viernes, 17 de febrero de 2023

Municipalidad Provincial de Pisco FE DE ERRATA

 

Municipalidad Provincial de Pisco

FE DE ERRATA

ORDENANZA Nº 003-2023-MPP

Que, mediante Ordenanza Nº 003-2023-MPP, de fecha 30 de enero de 2023, se aprobó ORDENANZA QUE PRORROGA PARA EL EJERCICIO 2023 EL REGIMEN DE LAS TASAS DE ARBITRIOS MUNICIPALES DE BARRIDO DE CALLES, RECOLECCIÓN DE RESIDUOS SOLIDOS, PARQUES Y JARDINES PÚBLICOS Y SERENAZGO PARA EL EJERCICIO FISCAL 2023 EN EL DISTRITO DE PISCO, CON CARGO A QUE SE REALICE UN ESTUDIO DE CARACTERIZACION DE IMPACTO AMBIENTAL PARA MEDIADOS DEL MES DE JULIO DEL PRESENTE AÑO;

Que, se ha advertido error material, en la Tercera Disposición Final DE LA Ordenanza Nº 003-2023-MPP de fecha 30 de enero de 2023, y acorde a lo prescrito por el Artículo 212 del T.U.O. de la Ley N° 27444 aprobado por D.S N° 004-2019-JUS, se emite la presente Fe de Erratas, en los términos siguientes:

DONDE DICE:   

TERCERA.- VIGENCIA

La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del 01 de enero del 2023, previa publicación del integro de la norma, deberá ser publicado en el Diario de mayor circulación de la Provincia o Región, en la Página Web de la Municipalidad Provincial de Pisco y el Portal Institucional de la Municipalidad Provincial de Pisco.

 

DEBE DECIR:   

TERCERA.- VIGENCIA

La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del 01 de febrero del 2023, previa publicación del integro de la norma, deberá ser publicado en el Diario de mayor circulación de la Provincia o Región, en la Página Web de la Municipalidad Provincial de Pisco y el Portal Institucional de la Municipalidad Provincial de Pisco.

Pisco, 03 de febrero de 2023

Pedro Edgar Fuentes Hernández

ALCALDE

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