viernes, 14 de abril de 2023

Municipalidad Distrital de Grocio Prado ACUERDO DE CONCEJO

 

Municipalidad Distrital de Grocio Prado

ACUERDO DE CONCEJO Nº 016-2023-MDGP

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE GROCIO PRADO

                                               Grocio Prado, 15 de febrero de 2023

VISTO:

La Sesión Ordinaria de Concejo Municipal de fecha 15 de febrero de 2023;

CONSIDERANDO:

Que, conforme a lo prescrito en el Artículo 194° de nuestra Carta Magna modificado por las Leyes de Reforma Constitucional Nº27680, Nº28607 y Nº30305, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N°27972, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Esta autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico en vigor;

Que, el artículo 41° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley 27972, señala que los acuerdos son decisiones que toma el concejo referidas a asuntos específicos de interés público vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional;

Que, el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N° 27444, en el sub numeral 1.1 del numeral 1 del artículo IV de su Título Preliminar erige que las autoridades administrativas deben actuar con respeto a la Constitución, la ley y al derecho, dentro de las facultades que les estén atribuidas y de acuerdo con los fines para los que les fueron conferidas;

Que, la Segunda Disposición Complementaria Modificatoria de la Ley N° 31433, se modifica el artículo 92° de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, estableciéndose que: “(…) En el caso de gobiernos regionales y gobiernos locales, la designación del secretario técnico se realiza mediante acuerdo de concejo regional o acuerdo de concejo municipal, según corresponda, siendo la designación por dos años renovables una sola vez y por el mismo plazo. El secretario técnico puede ser un servidor civil de la entidad que se desempeña como tal, en adición a sus funciones. El secretario técnico es el encargado de precalificar las presuntas faltas, documentar la actividad probatoria, proponer la fundamentación y administrar los archivos emanados del ejercicio de la potestad sancionadora disciplinaria de la entidad pública. No tiene capacidad de decisión y sus informes u opiniones no son vinculantes”;

Que, mediante Resolución de Alcaldía N°203-2020-MDGP/A, de fecha 09 de setiembre de 2020, resuelve en su artículo primero: DESIGNAR a partir de la fecha a la Abog C.  Marlín Fabella. Padilla Salvador, como Secretaria Técnica encargada de la Secretaria Técnica de Procedimientos Administrativos Disciplinarios (PAD) de la municipalidad distrital de Grocio Prado (…)”.

Que, la competencia de proponer la terna para secretario de las Autoridades del Procedimiento Administrativos recae en el alcalde, conforme al inciso 37 del artículo 20° de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, modificado por el artículo 1° de la Ley N° 31433, correspondiendo al pleno del Concejo Municipal designar al Secretario Técnico responsable del procedimiento administrativo disciplinario, por lo que la terna propuesta es la siguiente:

           Abog. Edilberto Castro Robles -Gerente Municipal

           Abog. José Cristhian Tasayco Ecos- Sub-Gerente de Asesoría Jurídica

           Abog. Oscar Rubén Pachas Gallardo

Que, en Sesión de Concejo Ordinaria N° 02, de fecha 15 de febrero de 2023, el Pleno del Concejo Municipal por unanimidad aprobó que asuma el cargo de secretario técnico de Procedimientos Administrativos Disciplinarios de la Entidad, al abog. Oscar Rubén Pachas Gallardo;

Que, en uso de las facultades conferidas por el artículo 9° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal y con la dispensa de la lectura y aprobación del Acta por UNANIMIDAD; emitiéndose el siguiente:

ACUERDO:

ARTICULO PRIMERO: DESIGNAR a partir de la fecha al Abog. Oscar Rubén Pachas Gallardo, en el cargo de Secretario Técnico de Procedimientos Administrativos Disciplinarios (PAD) de la Municipalidad Distrital de Grocio Prado, quien actuará como apoyo de los órganos instructores del Procedimiento Administrativo Disciplinario de la municipalidad distrital de Grocio Prado, en el marco de lo establecido en la Ley N° 00057, Ley del Servicio Civil y su Reglamento General por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM

ARTICULO SEGUNDO: DEJAR SIN EFECTO la Resolución de Alcaldía N° 203-2020-MDGP/A, de fecha 09 de setiembre de 2020

ARTICULO TERCERO: ENCARGAR a la Subgerencia de Recursos Humanos, tomar las acciones necesarias a fin de dar cumplimiento al presente Acuerdo de Concejo

ARTICULO CUARTO: DISPONER que se haga la entrega de cargo a la Subgerencia de Recursos Humanos.

ARTICULO QUINTO: ENCARGAR a la oficina de Secretaria General su notificación y archivo conforme a ley, la Unidad de Informática la publicación del presente dispositivo en el portal institucional.

REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

VICTOR HUGO PACHAS MORAN

ALCALDE

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