jueves, 17 de febrero de 2022

Municipalidad Provincial de Pisco DECRETO Nº 001-2022-MPP

 

             Municipalidad Provincial de Pisco

       DECRETO Nº 001-2022-MPP

 Pisco, 16 de Febrero de 2022

VISTO:  

El Informe Nº 062-2022-MPP-OGAT, emitido por la Dirección de Administración Tributaria mediante el cual solicita la prórroga del plazo del pago al contado, de la primera cuota del Impuesto Predial, en virtud a lo previsto en el artículo 5° de la Ordenanza N° 002-2022-MPP, y;

CONSIDERANDO:

Que, conforme preceptúa el Artículo II, del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa, en los asuntos de su competencia. Asimismo el Artículo 6º de la precitada ley estipula que la Alcaldía es el órgano ejecutivo del Gobierno Local;

  Que, el   artículo   42°   de   la   ley   N° 27972. Ley Orgánica de Municipalidades, indica que los Decretos de Alcaldía, establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal.

 Que, mediante Ordenanza N° 002-2022-MPP - ORDENANZA QUE ESTABLECE LOS DERECHOS DE EMISIÓN MECANZIADA DE ACTUALIZACIÓN DE VALORES DETERMINACIÓN DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES Y VENCIMIENTO DE PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL AÑO  2022, en el artículo segundo se establece como fecha de vencimiento de pago del Impuesto Predial del Ejercicio 2 022, el siguiente cronograma :

AL CONTADO                                    :              28 de Febrero 2 022

PAGO FRACCIONADO 

            Primera Cuota                     :              28 de Febrero 2022

            Segunda Cuota                   :              31 de Mayo 2022

            Tercera Cuota                     :              31 de Agosto 2022

            Cuarta Cuota                      :              30 de Noviembre 2022

Que, con Informe Nº 062-2022-MPP-OGAT, la Dirección de Administración Tributaria en atención al Informe N° 094-2022-MPP-OGAT/URRT, solicita la prórroga del plazo del pago al contado, y de la primera cuota del Impuesto Predial, en virtud a lo previsto en el artículo 5° de la Ordenanza N° 002-2022-MPP;

Contando con la opinión Legal emitida por la Oficina General de Asesoría Jurídica con Informe Nº 211-2022-MPP/OGAJ;

En ejercicio de las facultades conferidas por la constitución Política del Perú, la Ley Orgánica de Municipalidades y demás normas que correspondan de acuerdo a Ley;

 DECRETA:

 Artículo Primero.-  ESTABLECER, que el vencimiento del pago al contado y de la primera cuota del Impuesto Predial del Ejercicio 2022, vence indefectiblemente el 31 de marzo del 2022.

Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Oficina General de Administración Tributaria – OGAT,   el cumplimiento del presente Decreto.                             

                            REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Lic. Juan Enrique Mendoza Uribe

ALCALDE

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