El Poder Ejecutivo promulgó ayer la Ley N° 31248, impulsada por el Ministerio de la Producción, cuyo objetivo es dar viabilidad al Decreto de Urgencia N° 013-2020 como herramienta de liquidez para las MYPE a través de las órdenes de compra y servicios con el Estado, así como otras modificaciones que impactan en instrumentos financieros alternativos.
El
ministro de la Producción, José Luis Chicoma, destacó que la entrada en
vigencia de esta ley, que fue impulsada en esta gestión y aprobada por el
Congreso de la República, permite ampliar el alcance de los instrumentos
financieros.
------------------------- Impulso
a las órdenes de compra ------------------------------
Lo
más importante de la Ley promulgada es la eliminación del término “buena pro”
del artículo 12 del Decreto de Urgencia N° 013-2020, otorgando así calidad de
título valor a las órdenes de compra /servicio del Estado menores a 8 UIT, que
son aquellas en las que mayoritariamente participan las MYPE. De esta forma,
las podrán utilizar en el mercado del factoring, accediendo a liquidez.
“Ahora las MYPE podrán utilizar sus órdenes de
compra con el Estado para buscar financiamiento fácil, rápido y barato en las
instituciones autorizadas y formales”, afirmó el ministro Chicoma Lúcar.
Otro
cambio, que se da, es la inclusión explícita de las empresas de arrendamiento
financiero no comprendidas en el ámbito de la Ley N.º 26702, Ley General del
Sistema Financiero y del Sistema de Seguros de la SBS, lo que permitirá
ampliar el abanico de opciones para las MYPE que buscan modernizar sus
maquinarias.
Asimismo,
se limita la responsabilidad del financista en las operaciones de
arrendamiento financiero. Esto se debe a que el financista u operador al ser
un intermediario que permite al arrendatario contar con el mencionado bien, no
tiene esta responsabilidad.
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