Municipalidad
Distrital de San Clemente
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 07
-2023-MDSC
San Clemente, 21 de
marzo del 2023.
EL ALCALDE DE LA
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN CLEMENTE
POR CUANTO:
El Concejo Municipal, en
Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 20 de marzo del 2023; vio el proyecto del
Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de
San Clemente;
VISTO:
En Sesión de Concejo de
fecha 20 de marzo del 2023, el Informe Nº005-2023-SDOA-EADG/MDSC, de fecha 09
de marzo del 2023, emitido por la CPC Silvia Doris Oscata Arias, encargada de
actualización de los Documentos de Gestión; respecto a la Elaboración del
Reglamento de Organización y Funciones – ROF de la Municipalidad Distrital de
San Clemente y el Organigrama, Informe Legal N° 0260-2023-AL-MDSC de fecha 13
de marzo del 2023, Informe N° 268-2023-MDSC-PRESUPUESTO de fecha 13 de marzo
del 2023 y el Informe N°
027-2023-MDSC-GM, y
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo
establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, en
concordancia con lo dispuesto en los Artículos I y II del Título Preliminar de
la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, las Municipalidades son
órganos de Gobierno Local que gozan de autonomía política, económica y
administrativa en los asuntos de su competencia, con sujeción al ordenamiento
jurídico;
Que, el numeral 8) del
artículo 9° de la Ley Orgánica de Municipalidades antes mencionada, establece
que corresponde al Concejo Municipal aprobar, modificar o derogar las
ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos;
Que, el artículo 26° de la
Ley N° 27972, establece que la administración municipal adopta una estructura
general sustentándose en principios de programación, dirección, ejecución,
supervisión, control concurrente que además se rige por los principios de
legalidad, economía, transparencia, simplicidad, eficacia, participación y
seguridad ciudadana; y, por aquellos contenidos en la Ley N° 27444;
Que, asimismo, el artículo
4º de la Ley N" 27658, Ley Marco de la Modernización de la Gestión del
Estado, indica que la finalidad fundamental del proceso de modernización de la
gestión del Estado es la obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato
estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando
y optimizando el uso de los recursos públicos; ello en concordancia con el
artículo 1º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 030-2002-PCM, que
refiere que la organización y toda actividad de la entidad deberá dirigirse a
brindar un mejor servicio y al uso óptimo de los recursos estatales,
priorizando permanentemente el interés y bienestar de la persona;
Que, en ese contexto, la
Presidencia del Consejo de Ministros ha emitido diversas normas referidas a la
organización del Estado, como son: el D.S. N°054-2018-PCM, Decreto Supremo que
aprueba los Lineamientos de Organización del Estado, el D.S. N°131-2018-PCM,
Decreto Supremo que modifica los Lineamientos de Organización del Estado
aprobados mediante el Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, la Resolución de Secretaria
de Gestión Pública N°002- 2020-PCM-SGP, Resolución que aprueba los Lineamientos
N°01-2020-SGP denominados "Funciones estandarizadas en el marco de los
sistemas administrativos”, la Resolución de Secretaría de Gestión Pública
N°005-2020-PCM-SG, que aprueba los Lineamientos N°02-2020-SGP que establecen
orientaciones sobre el Reglamento de Organización y Funciones – ROF y el Manual
de Operaciones - MOP. La Resolución de Secretaría de Gestión Pública
N°007-2020- PCM-SGP, que aprueba la “Norma Técnica N°01-2020-PCM/SGP/SSAP que
establece modelosde organización para municipalidades", el D.S.
N"064-2021-PCM (06/04/2021), Decreto Supremo que modifica los Lineamientos
de Organización del Estado, aprobados mediante el Decreto Supremo N°
054-2018-PCM, y la Resolución de Secretaría de Gestión Pública N° 010-
2021-PCM/SGP (09/07/2021), que aprueba la Directiva N°002-2021-SGP, Directiva
que regula el sustento técnico legal de proyectos normativos en materia de
organización, estructura y funcionamiento del Estado y deroga la Directiva
N”001-2018-SGP.
Que, a razón de ello, estos
cambios normativos tienen impacto en el modelo de organización y las funciones
de los órganos y unidades orgánicas de la Municipalidad Distrital de San
Clemente, en tanto, ha generado obsolescencia en algunas funciones ya
estandarizadas en los sistemas administrativos, y en tanto, genera la
obligación de adecuarse a esta nueva regulación.
Que, conforme lo establecido
en los numerales 1, 2 y 3 (página 47) de la Sección E, del Subcapítulo VI, de
la RSGP N°005-2020-PCM-SGP, los documentos referidos en estos numerales son
visados por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, o quien haga sus veces,
teniendo en cuenta el proceso de aprobación del ROF;
Que, con Acuerdo de Concejo
N° 004-2023-MDSC, de fecha 09 de enero del 2023, se aprueba la declaratoria de
estado de Emergencia de la Administración Municipal del Distrito de San
Clemente, y se elabore los Documentos de Gestión, se organice la Administración
dentro del marco de la Ley N° 31419 y demás normas complementarias.
Que, en ese sentido, la
encargada de la Actualización de los Documentos de Gestión, remite la propuesta
para la aprobación de la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y
Funciones (ROF); que contempla la adecuación al Modelo 5 de la estructura
orgánica y las funciones de los órganos y unidades orgánicas, según lo
dispuesto en la Norma Técnica N°01-2020-PCM/SGP/SSAP, anexando el informe
técnico sustentatorio, para la aprobación del ROF;
Que, conforme lo establecido
en el numeral 4 (página 47) de la Sección E, del Subcapítulo VI, de la RSGP
N°005-2020-PCM-SGP, el informe legal elaborado por la Oficina de Asesoría
Jurídica, o quien haga sus veces, valida la legalidad de las funciones
sustantivas asignadas a las unidades de organización de la municipalidad y la
no legalidad de funciones;
Que, en ese sentido, la
Gerencia de Asesoría Jurídica, remite el informe correspondiente, para la
aprobación del ROF;
Que, estando a los
argumentos antes expuestos, resulta necesario aprobar la nueva Estructura
Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones-ROF de la Municipalidad
Distrital de San Clemente: Por lo que, estando a lo expuesto, y en uso de las
facultades conferidas por el inciso 8) y 9) del artículo 9º de la Ley Nº 27972,
Ley Orgánica de Municipalidades, el Consejo por unanimidad, con la dispensa del
trámite de lectura y aprobación del Acta, el Concejo aprobó la siguiente:
ORDENANZA QUE APRUEBA LA
ESTRUCTURA ORGÁNICA Y EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN CLEMENTE
Artículo
Primero. -APROBAR la Estructura Orgánica y el Reglamento de
Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de San Clemente,
la misma que consta de siete (07) títulos y siete (07) capítulos, 113
Artículos, 03 Disposiciones Complementarias, 04 Disposiciones Transitorias y 03
Disposiciones Finales, que como Anexos forman parte integrante de la presente
Ordenanza.
Artículo
Segundo. - AUTORÍCESE al Pliego la modificación y/o adecuación del
ROF, respecto a los cambios de acuerdo a la modernización del estado y las
nuevas normativas, a través de Decreto de Alcaldía.
Artículo
Tercero. -FACÚLTESE al Señor Alcalde para que mediante Decreto de
Alcaldía dicte disposiciones complementarias, transitorias y demás necesarias
para la debida aplicación de lo dispuesto en la presente Ordenanza.
Artículo
Cuarto. - ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Recursos
Humanos, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y demás áreas competentes, la
adecuación e implementación de la presente Ordenanza.
Artículo
Quinto. - ENCARGAR a la Gerencia de Recursos Humanos, la
elaboración del Cuadro para Asignación de Personal Provisional de la entidad en
base al Reglamento de Organización y Funciones y la Estructura Orgánica,
aprobados en el artículo primero.
Artículo
Sexto. –En tanto dure el proceso de adecuación entiéndase la
referencia en los instrumentos de gestión a los órganos y unidades orgánicas
aprobadas con el Reglamento de Organización y Funciones aprobado con Ordenanza
Municipal N°013-2007-MDSC, corresponden a las nuevas denominaciones de los
órganos y unidades orgánicas en el presente Reglamento de Organización y
Funciones.
Artículo
Séptimo. -ENCARGAR, a la Secretaria General y al Administrador, la
publicación de la presente Ordenanza en un Diario Local, y al responsable de la
Unidad de Imagen Institucional, la publicación de la Ordenanza y el íntegro del
ROF, en el portal del Estado Peruano y en el portal institucional de la
Municipalidad Distrital de www.munisanclemente.gob.pe.
Artículo
Octavo. -Deróguese toda norma o disposición que se opongan a la
presente Ordenanza.
REGISTRESE,
COMUNIQUESE Y CUMPLASE
Alejandro
Felipe Escate Palacios
ALCALDE
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