miércoles, 15 de febrero de 2023

Segunda Fiscalía Superior Penal Transitoria de Chincha logra confirmatoria de condena a cadena perpetua por el delito de violación sexual de menor de edad

 



  La Segunda Fiscalía Superior Penal Transitoria de Chincha, logró la confirmatoria de la condena a cadena perpetua del procesado Felman Agerico Cabrera Alonso, por los delitos de Tocamientos, Actos de connotación Sexual, o actos libidinosos en agravio de menores y por el delito de Violación Sexual de menor de edad, tipificado en los artículos 176-A y el inciso 1 del artículo 173 del Código Penal, en agra-vio de menor de siete años edad, cuya identidad se mantiene en reserva de acuerdo a ley.

La argumentación y fundamentación de la teoría del caso de imputación del Ministerio Público estuvo a cargo del Fiscal Adjunto Superior Penal y responsable del caso Dieter Sayritupac Centeno, quien luego de un estudio minucioso de los actuados, estratégica-mente afrontó los debates orales contra la defensa técnica del sentenciado quien solicitaba que se le absuelva o que se declare la nulidad del proceso; luego de los debates respectivos la Sala Superior de Emergencia de Ica, declaró infundada la apelación planteada y confirmó la sentencia de primera instancia.

Los hechos se suscitaron en el distrito de Parcona, cuando la menor agraviada tenía siete años de edad, en circunstancias en que el procesado quien era su tío concurría a visitar el domicilio donde la menor vivía, procediendo a tocarle sus partes íntimas por debajo de su ropa y un mes después proceder a ultrajarla sexualmente, actos repudiables que se produjeron en reiteradas oportunidades.

En el proceso penal de primera instancia, el Ministerio Público estuvo representado por el Fiscal Adjunto Provincial Fausto Vidal Pumarimay Alejo, quien llegó a probar la responsabilidad penal del procesado.

El resultado obtenido acarrea un mensaje a la población en el sentido que para el Ministerio Público estos casos no quedaran impunes bajo ninguna circunstancia y que, como titulares de la acción penal pública actuaremos de oficio en defensa de la legalidad.

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