celebración de Matrimonio Civil Comunitario, en el marco del 102° Aniversario de la Creación Política del Distrito de San Andrés; por lo que debe ser elevado al pleno del concejo los actuados para su debate y aprobación mediante Ordenanza Municipal;

Que, estando a los fundamentos expuestos y a las normas legales referidas y en uso de las facultades conferidas por el artículo 9° numerales 8); el artículo 40° de la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta de Concejo  se aprobó por UNANIMIDAD la siguiente:

ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA LA EXONERACION DE PAGOS POR DERECHOS MUNICIPALES PARA LA REALIZACION DE MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO GRATUITO 2023, EN EL MARCO

DE LAS CELEBRACIONES POR EL 102° ANIVERSARIO DE LA CREACION POLITICA DEL DISTRITO  DE SAN ANDRES”

 

ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR la propuesta de Exoneración de Pagos para la realización de Matrimonio Civil Comunitario Gratuito, que se encuentra establecido en el TUPA de la entidad, según la propuesta de la Oficina de Registro del Estado Civil, a realizarse día jueves 07 de Diciembre del 2023, a horas 10.00 a.m. en el Salón Consistorial de la Municipalidad  Distrital de San Andrés, como parte de las celebraciones por el 102° Aniversario  de la Creación Política del Distrito de San Andrés.   La presente exoneración será solo para las personas o parejas que lo soliciten y cumplan con los requisitos exigidos para el presente evento.

Los conceptos exonerados son los siguientes:

-              Derecho de pago por Ceremonia en las Instalaciones del Palacio Municipal de lunes a viernes en horario de Oficina.

-              Partida de Nacimiento si se encuentra inscrito en la MDSA.

-              Certificado de Soltería si se encuentra en la MDSA.

-              Partida de Matrimonio si se encuentra en la MDSA.

-              Certificado Domiciliario si se encuentra en la MDSA

ARTÍCULO SEGUNDO: DISPONER,  que los requisitos que deben presentar obligatoriamente los contrayentes en el  Matrimonio Civil Comunitario Gratuito  2023 son los siguientes:

-              Solicitud o Declaración Jurada en el Formato único de Procedimiento Registral.

-              Partida de Nacimiento de ambos contrayentes – actualizadas.

-              Certificado de Soltería de ambos contrayentes – actualizados.

-              Partida de Matrimonio donde se indique que está Divorciado(a).

-              Certificado Médico Físico y Psicológico de ambos contrayentes – actualizado.

-              Certificado Domiciliario de ambos contrayentes – actualizado.

-              Copia Legalizada del DNI de ambos contrayentes – actualizado.

-              Copia simple del DNI de dos Testigos.

-              Declaración Jurada de los Testigos de conocer los contrayentes.

ARTÍCULO TERCERO: ESTABLECER, que la publicación de los avisos matrimoniales por espacio de 08 (ocho) días hábiles antes de la celebración del matrimonio, deberá realizarse en un Diario Local  ó Radial; y en el Portal de la Municipalidad Distrital de San Andrés, de acuerdo al Art. 250 del Código Civil.

ARTÍCULO CUARTO: ENCARGAR,  a la Gerencia de Desarrollo Económico y Social y la Sub Gerencia de Desarrollo Social las acciones administrativas para el cumplimiento de la presente ordenanza.

ARTICULO QUINTO: DISPONER la publicación de la presente ordenanza municipal en el diario de las Publicaciones judiciales de la Región Ica y el Portal de la Municipalidad Distrital de San Andrés, para su vigencia.

REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

JOEL ANDRE DE LA CRUZ CANELO

ALCALDE

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANDRÉS ORDENANZA MUNICIPAL N° 015-2023/MDSA

 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANDRÉS

        ORDENANZA MUNICIPAL N° 015-2023/MDSA

San Andrés, 17 de Noviembre del  2023

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANDRÉS

El Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital de San Andrés en Sesión Ordinaria, de fecha 17 de Noviembre del 2023,

VISTO:

El INFORME N° 0805-2023-MDSA/SGGAYOP-PAAP, de fecha 02 de Noviembre del 2023, remitido por la Sub Gerencia de Gestión Ambiental y Ornato Público en la cual solicita la aprobación del Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos de la Municipalidad Distrital de San Andrés – Provincia de Pisco – Departamento de Ica y; el INFORME N° 1209-2023-MDSA/GSC-LECA, de fecha 03 de Noviembre del 2023 de la Gerencia de Servicio al Ciudadano, y el INFORME N° 711-2023-MDSA/GAJ/MDSA, de fecha 08 de Noviembre del 2023  de la Gerencia de Asesoría Jurídica y el MEMORANDUM N° 716-2023-GM-MDSA de fecha 09 de Noviembre del 2023 de la Gerencia Municipal y;

CONSIDERANDO:

Que, conforme lo establecido en el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo II del Título Preliminar, de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, el numeral 22 del artículo 2° de la Constitución Política del Perú precisa que toda persona tiene derecho a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida, lo que desde una perspectiva constitucional, se traduce en la obligación de los propios particulares, de mantener las condiciones en que la vida humana exista en un entorno ambientalmente digno y aceptable donde las personas puedan disfrutar en un ambiente en que sus elementos se desarrollen e interrelacionan de manera natural y armónica;

Que, el numeral 119.1 del artículo 119º de la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente, establece que la gestión de los residuos sólidos de origen doméstico, comercial o que siendo de origen distinto presentan características similares a aquellos, son de responsabilidad de los gobiernos locales. Por ley se establece el régimen de gestión y manejo de los residuos sólidos municipales;

Que, la Política Nacional del Ambiente al 2030 aprobada por Decreto Supremo N° 023-2021-MINAM prevé como Objetivo Prioritario N° 4, incrementar la disposición adecuada de los residuos sólidos, el mismo que tiene como OP4.I1, porcentaje de residuos sólidos municipales valorizados y OP4.I2, porcentaje de residuos sólidos municipales generados, que se disponen en una infraestructura de disposición final adecuada; disponiendo en su servicio OP4.S2, que el Ministerio del ambiente deberá fortalecer las capacidades en materia de gestión integral de residuos sólidos a los gobiernos locales, de manera precisa;

Que, los artículos 6° y 24°, numerales 24.1, literal h), y 24.2, literal d), del Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, Decreto Legislativo N° 1278, modificado por Decreto Legislativo N° 1501, establecen que la gestión integral de los residuos sólidos deberá estar orientado a establecer gradualmente la segregación en la fuente de residuos municipales y el recojo selectivo de los residuos sólidos, así como que las Municipalidades Distritales en materia de manejo de residuos sólidos son competentes y responsables por implementar obligatoriamente programas de segregación en la fuente y la recolección selectiva de los residuos sólidos en todo el ámbito de su jurisdicción, facilitando la valorización de los residuos y asegurando una disposición final técnicamente adecuada;

Que, a su vez, el primer párrafo del numeral 11.1 del artículo 11º del Decreto Supremo Nº 001-2022-MINAM, Decreto Supremo que modifica el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1278, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 014-2017-MINAM, establece que: “El Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos es un instrumento técnico que debe ser elaborado, aprobado e implementado por las municipalidades provinciales y distritales, a través del cual se formulan estrategias para la segregación en la fuente, el diseño de la recolección selectiva de los residuos sólidos aprovechables (orgánicos e inorgánicos) considerando los resultados obtenidos del Estudio de Caracterización de Residuos Sólidos Municipales, así como la definición de acciones para garantizar el aprovechamiento de los residuos sólidos generados en su jurisdicción.”

Asimismo, el numeral 28.3 del artículo 28º de la norma antes mencionada, señala que: “Para la recolección selectiva de los residuos sólidos aprovechables, las municipalidades, de acuerdo con sus competencias, deben implementar Programas de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de los residuos sólidos en toda su jurisdicción, los cuales deben desarrollarse conforme a lo establecido en el Artículo 11 del presente Reglamento.”

Que, la Ley N° 29419 - Ley que regula la actividad de los recicladores, establece un marco normativo para la regulación de la actividades de los trabajadores del reciclaje orientada a la protección, capacitación y promoción del desarrollo social y laboral promoviendo su formalización, asociación y contribuyendo a la mejora en el manejo ecológicamente eficiente de los residuos sólidos en el país, en el marco de los objetivos y principios establecidos en la Ley General del Ambiente y en la Ley de Gestión Integral de los Residuos Sólidos, modificada por el Decreto Legislativo N° 1501.

Que, la Municipalidad Distrital de San Andrés, requiere de un instrumento normativo que establezca un marco de acción claro, específico y contextualizado en materia de segregación en la fuente y recolección selectiva de los residuos sólidos aprovechables (orgánicos e inorgánicos), que contribuya directamente a los objetivos de desarrollo sostenible local, 

regional y nacional;

POR CUANTO:

En ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 39 y 40 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; el Concejo Municipal del Distrito de San Andrés, con el voto unánime de sus miembros y con la dispensa del trámite de aprobación de Acta, aprobó lo siguiente:

ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL PROGRAMA DE SEGREGACIÓN EN LA FUENTE Y RECOLECCIÓN SELECTIVA DE RESIDUOS SÓLIDOS DEL DISTRITO DE SAN ANDRÉS

ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR, el “Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos 2023 – 2027”  del distrito de San Andrés - Provincia de Pisco – Departamento de Ica, como parte de proceso de recolección de residuos sólidos en el distrito de San Andrés, que como anexo de 113 páginas, forma parte integrante y sustancial de la presente Ordenanza Municipal.

ARTÍCULO SEGUNDO: ENCARGAR, a la Sub Gerencia de Gestión Ambiental y Ornato Público la implementación de la presente Ordenanza, con la participación activa de las otras unidades orgánicas de la Entidad.

ARTÍCULO TERCERO: ENCARGAR, a la Sub Gerencia de Gestión Ambiental y Ornato Público el control y supervisión de recojo selectivo de los residuos segregados.

ARTÍCULO CUARTO: ENCARGAR, a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, asignar anualmente, de acuerdo a la disponibilidad presupuestal, recursos para la implementación del Plan de Trabajo correspondiente.

ARTICULO QUINTO: DISPONER, a la oficina de Secretaria General, la publicación de la presente Ordenanza Municipal, en el diario de las Publicaciones judiciales de la Región Ica y el Portal de la Municipalidad Distrital de San Andrés, para su vigencia.

POR TANTO:

 REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

JOEL ANDRE DE LA CRUZ CANELO

ALCALDE

Gobernador Regional de Ica anunció la construcción de la represa Los Loros, Palpa, la inversión es de 400 millones de soles

 

Ante decenas de vecinos que se dieron cita en el salón parroquial San Cristóbal, el gobernador regional, Jorge Hurtado Herrera, presidió la segunda Audiencia Pública, rendición de cuentas 2023, realizada en la ciudad de Palpa.

Al empezar el evento, la máxima autoridad regional le dio una grata noticia a la ciudadanía: ya se conoce al postor ganador de la tercera etapa de la obra afianzamiento hídrico de la cuenca de Río Grande, que comprende una edificación sin precedentes: la represa Los Loros. Proyecto emblemático -su presupuesto se aproxima a los 400 millones de soles- que solucionará el déficit hídrico de la provincia.

“A través del Petacc estamos por comenzar la construcción de la represa Los Loros, la obra esperada por ustedes, hermanos de Palpa, que representa la más grande del Gobierno Regional, se hará realidad. Estamos seguros que beneficiará a más de 12 000 agricultores”, acotó.

Una de las intervenciones alentadoras fue la del gerente general, Abel Osorio, quien indicó que la actual gestión ha invertido, solo en Palpa, más de 600 millones de soles, para cerrar las brechas hídricas, salud y saneamiento. Para la provincia de Ica, el gerente Osorio ofreció algunos detalles de lo que sería el proyecto más ambicioso de la gestión: la construcción de la represa en San José de Los Molinos, Ica.

En este momento, se realizan los estudios preliminares, se estima una inversión de 1200 millones de soles, la infraestructura nos permitiría almacenar de 85 a 100 millones de metros cúbicos de agua, dotaría a los 13 distritos del recurso hídrico, los 365 días, las 24 horas del día. Aproximadamente, 23 millones de metros cúbicos de agua servirían para el riego de las plantaciones del valle de Ica.

Logros y avances en las diferentes carteras de trabajo:

Director regional de Educación, Gustavo Céspedes: se consiguió ante el Ministerio de Educación 120 plazas docentes y 55 administrativas para la región.

A través de un proyecto de inversión se adquirirán 15 buses equipados que recorran el departamento, y permitan que los niños puedan conocer sobre tecnología de la educación.

Director regional de Agri-cultura, Johnny Geldres

El Seguro Agrario Catastrófico benefició a 345 agricultores de toda la región.

-Descolmatación y limpieza del cauce de ríos, conformación de diques en las 5 provincias.

Proyectos de inversión 2024: regulación hídrica en las cuencas altas de los ríos Yauca, Tingue y Santa Cruz en los distritos de Yauca del Rosario (Ica) y Tibillo (Palpa)

- Mejoramiento del servicio de agua para riego en las comisiones Pallasca, Miraflores, Montesierpe, San Ignacio, Manrique, Condor y Montalván (distritos de Humay e Independencia, Pisco).

- Mejoramiento del servicio de agua para riego del canal Bernales (Humay, Pisco).

Jefe del Petacc, Luis Murguía ahondó en la meta física que se pretende alcanzar en la represa Los Loros: desvío de río y ataguía, tratamiento y cimentación cuerpo de presa, elementos de auscultación, construcción de obra conexa, descarga de fondo y toma, aliviadero de excedencias, reposición de vía afirmada y camino a Tibillo.

Estudios de preinversión (último trimestre 2023)

- Creación del servicio de protección en riberas de los ríos Trancas, Chauchilla y Taruga (Vista Alegre, Nasca).

- Protección ribereña en el río Pisco (centro poblado Letrayoc y Miraflores, Humay, Pisco).

Proyectos de inversión 2024:

- Mejoramiento del servicio de agua para riego en el valle de Chincha.

- Creación del sistema de regulación de avenidas y recarga del acuífero del valle de Ica (Los Molinos).

Director regional de Salud, Víctor Montalvo

- Cobertura al 100 % de va-cunas contra el virus del papiloma humano.

-Recategorización del hospital de apoyo Palpa (nivel II-1).

-Nombramiento del personal asistencial

Proyectos de inversión 2024:

- Implementación de las redes integradas de salud para las 5 provincias.

- Ampliación del área de Emergencias del Hospital Regional.

Gerente regional de Infraestructura, Régulo Navarrete, enumeró los proyectos en convocatoria:

-Creación del servicio de seguridad ciudadana, 66 millones de soles.

- Mejoramiento del complejo deportivo San Isidro, Cercado de Ica, 48 millones soles.

- Adquisición de patrulleros y motocicletas para las comisarías de las 5 provincias, 24 millones de soles.

- Mejoramiento de las instalaciones del Instituto Superior Tecnológico de Pisco, 79 millones de soles

Al participar, el titular de la Dirección Desconcentrada de Cultura Ica, Alberto Martorell, resaltó el compromiso asumido por el gobernador para la construcción del Museo Regional de Ica, con una inversión aproximada de 16 millones de soles.

Estuvieron presentes el consejero delegado, Luis Castro Makabe; los consejeros-regional Regis Blanco; Rosario Gamonal; Hernán Herrera; el director de la Oficina de Coordinación Regional, Carlos Zegarra; el alcalde de #Palpa, Javier Grados.

El director del hospital de apoyo Palpa, Luis Olivera; los gerentes-regional de Desarrollo Social, Roberto López; Recursos Naturales, Ana Munares; Los directores-regional de Transportes, María Aragonés; Trabajo, Alonso Bendezú; Comercio Exterior y Turismo, Fabiola García; Energía y Minas, Javier Borjas, el secretario general del GORE, Juan Siguas; el asesor del GORE, Arturo Ramos.

Los alcaldes de Santa Cruz, Carlos Gutiérrez, y Río Grande, Ruperto Preciado, destacaron la voluntad política de nuestro líder regional, y agradecieron el  trabajo cumplido en infraestructura hidráulica, defensas ribereñas, transitabilidad.

Tras la intervención de los funcionarios, las personas presentes formularon sus preguntas, en relación con la salud, educación, respeto de los derechos de las personas con discapacidad, trabajos de prevención ante el fenómeno El Niño, proyectos de inversión, entre otros.

Finalmente, el gobernador les aseguró a las ciudadanas y ciudadanos de Palpa que su hospital contará con sala de operaciones, banco de sangre y otras áreas que se adicionarán, para que el establecimiento ofrezca un mejor servicio a todos.

Reniec entregó más de 115 mil DNI a ciudadanos de Ica

 

Actualmente se realiza una cuarta campaña de DNI electrónico a S/ 30 a nivel nacional

 Con la finalidad de seguir identificando a más peruanos, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) entregó un total de 115 976 de DNI a los ciudadanos de Ica en lo que va del 2023, gracias a sus diversas estrategias y tecnologías empleadas para acercar sus servicios registrales a todas las regiones del país.

Las emisiones comprenden trámites como renovaciones (59 418), inscripciones (31 722), rectificaciones (17 408) y duplicados de DNI (7 428). Además, la mayoría de estos servicios se concentraron en ciudades como Ica (67 616), Chincha (21 486), Nasca (10 763), Pisco (14 605) y Palpa (1 506).

Estos resultados fueron posibles mediante la implementación de nuevas tecnologías en las agencias y campañas itinerantes, como los kits y tablets de la identificación, además del moderno centro de impresión de DNI electrónico, que agilizan la producción de los documentos y permite llegar a las zonas más vulnerables de la región. A ello, se le suma la articulación con aliados estratégicos, como los municipios, que logró la inauguración de más Voluntariados de la Identificación para descentralizar los servicios de la institución.

 En cuanto al registro de hechos vitales, se realizaron un total de 19 854 inscripciones de nacimiento, matrimonio y defunción. En el caso de los natalicios, se han realizado 13 983 atenciones, sobre todo en las Oficinas Registrales Auxiliares de la entidad en los hospitales, que cuentan con el sistema Acta y Ficha, y que permite simplificar los trámites de registro para el acta de nacimiento y DNI en una sola visita a estos centros.

Actualmente, Ica tiene una población identificada de 986 252 ciudadanos, entre 498 453 hombres y 487 799 mujeres.

DNI electrónico

Asimismo, la entidad viene realizando una cuarta campaña de DNI electrónico (DNIe) a costo de S/ 30 para que 50 000 ciudadanos a nivel nacional puedan obtener este documento por primera vez. Solo en la región, más de 40 000 iqueños tienen un DNIe, con el cual obtienen una identidad digital y el acceso a todos los servicios electrónicos que el Estado pone a su disposición.

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