El Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur) aprobó el “Protocolo Sanitario Sectorial ante el COVID-19 para eventos empresariales y profesionales en el marco del turismo de reuniones”. Así lo estableció a través de la Resolución Ministerial N° 079-2021-MINCETUR.
La norma emitida en el
diario oficial El Peruano, detalla una serie de medidas preventivas operativas
para prevenir el riesgo de contagio del COVID-19, en estas importantes actividades.
Como se recuerda, en octubre
último, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo aprobó el Protocolo
Sanitario Sectorial ante el COVID-19 para la realización de eventos en el marco
del turismo de reuniones, mediante la R.M. N° 214-2020-MINCETUR.
Sin embargo, teniendo en
consideración la situación epidemiológica, el desarrollo de los eventos
empresariales y profesionales requería de ajustes en las medidas preventivas
sanitarias, esto como resultado de las recomendaciones técnicas solicitadas al
sector salud.
Debido a ello, a través del
Centro de Formación en Turismo (CENFOTUR), se vio por conveniente actualizar el
mencionado protocolo, publicándose finalmente la R.M. N° 079-2021-MINCETUR.
Es importante mencionar que
las recomendaciones remitidas por el sector salud, en torno al nuevo protocolo,
están vinculadas, principalmente, a la disposición de las salas, el sistema de
ventilación a emplear, los equipos de protección personal a utilizar, el
distanciamiento físico de al menos dos metros y las acciones para la
identificación de sintomatología, entre otros.
Cabe indicar que, para comenzar
a operar, los organizadores de estas actividades económicas deberán tener en
consideración los Lineamientos para la vigilancia, prevención y control de la
salud por exposición al SARS-CoV-2, aprobados por la Resolución Ministerial Nº
972-2020-MINSA; así como las disposiciones del gobierno respecto a los niveles de
alerta por provincia y departamento, y aforos permitidos.
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