miércoles, 5 de enero de 2022

Municipalidad Provincial de Chincha ACUERDO DE CONCEJO

 

Municipalidad Provincial de Chincha  

ACUERDO DE CONCEJO N° 28-2021/MPCH

Chincha, 27 de Diciembre del 2021

EL CONCEJO PROVINCIAL DE CHINCHA

VISTOS; en Sesión Ordinaria del Concejo Municipal virtual, vía Zoom, de fecha 23 de Setiembre del 2021;

  CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por el artículo único de la Ley de Reforma Constitucional – Ley Nº 30305, establece que, las municipalidades son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual es concordante con lo dispuesto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972; y que, dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, el numeral 20 del Artículo 9° de la Ley Orgánica de Municipalidades -Ley N° 27972 sobre atribuciones del Concejo Municipal establece “Aceptar donaciones, legados, subsidios cualquiera otra liberalidad”.

Que, el Artículo 41° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades señala “Los acuerdos son decisiones, que toma el concejo, referidas a asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional.

Que, por Expediente registro N° 13183.2021 de fecha 30 de noviembre del 2021 firmado digitalmente por Elsa Maritza Felipa Hernández-SUNAT  quien comunica adjudicación de bienes teniendo como referencia la Resolución de Oficina N° 000018-2021-SUNAT/7K0600  de fecha 30 de noviembre del 2021  que Resuelve en su Artículo  1°.- ADJUDICAR  a la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA, DEL DISTRITO DE CHINCHA ALTA, PROVINCIAL DE CHINCHA, DEPARTAMENTO DE ICA, con RUC N° 20146898697  la mercancía valorizado en U.S$ 24,000.00 D.A ,  indicándose que los beneficiados deben  dedicar los bienes entregados por la SUNAT para la realización de sus bienes propios , asimismo salvo disposición legal contraria, quedan obligados a no transferir los bienes hasta dentro de un plazo de dos años  contados a partir de la fecha  en que les fueron entregados los bienes. Si después de transcurrido dicho plazo se trasfieren los mencionados bienes quedan obligados a destinar los ingresos obtenidos a sus fines propios., conforme al detalle:

 

NUMERO ACTA SIA

NUMERO ACTA DE INCAUTA-CION

CODIGO ARTICU-LO

CANTIDAD ARTICULO

UNIDAD DE MEDIDA

DESCRIPCION DEL ARTICULO

PESO ARTICU-LOS (KG)

VALOR ARTICU-LOS

ESTADO

 

 

 

 

 

 

 

 

1

 

 

 

 

 

 

 

127102021-000068  

 

 

 

 

 

 

 

127-2021-0000022020

 

 

 

 

 

 

 

0000000329382

 

 

 

 

 

 

 

1

 

 

 

 

 

 

 

UNIDAD

CAMION DE CARGA, ESTADO NUEVO, MARCA DONGFENG, MODELO EQ1250GFS, AÑO DE MODELO 2018, MOTOR NRO. 72827264, VIN NRO. LGHXLH4S8J6801336, COLOR ROJO, MADE IN CHINA, SIN PLACA DE RODAJE, INCLUYE DOS CAJAS CONTENIENDO RESPIUESTOS.

 

 

 

 

 

 

 

10,150.00

 

 

 

 

 

 

 

24,000.00

 

 

 

 

 

 

 

BUENO

 

Que, por Informe Legal N° 4688-2021-GAJ/MPCH  de fecha 06 de diciembre del 2021 la Gerente de Asesoría Jurídica concluye  que estando a las facultades previstas en el  Artículo 9°, 39°, 41° y 66°  de la Ley Orgánica de Municipalidades -Ley N° 27972,esta Gerencia de Asesoría Jurídica RECOMIENDA en el punto 3 ANALISIS DE LOS HECHOS Y CONCLUSIONES  señala que estando a lo solicitado, es atribución del concejo municipal aceptar dicha adjudicación de bienes a favor de la Municipalidad, y consecuentemente estando a las facultades previstas en el Artículo 9° y 39° de la Ley Orgánica de Municipalidades .Ley N° 27972, recomienda que se derive al Pleno del Concejo Municipal para debate y aprobación de lo solicitado, siendo su OPINION que es factible ACEPTAR LA ADJUDICACION DE BIENES POR PARTE DE SUNAT -ICA   Que se derive al Pleno del Concejo Municipal para debate y aceptación dela transferencia de lo solicitado siendo su OPINION que es factible ACEPTAR LA ADJUDICACION  DE BIENES POR PARTE DE LA SUNAT-ICA, refiere.

 Que, sometida a consideración del Pleno del Concejo Municipal con fecha 23 de diciembre del 2021, puesto a debate y sometido a votación, el Pleno por UNANIMIDAD aprobó aceptar la donación indicada.

 Por las consideraciones expuestas y en uso de las facultades establecidas en la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con el voto en unánime del Pleno del Concejo Municipal y con la aprobación de la Dispensa de la Lectura del Acta.

 ACORDO:

ARTICULO PRIMERO. - ACEPTAR LA ADJUDICACION DEL BIEN MUEBLE  CONFORME A LA RESOLUCION DE OFICINA N° 000018-2021-SUNAT/7K0600  efectuado por la SUNAT a favor de la Municipalidad Provincial de Chincha, indicándose que los beneficiados deben dedicar los bienes entregados por la SUNAT para la realización de sus bienes propios, asimismo salvo disposición legal contraria, quedan obligados a no transferir los bienes hasta dentro de un plazo de dos años  contados a partir de la fecha  en que les fueron entregados los bienes. Si después de transcurrido dicho plazo se trasfieren los mencionados bienes quedan obligados a destinar los ingresos obtenidos a sus fines propios, conforme al siguiente detalle:

 

NUMERO ACTA SIA

NUMERO ACTA DE INCAUTACION

CODIGO ARTICULO

CANTIDAD ARTICULO

UNIDAD DE MEDIDA

DESCRIPCION DEL ARTICULO 

PESO ARTICULOS (KG)

VALOR ARTICULOS

ESTADO

 

 

 

 

 

 

 

 

1

 

 

 

 

 

 

 

127102021-000068  

 

 

 

 

 

 

 

127-2021-0000022020

 

 

 

 

 

 

 

0000000329382

 

 

 

 

 

 

 

1

 

 

 

 

 

 

 

UNIDAD

CAMION DE CARGA, ESTADO NUEVO, MARCA DONGFENG, MODELO EQ1250GFS, AÑO DE MODELO 2018, MOTOR NRO. 72827264, VIN NRO. LGHXLH4S8J6801336, COLOR ROJJO, MADE IN CHINA, SIN PLACA DE RODAJE, INCLUYE DOS CAJAS CONTENIENDO RESPIUESTOS.

 

 

 

 

 

 

 

10,150.00

 

 

 

 

 

 

 

24,000.00

 

 

 

 

 

 

 

BUENO

 

ARTICULO SEGUNDO.- La Municipalidad Provincial de Chincha a través de la Gerencia Municipal deberá cumplir con los procedimientos internos de registro, ingreso y control de dicho bien transferido, con la participación de las unidades orgánicas de acuerdo a sus competencias funcionales, para que se cumpla con la finalidad indicada en el artículo precedente.

ARTICULO TERCERO.- Encargar a la Gerencia de Secretaría General de la Entidad haga de conocimiento  el presente Acuerdo de Concejo a la SUNAT Ica, con la debida nota de atención, para los fines pertinentes.

ARTICULO CUARTO: Encargar a la Gerencia de Secretaría General de la Entidad, la  publicación del presente Acuerdo en el Portal Web Institucional (www.munichincha.gob.pe).

comuníquese, publíquese y cúmplase

Armando Huamán Tasayco

ALCALDE

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