Municipalidad Provincial de Chincha
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 012
-2021/MPCH
Chincha Alta, 22 de diciembre del 2021
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE
CHINCHA
POR CUANTO:
El Concejo Provincial de Chincha en Sesión
Ordinaria de Concejo Virtual Vía Zoom de fecha 17 de Diciembre del 2021 y
considerando el Informe N° 052-2021-SGRC/MPCH
de fecha 24 de agosto del 2021; el Informe N°0478-2021-GDHPS/MPCH de la Gerencia de Desarrollo Humano y
Promoción Social de fecha 13 de Octubre
del 202; El Informe
N°03061-2021-GSC/MPCH de la Gerencia de
Servicios al Ciudadano de fecha 09 de
noviembre del 2021; el Informe Legal N° 4573-2021-GAJ/MPCH de fecha 24 de
noviembre del 2021 de la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Informe N°
352-2021-GM/MPCH de fecha 24 de
noviembre del 2021 emitido por la Gerencia Municipal que solicita pase a Sesión
de Concejo a fin de su debate y aprobación de la Ordenanza Municipal que
incorpora Charlas de Relaciones Saludables y Democráticas para contrayentes de
Matrimonio Civil de la jurisdicción de
acuerdo a los informe emitido por la
Gerencia de Desarrollo Humano y Promoción Social, de la Gerencia de Servicios y programas Sociales,
de la Gerencia de Servicios al Ciudadano y de la Gerencia de Asesoría Jurídica de la Entidad.
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el Artículo 194º de
la Constitución Política del Estado, modificado por el Artículo Único de la Ley
Nº 30305, señala que las Municipalidades Provinciales y distritales son órganos
de gobierno local, tienen autonomía política, económica y administrativa en los
asuntos de su competencia;
Que, el Concejo Municipal cumple su función
normativa, entre otros mecanismos, a través de las Ordenanzas Municipales, las
cuales de conformidad con lo previsto por el artículo 200º, Inc. 4) de la
Constitución tienen rango de Ley, al igual que las Leyes propiamente dichas,
los Decretos Legislativos, los Decretos de Urgencia, los Tratados, los
Reglamentos del Congreso y las normas de carácter general;
Que, el artículo 9, numeral 8 de la Ley
27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que, corresponde al Concejo
Municipal aprobar, modificar o derogar las ordenanzas; por ser la formalidad
que dispone el artículo 40º cuando se trata de normas de carácter general de
mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, mediante las cuales
crean, modifican, suprimen o exoneran tasas, derechos, licencias y
contribuciones dentro de los límites establecidos por ley;
Que, la Ley N° 30364 tiene por objeto
prevenir, erradicar y sancionar toda forma de violencia producida en el ámbito
público o privado contra las mujeres por su condición de tales, y contra los
integrantes del grupo familiar; en especial, cuando se encuentran en situación
de vulnerabilidad, por la edad o situación física como las niñas, niños,
adolescentes, personas adultas mayores y personas con discapacidad, que el
Artículo 9. Derecho a una vida libre de violencia Las mujeres y los integrantes
del grupo familiar tienen derecho a una vida libre de violencia, a ser
valorados y educados, a estar libres de toda forma de discriminación,
estigmatización y de patrones estereotipados de comportamientos, prácticas
sociales y culturales basadas en conceptos de inferioridad y subordinación y,
el numeral 14.2 del Artículo 14 de la
Ley N° 30364, indica “ En el caso de los gobiernos locales a) Formular
políticas, regular, dirigir, ejecutar, promover, supervisar y controlar planes,
políticas y programas locales y comunitarios, para sensibilizar, prevenir,
detectar y atender toda forma de violencia contra las mujeres y los integrantes
del grupo familiar;
Que, por Informe Legal N° 4573-2021-GAJ/MPCH
de fecha 24 de noviembre de 2021 la Gerente de Asesoría Jurídica de la
Municipalidad Provincial de Chincha, Abogada Brenda L. Romero Guillén respecto
al proyecto de Ordenanza Municipal
referido, ha considerado en el numeral 3
Análisis de los hechos y conclusiones, indicando “Considerando que el ejercicio
a la realización de acciones preventivas de manera articulada que contribuyan a
la protección de las víctimas de violencia y así disminuir los índice de las
misma en la provincia, dicha Gerencia de Asesoría Jurídica Recomienda que se
derive el Pleno del Concejo Municipal para su debate y aprobación siendo su
Opinión que se considere factible la aprobación de la Ordenanza teniendo en
cuenta su finalidad, señala; Que, sometida a consideración al Pleno del
Concejo, en Sesión Ordinaria de Concejo Virtual Vía Zoom de fecha 17 de
diciembre del 2021 por votación UNANIME los señores miembros del Concejo
Municipal aprobaron el proyecto de Ordenanza presentado relacionado con
incorporar charlas de relaciones saludables y democráticas para contrayentes de
Matrimonio Civil en la jurisdicción;
Estando a los fundamentos antes expuestos, a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica de la Entidad, en uso de las facultades conferidas por el inciso 8) del artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, con el voto unánime de los señores regidores asistentes a la sesión de concejo de la fecha, con la aprobación en mayoría de la dispensa del trámite de lectura y aprobación de actas, se ha dado la siguiente:
ORDENANZA QUE INCORPORA CHARLAS DE RELACIONES SALUDABLES Y DEMOCRATICAS PARA CONTRAYENTES DE MATRIMONIO CIVIL EN LA JURISDICCION DEL DISTRITO DE CHINCHA ALTA
Artículo Primero. – APROBAR la incorporación de charlas de
relaciones saludables y democráticas para los/as contrayentes de matrimonio
civil en la jurisdicción del distrito de Chincha Alta como una forma de
prevención de la violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar.
Artículo Segundo. – DISPONER que autoridades
políticas, funcionarios/as, servidores/as y operadores/as; adopten acciones
para su implementación y adecuación de su normativa.
Artículo Tercero: ENCARGAR a la Sub-Gerencia
de Registros Civiles de la Municipalidad Provincial de Chincha realice la
coordinación e implementación del monitoreo y cumplimiento de lo dispuesto en
la presente Ordenanza.
Artículo Cuarto. – Encargar a la Secretaria General, la publicación de la presente ordenanza y disponer su publicación en la Portal Institucional de la Municipalidad Provincial de Chincha. (www.municipalidadchincha.gob.pe).
DISPOSICION COMPLEMENTARIA FINAL
PRIMERA: Para la realización de las acciones
la Sub-Gerencia de Registros Civiles de la Municipalidad Provincial de Chincha
articula y coordina con el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables
(MIMP) que es el ente rector en materia de la prevención y atención de la
violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar, que en el
marco de la articulación realiza las charlas de relaciones saludables y
democráticas.
POR TANTO:
Regístrese, publíquese, comuníquese y
cúmplase.
Armando Huamán Tasayco
ALCALDE
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