Inscribir una propiedad en
la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) es un paso
fundamental para garantizar la seguridad jurídica de un inmueble y proteger la
inversión de las familias peruanas. Para ello, este procedimiento requiere de
una rigurosa atención por parte de los ciudadanos al momento de elaborar y
presentar su documentación al registro. La precisión en la información
presentada es la clave para evitar observaciones o rechazos definitivos que
generan gastos innecesarios de tiempo y dinero.
A continuación, se detallan los errores más recurrentes que suelen
advertirse en los documentos que se presentan ante la Sunarp para registrar un
in-mueble, con la finalidad que los ciudadanos puedan anticiparse a ellos y
asegurar una inscripción exitosa.
1. Inconsistencias en datos de identidad
•Discrepancias en letras, tildes o el orden de los apellidos
consignados en el instrumento y el DNI.
•Presentar un número de DNI diferente al que figura originalmente
en la partida registral.
•No consignar adecuadamente el estado civil de los otorgantes o
intervinientes. De acuerdo con el Reglamento de Inscripciones del Registro de
Predios, consignar el estado civil es de suma importancia, ya que permite
determinar la calidad del bien (propio o social) y la intervención obligatoria
de ambos cónyuges, según corresponda.
2. Discrepancias físicas del inmueble
•El área del predio físico que se declara, discrepa con área
registrada en la partida.
•Discrepancias en las
colindancias y medidas perimétricas descritas en los documentos con las que
obran inscritas en la partida del inmueble.
•Intentar independizar una unidad inmobiliaria cuya declaratoria
de fábrica y reglamento interno, no han sido inscritas en la partida del inmueble
matriz.
•Presentar planos que no guardan concordancia con la cartografía
oficial o la base gráfica de la Sunarp, lo que genera observaciones de índole
técnica.
3. Ruptura del tracto sucesivo
Para que la Sunarp inscriba la venta de un inmueble, el vendedor
actual debe figurar en la partida como el dueño vigente; si no es así, la cadena
se rompe y el trámite es rechazado, como, por ejemplo:
•Intentar vender un bien heredado sin haber inscrito antes el
testamento o sucesión intestada en la partida del inmueble.
•Transferencias en cadena no inscritas, esto es, cuando se encadenan
ventas, anticipos de legítima o donaciones sucesivas donde los propietarios
intermedios omitieron inscribir su derecho antes de transferir a un tercero.
4. Errores de formalidad
•Olvidar adjuntar anexos, planos obligatorios u otros documentos
necesarios para la calificación e inscripción.
•Omisión de la firma de alguno de los cónyuges (si es bien
social), de los copropietarios, del verificador, del notario u otro, según
corresponda.
•Presentar documentos en copia simple.
•Discrepancias entre el precio pactado en la minuta y el que aparece redactado en la escritura final.







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