ACUERDO MUNICIPAL N° 015 -2021-A/MPCH
Chincha Alta, 07 de mayo del 2021
EL
ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA
POR
CUANTO: EL CONCEJO PROVINCIAL DE CHINCHA
VISTO, En Sesión Extraordinaria de Concejo
Virtual de Concejo Municipal, Vía Zoom, de fecha 06 de abril del 2021, la
Resolución(auto) N° 01, de fecha 11de enero del 2020, con el expediente N°
2020035738 – EL JURADO NACIONAL DE ELECCIONES, TRASLADA al Concejo de la
Municipalidad Provincial de Chincha, Departamento de Ica, la solicitud de
Vacancia, presentada por Daniel Martínez Melchor, en contra de Armando Huamán
Tasayco, Alcalde de la Municipalidad Provincial de Chincha, y;
CONSIDERANDO:
Que,
conforme lo señala el artículo 41° de la Ley Orgánica de Municipalidades N°
27972, establece que los Acuerdos de Concejo son decisiones que toma el Concejo
Municipal referidos a asuntos específicos de interés público, vecinal o
institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar
un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional.
Que, la Ley N° 27972, Orgánica de Municipalidades
en su artículo 23° establece cualquier vecino puede solicitar la vacancia del
cargo de un miembro del concejo del concejo ante el concejo municipal o ante el
Jurado Nacional de Elecciones; su pedido debe estar fundamentado y debidamente
sustentado, con la prueba que corresponda la causal, el Concejo se pronuncia en
Sesión Extraordinaria en un plazo de treinta (30) días hábiles presentadas la
solicitud y luego de notificarlo el afectado para que ejerza su derecho de
defensa.
Que,
con Resolución(auto) N° 01, de fecha 11de enero del 2020, con el expediente N°
2020035738 – EL JURADO NACIONAL DE ELECCIONES, TRASLADA al Concejo de la
Municipalidad Provincial de Chincha, Departamento de Ica, la solicitud de
Vacancia, presentada por Daniel Martínez Melchor, en contra de Armando Human
Tasayco, Alcalde de la Municipalidad Provincial de Chincha.
Que,
mediante notificación de fecha 19 de enero del 2021, se cita a los Sres.
Regidores a la Sesión Extraordinaria, a realizarse el día 23 de febrero del
2021, donde hace de conocimiento sobre
la Resolución(auto) N° 01, de fecha 11de enero del 2020, con el expediente N°
2020035738 – EL JURADO NACIONAL DE ELECCIONES, TRASLADA al
Concejo de la Municipalidad Provincial de Chincha, Departamento de Ica, respecto a la solicitud
de Vacancia, presentada por Daniel Martínez Melchor, en contra de Armando
Huamán Tasayco, Alcalde de la Municipalidad Provincial de Chincha,
Que,
con fecha 23 de febrero del 2021, el Secretario General de la Municipalidad
Provincial de Chincha, DEJA CONSTANCIA, que
respecto a la Sesión Extraordinaria del Concejo Municipal convocada para
el día de la fecha 23/02/2021, a horas 4.00 p.m, Virtual Vía Zoom, en el marco
de la Ley N° 27972, conforme al Reglamento Interno del Concejo y la Ordenanza
N° 006-2020-MPCH, dicha convocatoria a Sesión Extraordinaria del Concejo
Provincial NO SE LLEVO A CABO POR FALTA DE QUORUM, al haberse registrado sus
asistencias sólo cinco (5) Regidores: Felipe Humberto Mendoza Gonzales, María
Antonia Terán Almeyda, Pierina Geraldine Aquije Gonzales, María Rossana Oliva
de Cuadrado y César Augusto Sotelo Luna,
estando ausente los señores Regidores: Cesar Carlessy Rojas Canales,
Boris Esteban Castro Robles, Isidro Avencio Fajardo Sánchez, Geraldo Enrique De
La Cruz Boga, Luis Enrique Castilla Tasayco y Sergio Eid Kamo Montaldo, sumando
seis (06) ausentes, de un total de once (11), que conforman el Pleno del
Concejo Municipal.
Que,
los Acuerdos de Concejo son normas Municipales que regulan los actos de
gobierno emitidos por el Concejo Municipal en base a la potestad exclusiva que
tienen las Municipalidades de emitir normas en el marco de sus competencias en
observancia a lo establecido en el artículo 39° de la Ley N° 27972 Ley Orgánica
de Municipalidades, asimismo en el artículo 41° de la referida Ley establece
que los acuerdos son decisiones que toma el Concejo referidas a asuntos
específicos, de interés público, vecinal o Institucional, que expresan la
voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse
a una conducta a norma institucional;
Que,
en Sesión Extraordinaria de fecha 06 de abril del 2021presento la defensa del
peticionante Daniel Martínez Melchor, a cargo del Abogado Jorge Luis Pineda
Urbano quien al exponer los hechos y con los fundamentos indicados en el Acta
de fecha 06 de abril del 2021; indicando que el pedido está sustentado en el artículo
22 y numeral 9 de la LOM, culminando que el pedido sea declarado fundado o
procedente el pedido de vacancia de acuerdo a los términos expuestos, indica;
Que,
asimismo, en dicha Sesión de Concejo hizo uso de la palabra el Abog. Héctor
Yataco Carbajal, por parte del Alcalde Armando Huamán Tasayco, quien en su
defensa expuso los argumentos y hechos los cuales se indican en el Acta de la
sesión referida, culminando con el pedido a los miembros del Concejo Municipal
para que se declare Infundado o Rechace el pedido de vacancia en contra del
Alcalde Armando Huamán Tasayco, solicitado por Daniel Martínez Melchor y su
adherente señor flores;
Que, en merito a los documentos del visto, leídos que fueron en su integridad, y después del debate correspondiente, sometido a votación y preguntando a los miembros integrantes del Pleno del Concejo Municipal. Los Señores Regidores que están de acuerdo con la solicitud de vacancia al Concejo Municipal del Sr. Armando Huamán Tasayco, Alcalde de la Municipalidad Provincial de Chincha, por estar incurso dentro de los causales establecidas en el artículo 22° In. 9) concordante con el artículo 63° de la Ley 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, siendo el resultado de la votación tal como se indica:
A FAVOR DE LA VACANCIA: FELIPE HUMBERTO MENDOZA GONZALES, MARIA ANTONIA TERAN ALMEIDA, MARIA ROSSANA OLIVA DE CUADRADO, CESAR AUGUSTO SOTELO LUNA.
EN CONTRA DE LA VACANCIA: CESAR CARLESSY ROJAS CANALES, BORIS ESTEBAN CASTRO ROBLES, ISIDRO AVENCIO FAJARDO SANCHEZ, GERALDO ENRIQUES DE LA CRUZ BOGA, PIERINA GERALDINE GONZALES AQUIJE, LUIS ENRIQUE CASTILLA TASAYCO, SERGIO EID KAMO MONTALDO.
Que, teniendo en consideración la votación efectuada por los miembros del
concejo municipal se determina que el número de regidores que han votado a
favor de la vacancia suman cuatro (04) y el número de regidores que han votado
en contra de la vacancia suman siete(07) con lo cual, no se ha alcanzado el número legal, para establecer
la vacancia, conforme a lo establecido en el instructivo de Vacancia, expedido
por el Jurado Nacional de Elecciones, y en la Ley N° 27972, Ley Orgánica de
Municipalidades, por lo cual dicho pedido ha sido rechazado.
Estando a las atribuciones conferidas
por la Ley N° 27972 Ley Orgánica de Municipalidades y a la Resolución(auto) N°
01, de fecha 11de enero del 2020, con el expediente N° 2021000243 – EL JURADO
NACIONAL DE ELECCIONES, y conforme al Acta de sesión de fecha 29 de abril del
2021, en la que se dio lectura aprobándose sin observaciones por el Pleno del
Concejo Municipal aprobó lo siguiente:
ACORDO:
ARTICULO PRIMERO: RECHAZAR la solicitud de
vacancia del Sr. Armando Huamán Tasayco Alcalde de la Municipalidad Provincia
de Chincha, por la causal establecida en el artículo 22° Inc. 9) concordante
con el artículo 63° de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972., por las
consideraciones indicadas en el presente Acuerdo.
ARTICULO SEGUNDO: ENCARGAR a la Gerencia
de Secretaria General, notificar el presente Acuerdo de Concejo para que
ejerzan su derecho con arreglo a Ley (1) a las partes.
ARTICULO TERCERO: ENCARGAR al responsable del Portal de Transparencia la publicación del presente Acuerdo en la página WEB de la Municipalidad Provincial de Chincha.
Regístrese, comuníquese, publíquese y
archívese
Armando
Huamán Tasayco
ALCALDE
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