Se otorgará entrega económica por prestaciones
adicionales para la vacunación y a favor de los deudos del personal de salud
A través del Decreto de Urgencia N° 009-2022, publicado en la edición extraordinaria del diario oficial El Peruano, el Gobierno estableció diversas medidas excepcionales y temporales para garantizar la atención integral en salud en respuesta a la emergencia sanitaria por la COVID-19.
Entre las principales medidas, se asignan los
recursos para financiar la continuidad del personal CAS COVID, necesario para
mantener la capacidad operativa del sistema de salud en todos los niveles de
atención.
A través del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF),
se autoriza una transferencia para el año fiscal 2022, hasta por la suma de S/
469 544 557 00 a favor del Ministerio de Salud (Minsa), del Instituto Nacional
de Salud (INS), del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas (INEN) y de
las unidades ejecutoras de Salud de los Gobiernos regionales,
Con este presupuesto, se financia la contratación
del personal CAS COVID, del 30 de abril hasta el 30 de junio de 2022.
Es así que esta partida permitirá fortalecer y
garantizar la sostenibilidad de acciones orientadas a una respuesta sanitaria
oportuna y efectiva frente a la pandemia consistentes en: oferta de servicios
de salud para la atención de casos sospechosos y confirmados en los
establecimientos de salud de los tres niveles de atención; los centros de
aislamiento y atención temporal y los centros de oxigenoterapia temporal.
Además, de los puntos y brigadas de vacunación; los equipos de intervención integral; las brigadas de intervención en comunidades indígenas; la Red Nacional de Laboratorios en Salud Pública de las Direcciones Regionales de Salud y Gerencias Regionales de Salud; el Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica; el Sistema de Atención Móvil de Urgencias (SAMU) y Telemedicina; la coordinación nacional de las estrategias implementadas para contención y mitigación de la progresión de la pandemia y el monitoreo de las macroregiones.
Asimismo, y de manera excepcional, se autoriza por
los meses de mayo y junio de 2022, al pliego 011 Minsa y a las unidades
ejecutoras de Salud de los Gobiernos regionales, otorgar la entrega
económica por prestaciones adicionales para la vacunación contra la COVID-19
al personal de la salud comprendidos en el nu-meral 3.2 del artículo 3 del
Decreto Legislativo N° 1153, al personal administrativo comprendido en el
Decreto Legislativo N° 276, al personal de la salud y administrativo
comprendidos en el Decreto Legislativo N° 1057 y en el Decreto Legislativo N°
728.
Del mismo modo, alcanza a los profesionales de la
salud comprendidos en la Ley N° 23330, Ley del Servicio Rural Urbano Marginal
de Salud (SERUMS), así como los que se encuentren desarrollando la segunda
especialidad bajo la modalidad de residentado, según corresponda, para
fortalecer los equipos de coordinación y las brigadas de vacunación contra
la COVID-19.
Este decreto de urgencia en su artículo 6, dispone la
entrega económica extraordinaria a favor de los deudos del personal de la
salud por mortalidad por la COVID-19.
El monto de la entrega económica extraordinaria será
de S/ 51 000 y se realizará en un plazo no mayor de diez días hábiles contados
a partir de la vigencia de la presente norma, mediante Resolución
Ministerial.
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