Municipalidad Provincial de Pisco
ACUERDO N°011-2023-MPP
Pisco, 20 de marzo del 2023
VISTO:
En la Sesión Ordinaria de Concejo Municipal
de fecha 20 de marzo, tratando como primer punto de la Orden del día, la
compensación económica del Alcalde, y;
CONSIDERANDO:
Que, los gobiernos locales son órganos de
gobierno promotores del desarrollo local, con personería Jurídica de derecho
Público y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines que gozan de
Autonomía política, económica y Administrativa en los asuntos de su
competencia, conforme a los Artículos I y II del Título Preliminar de la Ley
orgánica de Municipalidades N°27972.
Que, mediante Decreto Supremo N°413-2019-EF
se aprueba los montos de compensación económica para los alcaldes distritales y
provinciales comprendidos en el literal a) del artículo 52 de la Ley N°30057
“Ley del Servicio Civil”.
Que, el artículo 21° de la Ley N°27972 Ley
Orgánica de Municipalidades regula sobre los derechos, obligaciones y
remuneraciones del Alcalde señalando:
“El Alcalde Provincial y Distrital, según sea
el caso desempeña su cargo a tiempo completo y es rentado mediante una
remuneración mensual fijada por acuerdo de concejo municipal dentro del primer
trimestre del primer año de gestión de acuerdo que la fija será publicado
obligatoriamente bajo responsabilidad”
Que, el Artículo 9° inciso 28° de la Ley
N°27972 “Ley Orgánica de Municipalidades” regula sobre las atribuciones del
concejo municipal señalando “corresponde al Concejo Municipal 28 Aprobar la
remuneración del Alcalde y dieta de los regidores”
Que, consecuentemente el Decreto Supremo
N°413-2019-EF fija la compensación económica de los Alcaldes distritales y
provinciales conforme a la población electoral es decir los montos que deben
percibir dichos alcaldes distritales y provinciales.
Que, estando a lo expuesto y en uso de las
facultades conferidas en los artículos 9° numeral 8° y 28° de la Ley N°27972
Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal Provincial de Pisco, con
la dispensa de la lectura y aprobación del Acta y luego de las deliberaciones
que corren en el libro de Actas, por UNANIMIDAD
ACORDO:
ARTÍCULO ÚNICO: RATIFICAR el Acuerdo
N°008-2020-MPP, sobre la Compensación Económica del Alcalde Provincial de Pisco
de acuerdo a la población electoral de su jurisdicción, correspondiente el
monto S/. 11,400.00, regulado por el Decreto Supremo N°413-2019-EF.
Regístrese, Comuníquese,
Publíquese y Archívese.
Fuentes Hernández Pedro Edgar
Alcalde
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