miércoles, 5 de enero de 2022

Municipalidad Provincial de Chincha ACUERDO DE CONCEJO

  

 Municipalidad Provincial de Chincha  

      ACUERDO DE CONCEJO Nº 030 -2021-MPCH

Chincha, 31 de diciembre del 2021

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA

 EL CONCEJO PROVINCIAL DE CHINCHA

 Visto; en Sesión Ordinaria de Concejo Municipal virtual, vía Zoom, de fecha 31 de diciembre del 2021, el Informe N° 0405-2021-GM/MPCH de fecha 24 de diciembre del 2021 de la Gerencia Municipal de la Municipalidad Provincial de Chincha, adjuntando el expediente de ratificación de la Ordenanza Nº 06-2021-MDTM/A, que establece el marco legal y disposiciones para el cálculo de los arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines Públicos y Serenazgo para el ejercicio 2022 en el  distrito de Tambo de Mora, provincia de Chincha.

 CONSIDERANDO:

 Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por el artículo único de la Ley de Reforma Constitucional – Ley Nº 30305, establece que, las municipalidades son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual es concordante con lo dispuesto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972; y que, dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico;

 Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales deben ser ratificadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripción, para su vigencia y exigibilidad;

 Que, el Artículo 41° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades señala “Los acuerdos son decisiones, que toma el concejo, referidas a asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional.

Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales deben ser ratificadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripción, para su vigencia y exigibilidad;

Que, en aplicación de las normas legales indicadas la Municipalidad Distrital recurrente aprobó la Ordenanza materia de la ratificación, remitiéndola  con Oficio N° 200-2021-MDTM con registro N° 12977.2021 a la Municipalidad Provincial de Chincha, incluyendo sus respectivos informes y documentos sustentatorios, con carácter de Declaración Jurada, y órgano de gobierno local provincial, en uso de sus competencias y atribuciones, previa revisión y estudio, emitió el Informe Nº 2553-2021-GAT/MPCH  de la Gerencia de Administración Tributaria Lic. Adm. María Vásquez Marín que luego del Análisis efectuado con el objeto de evaluar si la Ordenanza N° 06-2021-MDTM/A cumple con los requisitos establecidos en el marco legal vigente para su aprobación y vigencia, CONCLUYE 1. La Ordenanza Municipal N°06-2021-MDT/A a través de la cual la Municipalidad Distrital de Tambo de Mora establece el marco legal y las disposiciones para el cálculo de los arbitrios municipales para el ejercicio 2022  fue aprobada con fecha 22 de noviembre del presente año y presentada el día 30 de noviembre del  presente año para su ratificación conforme al Artículo 40 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; el plazo para su atención es de sesenta (60) días hábiles de acuerdo al numeral 38.8 del TUO de la Ley N° 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General; la presente Ordenanza carece de informe  técnico financiero, el mismo que debe ser parte integrante  de la mismas, tal como lo establece las jurisprudencias del Tribunal Constitucional; Es necesario e imprescindibles la Opinión Legal y Técnica de la Gerencia de Asesoría Jurídica y de la Gerencia de Planificación y Presupuesto y que la presente Ordenanza se deberá pasar a Sesión de Concejo para su ratificación, cualquier observación será bajo responsabilidad de la Municipalidad Distrital de Tambo de Mora,  señala dicho Informe; Que, por Informe N° 2102-2021-GPP/MPCH de fecha 24 de diciembre del 2021 el Gerente de Planificación y Presupuesto Econ. Ricardo Loo Angulo señala que de acuerdo al Informe de la Gerencia de Administración Tributaria y que mediante Ordenanza N° 06-2021-MDTM/A  de fecha 24 de noviembre del 2021 la Municipalidad Distrital de Tambo de Mora establece el marco legal y disposiciones para el cálculo  de los arbitrios municipales para el ejercicio 2022, por lo que recomienda que pase a Sesión de Concejo de acuerdo a lo que establece el marco legal y disposiciones para el cálculo de los Arbitrios Municipales para el ejercicio 2022 , señala;

 Que, por Informe Legal N° 4846-2021-GAJ/MPCH de fecha 24 de diciembre del 2021 la Gerente de Asesoría Jurídica de la Municipalidad Provincial de Chincha Abog. Brenda L. Romero Guillén, citando el Artículo 40 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y el Articulo 69-A del TUO de la Ley de Tributación Municipal aprobado por el D.S N° 156-2004-EF, establece en el punto 3. ANALISIS DE LOS HECHOS Y CONCLUSIONES que, considerando que el objetivo y finalidad de la Ratificación de Ordenanza Municipal N° 06-2021-MDTM es dar cumplimiento a lo señalado en el Artículo 40 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972 y consecuentemente  teniendo en cuenta las normas legales citadas e informes emitidos RECOMIENDA que se derive al Pleno del Concejo Municipal para su debate y aprobación, siendo su OPINION que se considere factible la Ratificación Ordenanza Municipal N° 06-2021-MDTM,en cumplimiento a las normas legales citadas, concluye el Informe Legal.

 Que, sometida a consideración del Pleno del Concejo Municipal con fecha 31 de diciembre del 2021, puesto a debate y sometido a votación, el Pleno por votación en MAYORIA acordó aprobar la Ratificación de la Ordenanza Municipal N° 006-2021-MDTM;

 Por las consideraciones expuestas y en uso de las facultades establecidas en la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, Artículo 41 de la Ley N° 27972, el Concejo Municipal de la Municipalidad Provincial de Chincha, en la sesión de la fecha indicada, por votación en MAYORIA del Pleno del Concejo Municipal y con la aprobación de la Dispensa de la Lectura del Acta;

 ACORDÓ:

 Artículo Primero. - Ratificar la Ordenanza Nº 06-2021-MDTM/A de fecha 24 de noviembre del 2021 que establece el marco legal y disposiciones para el cálculo de los arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines Públicos y Serenazgo para el ejercicio 2022 en el distrito de Tambo de Mora, provincia de Chincha.

 Artículo Segundo. - El presente Acuerdo ratificatorio para su vigencia, se encuentra condicionado al cumplimiento de su publicación dentro del plazo de ley, así como del texto íntegro de la Ordenanza ratificada, incluido el Informe Técnico. La aplicación de la Ordenanza, materia de la presente ratificación, estableciendo que la condición antes señalada, es de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de dicha Municipalidad Distrital de Tambo de Mora, Chincha.

 Artículo Tercero. - Cumplido el citado requisito de publicación, la Municipalidad Distrital de Tambo de Mora, provincia de Chincha, a través de su página web, hará de conocimiento público el presente Acuerdo.

 Regístrese, comuníquese y cúmplase.

Armando Huamán Tasayco

ALCALDE

 

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