Transferencias también benefician a cesantes,
jubilados y personal administrativo
Monto permitirá
amortizar o cancelar deudas por un máximo de S/ 30 000
Un total de 34
162 docentes, cesantes, jubilados y personal administrativo del sector
Educación son los beneficiarios de los 200 millones de soles transferidos a
los gobiernos regionales para el pago de sentencias judiciales en calidad de
cosa juzgada por concepto de preparación de clases y evaluación, entre otros.
Mediante el
Decreto Supremo N° 128-2022-EF, publicado en el diario oficial El Peruano, se
autoriza la transferencia de los recursos a los gobiernos regionales para
efectuar los pagos de acuerdo al listado priorizado elaborado por los comités
permanentes de cada pliego regional y aprobado por la Comisión
Multisectorial Evaluadora, conformada por representantes del Ministerio de
Economía y Finanzas y el Ministerio de Justicia.
De acuerdo con
los criterios establecidos en el Decreto Supremo N° 004-2022-MINEDU, tiene
prioridad el pago de las deudas con requerimiento a favor de acreedores con
enfermedades en fase terminal, hasta por la suma de S/ 30 000, y de acreedores
con enfermedades en fase avanzada o con discapacidad severa, hasta por la suma
de S/ 10 000.
Le sigue en
orden de prioridad el pago de las deudas con requerimiento a favor de
acreedores mayores de 65 años, hasta por la suma de S/ 6000, y de acreedores menores o de 65 años, hasta por S/ 4000.
Los pagos
estarán a cargo de las unidades de gestión educativa local y direcciones
regionales de Educación, las cuales deberán garantizar la atención a los
beneficiarios.
Cabe resaltar
que entre los años 2018 y 2021 se transfirieron un total de 1800 millones de
soles a los gobiernos regionales para amortizar o cancelar deudas reconocidas
por sentencias judiciales en calidad de cosa juzgada, lo que benefició a un
total de 209 316 trabajadores, cesantes y jubilados del sector Educación.
Para acceder a
la lista de beneficiarios hay que ingresar a
https://www.minedu.gob.pe/reformamagisterial/financiamiento.php
La deuda social
se origina por diversos conceptos, entre ellos, la bonificación especial
mensual por preparación de clases y evaluación, el desempeño en el cargo y la
preparación de documentos de gestión, la asignación por años de servicios y
los subsidios por luto y gastos de sepelio.
0 comentarios:
Publicar un comentario