Municipalidad Distrital de Pueblo Nuevo
DECRETO
DE ALCALDÍA Nº 006-2021/MDPN
La
Ordenanza Municipal N° 013-2021/MDPN de fecha 30 de setiembre de 2021; el
Informe N° 223-2021-SGR-G-MDPN, emitido por la Subgerencia de Rentas; el
Informe Legal N° 0355-2021-MDPN-SAJ/GHA, de la Sub. Gerencia de Asesoría
Jurídica; el Memorándum N° 5126-2021/GM/MDPN/ECR, emitido por la Gerencia
Municipal, y;
CONSIDERANDO:
El
artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley N°
30305, Ley de Reforma Constitucional; precisa que las Municipalidades
Provinciales y Distritales son Órganos de Gobierno Local, que tiene autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en
concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley
Orgánica de Municipalidades, que establece que la autonomía que la Constitución
Política del Perú establece para las Municipalidades radica en la facultad de
ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al
ordenamiento jurídico;
El segundo párrafo del artículo 39° de
la Ley 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, precisa que: “El alcalde ejerce
las funciones ejecutivas de gobierno señaladas en la presente ley mediante
decretos de alcaldía. Por resoluciones de alcaldía resuelve los asuntos
administrativos a su cargo”;
Que, la misma norma legal, señala en su
artículo 42° que: “Los Decretos de Alcaldía se establecen normas reglamentarias
y de aplicación de las Ordenanzas, se
sancionan procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración
municipal y se resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para
el vecindario que no sean de competencia del
Concejo Municipal”;
Que,
mediante Ordenanza Municipal N° 013-2021/MDPN de fecha 30 de setiembre del
2021, se aprobó: EL PROGRAMA DE BENEFICIOS TRIBUTARIOS, DENOMINADO:
"DESCUENTAZO", EN EL DISTRITO DE PUEBLO NUEVO – CHINCHA; el mismo que se encuentra vigente a partir
del 04 hasta el 29 de octubre del 2021 y que a través de su Única Disposición
Complementaria, FACULTA a la Sra. Alcaldesa, para que mediante Decreto de
Alcaldía dicte las disposiciones complementarias que se requieran, así como
prorrogar la vigencia de la presente Ordenanza Municipal, con la finalidad de
cumplir con los objetivos trazados;
Que,
mediante Decreto de Alcaldía N° 005-2021/MDPN, de fecha 28 de octubre del 2021,
se declaró: “Ampliar la vigencia de la Ordenanza Municipal N° 013-2021-MDON, de
fecha 30 de setiembre del 2021, únicamente en lo que respecta al punto II.
Multas Tributarias y Punto III. Arbitrios Municipales, a partir del miércoles 03
al martes 30 de noviembre del 2021”, el mismo que se encuentra próximo a su
vencimiento;
Que, el Decreto Supremo Nº 174-2021-PCM, publicado en el “Diario El Peruano” con fecha 28 de noviembre de 2021, declara: “PRORROGAR el Estado de Emergencia Nacional declarado mediante Decreto Supremo N° 184-2020-PCM, prorrogado por Decreto Supremo N° 201-2020-PCM, Decreto Supremo N° 008-2021-PCM, Decreto Supremo N° 036-2021-PCM, Decreto Supremo N° 058-2021-PCM, Decreto Supremo N° 076-2021-PCM, Decreto Supremo N° 105-2021-PCM, Decreto Supremo N° 123-2021-PCM, Decreto Supremo N° 131-2021-PCM, Decreto Supremo N° 149-2021-PCM, Decreto Supremo N° 152-2021-PCM y Decreto Supremo N° 167-2021-PCM, por el plazo de treinta y un (31) días calendario, a partir del miércoles 1 de diciembre de 2021, por las graves circunstancias que afectan la vida de las personas a consecuencia de la COVID-19”;
Que,
encontrándose la Región Ica, Provincia
de Chincha y consecuentemente el Distrito de Pueblo Nuevo, en el Nivel de
Alerta Moderado, se ha extendido el horario de toque de queda a partir de las
2:00 hasta las 4:00 horas, esta medida facilitará el desplazamiento de los
contribuyentes para poder movilizarse sin muchas restricciones y acogerse a la
realización y cumplimiento de lo aprobado mediante Ordenanza Municipal N°
013-2021/ MDPN;
Que,
mediante Informe N° 223-2021-SGR-G-MDPN, de fecha 29 de noviembre de 2021,
emitido por la Sub Gerencia de Rentas señala que habiéndose aprobado la
Ordenanza Municipal N° 013-2021/MDPN, que estableció: “Otorgar el Programa de
Beneficios Tributarios, denominado: "DESCUENTAZO", en el Distrito de
Pueblo Nuevo – Chincha”, la misma fue ampliada a través del Decreto de Alcaldía
N° 005-2021/ MDPN y, se encuentra próxima a su fecha límite de vigencia. En tal
sentido, teniendo en cuenta la considerable aceptación por parte de los
contribuyentes, resulta oportuno realizar nuevamente la ampliación de dicha
Ordenanza Municipal, a partir del martes 01 al jueves 30 de diciembre del
ejercicio fiscal 2021, únicamente en lo que respecta al punto II. MULTAS
TRIBUTARIAS y punto III. ARBITRIOS MUNICIPALES, debiéndose proceder a la
emisión del Decreto de Alcaldía por parte del titular de la entidad para su
aprobación correspondiente;
Que, con Informe Legal N° 0355-2021-MDPN-SAJ/GHA de fecha 30 de noviembre de 2021, de la Sub. Gerencia de Asesoría Jurídica es de opinión declarar PROCEDENTE la propuesta presentada por la Sub Gerencia de Rentas para la AMPLIACIÓN DE LA VIGENCIA DE LA ORDENANZA MUNICIPAL N° 013-2021-MDPN, a partir del martes 01 al jueves 30 de diciembre del ejercicio fiscal 2021, únicamente en lo que respecta al punto II. MULTAS TRIBUTARIAS y punto III. ARBITRIOS MUNICIPALES, la misma que deberá ser aprobada a través de Decreto de Alcaldía por parte del titular de la entidad, conforme a sus atribuciones establecidas en el numeral 6) del artículo 20° de la Ley Orgánica de Municipalidades, que refiere, es atribución del Alcalde: “Dictar decretos y resoluciones de alcaldía, con sujeción a las leyes y ordenanzas.”
Estando
a lo expuesto en los informes de vistos, a las facultades conferidas en la
Única Disposición Complementaria de la Ordenanza Municipal N° 013-2021/MDPN y,
a las atribuciones establecidas en el numeral 6) del artículo 20° y artículo
42° de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades;
SE DECRETA:
ARTICULO PRIMERO. - AMPLIAR LA VIGENCIA
DE LA ORDENANZA MUNICIPAL N° 013-2021-MDPN
de fecha 30 de setiembre del 2021, únicamente en lo que respecta al
punto II. MULTAS TRIBUTARIAS y PUNTO III. ARBITRIOS MUNICIPALES, a partir del
martes 01 al jueves 30 de diciembre del ejercicio fiscal 2021, en merito a la
Única Disposición Complementaria establecida en la referida Ordenanza
Municipal.
ARTICULO SEGUNDO.- ENCARGAR a la
Gerencia Municipal, Sub Gerente de Rentas, y demás Unidades Orgánicas
competentes de la Entidad Municipal, el cumplimiento del presente Decreto de
Alcaldía.
ARTÍCULO TERCERO. – PUBLIQUESE el
presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial de mayor circulación local, y
en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Pueblo Nuevo -
Chincha: http://www.munipueblonuevochincha.gob.pe.
ARTÍCULO CUARTO.- ENCARGAR a la Unidad
de Imagen Institucional y Comunicaciones la DIFUSIÓN del presente Decreto de
Alcaldía, dentro de la jurisdicción del Distrito de Pueblo Nuevo para el
conocimiento de la Población y, a la Secretaría General su NOTIFICACIÓN a la
Unidades Orgánicas competentes.
Regístrese, Comuníquese, Publíquese Y
Cúmplase.
Bertha
Rosalyn Peña Ormeño
ALCALDESA
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