lunes, 22 de marzo de 2021

Municipalidad Distrital de San Andrés ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DEL PROCESO DE PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS DEL AÑO FISCAL 2022

  Municipalidad Distrital de San Andrés

           ORDENANZA MUNICIPAL N° 003-2021-MDSA

                          San Andrés, 17  de Marzo  de 2021

LA ALCALDESA  DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANDRES

POR CUANTO:

VISTO:

El Concejo Municipal de San Andrés, mediante acuerdo de Concejo N° 016-2021-CM/MDSA de fecha 17 de Marzo del 2021, Informe N°0308-2021- GPP/MDSA/MELCH, emitido por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto respecto de la aprobación del Proyecto de Ordenanza que aprueba el Reglamento del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados 2022, Informe N°031-2021-MDSA/GAJ, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Informe N°053-2021-GM/MDSA emitido por Gerencia Municipal, y;

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con lo establecido en los Artículos 197º y 198º de la Constitución Política del Perú, las municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local, formulan sus presupuestos con la participación de la población y rinden cuentas de la misma en forma anual, bajo responsabilidad conforme a Ley;

Que, el artículo 53° su primer párrafo de la Ley N° 27972 –Ley Orgánica de Municipalidades- prescribe “Las municipalidades se rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de gestión, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan conforme a la ley de la materia, y en concordancia con los planes de desarrollo concertados de su jurisdicción;

Que, el numeral 17.1 del artículo 17° de la Ley N° 27783 –Ley de Bases de la Descentralización- preceptúa los gobiernos locales están obligados a promover la participación del pueblo en la formulación, debate y concertación de sus planes de desarrollo y presupuestos, a cuyo fin debe garantizar la conformación y funcionamiento de espacios y mecanismos de consulta, coordinación, concertación y control ciudadano, conforme a ley;

Que la Ley N° 28056 -Ley Marco del Presupuesto Participativo, su modificatoria Ley N° 29298, y su reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 097-2009-EF establecen las disposiciones que aseguran la efectiva participación de la Sociedad Civil en el Proceso de Programación Participativa del Presupuesto de los Gobiernos Locales; constituyendo como un aspecto fundamentan para dicho proceso los Planes de Desarrollo Concertado;

Que, por Decreto Supremo N° 142-2009-EF, fue aprobado el Reglamento de la Ley N° 28056 -Ley Marco del Presupuesto Participativo, en cuyo literal a) del artículo 2° señala que el Proceso Participativo es un proceso que fortalece las relaciones Estado-Sociedad, mediante el cual se definen las prioridades sobre las acciones o proyectos de inversión a implementar en el Nivel de Gobierno Local;

Que, mediante Resolución Directoral Nº 007-2010-EF/76.01, el Ministerio de Economía y Finanzas, aprobó el Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01  “Instructivo para el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados”, cuyo objetivo es establecer los mecanismos y pautas para el desarrollo del Proceso del Presupuesto Participativo en los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, y debe estar orientado a resultados con la finalidad que los proyectos de inversión estén claramente articulados a productos específicos que la población necesite, particularmente en aquellas dimensiones que se consideren más prioritarias para el desarrollo regional o local, evitando de este modo ineficiencias en la asignación de los recursos públicos;

Que, finalmente, de conformidad con lo señalado en el Informe N° 0308-2020- GPP/MDSA/MELCH emitido por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, en la cual solicita la aprobación del Reglamento del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados 2022, del Distrito de San Andrés, en cumplimiento a la Décima Sexta Disposición Complementaria de la Ley N° 27972 Ley Orgánica de Municipalidades y la Ley N° 28056 Ley Marco del Presupuesto Participativo y sus Modificatorias, a través del Concejo Municipal;

Que, con Informe N°031-2021-MDSA/GAJ, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, se fundamenta jurídicamente la obligación de aprobar el Reglamento del Proceso de Presupuesto Participativo basado en resultados 2022 del Distrito de San Andrés, que de acuerdo al cuadro de emergencia sanitaria dicho proceso se realizará de manera virtual, asimismo recomienda que se debe contar con un informe técnico del órgano estructurado competente en materia de Participación Vecinal, dentro los cuales se fundamente que la propuesta en referencia formulada, sea acorde con la necesidad de promover la participación vecinal dentro de un proceso técnico, participativo y concertado;

Que, Informe N°053-2021-GM/MDSA emitido por Gerencia Municipal, menciona que teniendo en consideración lo expuesto este despacho recomienda elevar a Sesión de Concejo Municipal para que se proceda a su debate y a su aprobación correspondiente;

Estando a lo expuesto, al Informe citado y de conformidad con lo establecido en el artículo 9° numerales 14, y artículos 39° y 40 de la Ley Orgánica de Municipalidades –Ley N° 27972-, con el voto unánime de los miembros del Concejo Municipal y con la dispensa del trámite de aprobación del Acta, aprobó la siguiente:

 

ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DEL PROCESO DE PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS DEL AÑO FISCAL 2022 DEL DISTRITO DE SAN ANDRES.

 

ARTICULO PRIMERO. - APROBAR el Reglamento del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultado del Año Fiscal 2022 del Distrito de San Andrés, el mismo que consta de tres (03) Títulos, dos (02) Capítulos, once (11) artículos, cinco (05) Disposiciones Finales, el mismo que forma parte de la presente Ordenanza Municipal.

ARTICULO SEGUNDO. - ENCARGAR al Equipo Técnico, Comité de Vigilancia, Agentes Participantes, y órganos competentes de la Municipalidad Distrital de San Andrés, el fiel cumplimiento del presente Reglamento, así como velar por el cumplimiento de los fines del mismo, de conformidad al Instructivo N° 001-2010-EEF/76.01, Instructivo para el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados.

ARTICULO TERCERO. - DEROGAR todas las normas que se opongan a la presente Ordenanza, la misma que rige a partir del día siguiente de su publicación

ARTICULO CUARTO. -. ENCARGAR a Secretaria General la publicación de la presente Ordenanza en el diario oficial de la región, la publicación del reglamento que se aprueba y su publicación, así como en el Portal Institucional de la Municipalidad de San Andrés

REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Julia Maribel De la Cruz Barrientos

ALCALDESA

 

REGLAMENTO DEL PROCESO DE PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS DEL AÑO FISCAL 2022

TITULO I

GENERALIDADES

ARTÍCULO 1°. – APLICACIÓN

El presente reglamento tiene como objetivo promover y regular los procedimientos del Proceso del Presupuesto Participativo por resultados del año 2022, a fin de reforzar la relación del Gobierno Local con la Sociedad Civil y demás actores que participan en dicho proceso, conforme a las disposiciones legales vigentes.

Artículo 2°. - BASE LEGAL.

El presente reglamento se sustenta en el siguiente marco normativo:

        Constitución política del Perú.

        Ley N° 27680 – Ley de Reforma de los Artículos 191°, 194° y 263° de la Constitución Política del Perú sobre Denominación y no Reelección inmediata de Autoridades de los Gobiernos Regionales y de los alcaldes.

        Ley N° 27783 – Ley de Bases de la Descentralización.

        Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades.

        Decreto Legislativo N° 1440, decreto legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.

        Ley N° 28056 – Ley Marco del Presupuesto Participativo y sus Modificatorias.

        Decreto Supremo N° 142-2009-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley Marco del Presupuesto Participativo y modificatorias.

        Resolución Directoral N° 007-2010-EF/76.0, que aprueba el Instructivo N° 001-2010-EF/76.01, Instructivo para el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados.

        Decreto Legislativo N° 1252, que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y Deroga la Ley N° 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública.

        Decreto Supremo N° 027-2017-EF, aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones

        Decreto Supremo N° 097-2009-EF, aprueba criterios para delimitar proyectos de impacto Regional, provincial y distrital en el Presupuesto Participativo.

        Directiva N° 001-2020-EF/50.01, Directiva de Programación Multianual Presupuestaria y Formulación Presupuestaria

ARTÍCULO 3°. - OBJETIVO.

La presente Ordenanza tiene por objeto promover, regular, complementar y establecer mecanismos y pautas para que faciliten el efectivo desarrollo del Proceso de Programación y Aprobación del Presupuesto Participativo Multianual basado en Resultados de la Municipalidad Distrital de San Andrés.

ARTÍCULO 4°. – PRINCIPIOS.

a)      Participación. - Los gobiernos Locales promueven la Participación de la Sociedad Civil en sus Planes de Desarrollo y en el Presupuesto Participativo.

b)      Transparencia. - De tal forma que toda la comunidad tenga información suficiente a cerca de los asuntos públicos.

c)      Igualdad de Oportunidades. - De la Sociedad debidamente organizada para participar sin discriminación de carácter político, ideológico, religioso, racial, género o de otra naturaleza.

d)      Tolerancia. - Garantía de reconocimiento y respeto a la diversidad de opiniones, visiones y postura de quienes conforman la sociedad, como un elemento esencial para la construcción de consensos.

e)      Eficiencia y Eficacia. – El Gobierno Local optimiza los recursos presupuestarios orientados al logro de metas y objetivos del Plan de Desarrollo Concertado.

f)       Equidad. - Igual acceso a las oportunidades e inclusión de grupos y sectores sociales que requieran ser atendidas de manera especial.

g)      Competitividad. -  Los Gobiernos Locales orientan su gestión hacia la competitividad, promoviendo la inversión privada y orientada a las acciones públicas hacia la promoción del desarrollo.

h)     Corresponsabilidad. - Entre el Estado y la Sociedad Civil (Organizaciones de base, identificación de oportunidades, solución de los problemas de la comunidad, ambos relacionados a la priorización de proyectos de desarrollo, respetando los contenidos y alcances del PDC y PP.

i)       Solidaridad. - La disposición de todo agente participante para asumir los problemas de otros como propios, sin interés particulares.

j)       Respeto a los Acuerdos. - La participación ciudadana en los asuntos públicos, se fundamenta en el compromiso de llevar adelante, por parte de todos los actores, las decisiones concertadas, estos acuerdos no pueden ser modificados unilateralmente.

ARTÍCULO 5°. – FINALIDAD.

Establecer lineamientos para el desarrollo y procesos del Presupuesto Participativo basado en Resultados a fin que sirva de herramienta para la toma de decisiones y propiciar la participación activa y concertada de la sociedad civil, en la priorización de acciones y proyectos vinculados a la solución de sus problemas que afectan el desarrollo de la comunidad.

ARTÍCULO 6°. – DEFINICIÓN BÁSICA.

Para efectos del presente Reglamento se considera:

a)      Presupuesto Participativo. - Es un proceso de concertación que se realiza para definir las prioridades de las acciones que implementara la Institución municipal, con la participación de la sociedad organizada; fortaleciendo las relaciones de la Municipalidad Distrital de San Andrés con la sociedad, generando el compromiso de todos los participantes en la gestión de desarrollo.

b)      Agentes Participantes. - Son quienes participan activamente en la discusión, definición, priorización y toma de decisiones respecto de los resultados a ser priorizados en el proceso, así como de los proyectos a ser considerados para contribuir al logro de dichos resultados, así como suscribir las actas y demás instrumentos que garanticen la formalidad del proceso.

c)      Equipo Técnico. - Son los funcionarios y servidores públicos de la Institución Municipal que brindan soporte técnico al proceso y a la actuación de los Agentes Participantes, facilitan información para el desarrollo de los talleres de trabajo, realizando la evaluación técnica y financiera de los proyectos propuestos, así mismo preparan y presentan la lista de proyectos que aprobaron la evaluación técnica y financiera, carecen de facultad de voto.

d)      Plan de Desarrollo Concertado. - Instrumento de Gestión, que contiene la visión del desarrollo de la ciudad, sus objetivos estratégicos y las metas por cumplir a corto y mediano plazo; así como las actividades y proyectos a realizar; todo esto deberá ser concertado entre las autoridades y la sociedad civil.

e)      Plan Estratégico Institucional. - Es un instrumento orientador de la Gestión o que hacer institucional de la Municipalidad Distrital de San Andrés, formulando desde una perspectiva Multianual que contiene la visión de Desarrollo de la ciudad, sus objetivos estratégicos y acciones a realizar concertadas en el Plan de Desarrollo Concertado y Presupuesto Participativo.

f)       Objetivo del Presupuesto Participativo.- Hacer más eficiente la asignación y ejecución en el gasto de los recursos municipales en base a resultados de acuerdo a las prioridades consideradas en los objetivos de los Planes de Desarrollo Concertado y en los Programas Estratégicos del Presupuesto por Resultados, teniendo como valor principal el involucrar a la población en una perspectiva de participación, pero también haciéndola responsable de mejorar los ingresos, es decir una participación con responsabilidad tributaria.

Reforzar la relación entre la municipalidad y sus ciudadanos y organizaciones a fin de que los proyectos de inversión estén orientados y claramente articulados a productos y resultados específicos que la población necesite.

Involucrar y participar a la sociedad civil en la gestión municipal.

g)      Talleres de Trabajo. - Son las reuniones de Trabajo convocadas por la corporación municipal, con la participación de los Agentes Participantes.

 TITULO II

CAPITULO I

DISPOSICIONES GENERALES

ARTÍCULO 7°. – EQUIPO TECNICO

El Equipo Técnico tiene a su cargo la preparación, suministro de información, la evaluación técnica, la asesoría y servir como soporte técnico permanente al proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados 2022, está conformado por:

        Gerente de Planeamiento y Presupuesto – Presidente

        Gerente Municipal – Coordinador

        Gerente de Desarrollo Territorial – Miembro

        Gerente de Desarrollo Económico Y Social -Miembro

        Sub Gerente de Obras Públicas, Supervisión y liquidación de obras  – Miembro

        Gerente de Asesoría Jurídica – Miembro

        DOS (02) representantes de la sociedad civil elegidos durante el proceso

Los representantes de la Sociedad Civil, serán elegidos al inicio de los talleres del Presupuesto Participativo Basado en Resultados 2022, siendo de diferentes sectores quienes se sumarán a los integrantes del Equipo Técnico de la Municipalidad.

Responsabilidad del Equipo Técnico:

1.      Conducir el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados 2022.

2.      Brindar soporte técnico durante el desarrollo del Proceso del Presupuesto Participativo.

3.      Realizar el trabajo de evaluación técnica de los problemas priorizados y dar planteamiento de las alternativas de solución.

4.      Coordinar y desarrollar la evaluación técnica y financiera de los proyectos priorizados.

5.      Preparar y presentar la lista de proyectos que aprobaron la evaluación técnica y financiera.

6.      Elaborar el documento final de “Documento del Presupuesto Participativo para el año fiscal 2022

7.      Presentar y sustentar ante el CCLD los resultados del Presupuesto Participativo.

ARTÍCULO 8°. – COMITÉ DE VIGILANCIA

Está compuesto por tres (03) miembros titulares que representan a la sociedad civil, elegidos por los agentes participantes y se encargaran de hacer acciones de vigilancia ciudadana en el proceso de ejecución año 2022. Su trabajo es Ad-Honorem, por tanto, no recibirán retribución pecuniaria alguna.

Los miembros del Comité de Vigilancia son elegidos por los agentes participantes en el Taller de Priorización y Formalización de Acuerdos, debiendo ser reconocidos formalmente por el Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital de San Andrés, para lo cual deberán cumplir con los siguientes requisitos:

a)      Ser Agente Participante, representante de una organización social de base o de institución privada del distrito de San Andrés

b)      Radicar en el distrito de San Andrés.

c)      No haber sido condenado por delitos o sancionado administrativamente por faltas

ARTÍCULO 9°. – PROCEDIMIENTO.

El proceso del Presupuesto Participativo 2022 será dirigido por funcionarios de la Municipalidad Distrital de San Andrés, quienes conforman el Equipo Técnico, procederán a las siguientes etapas:

1.      Etapa de la Preparación. - Esta fase de responsabilidad compartida entre el alcalde y los miembros del Equipo Técnico, debiendo realizar las acciones de organización del proceso del presupuesto participativo, comunicación y sensibilización.

2.      Etapa de Convocatoria. - Se publicará la Ordenanza que aprueba el Reglamento del Proceso de Presupuesto Participativo, la convocatoria se inicia con difusión y la invitación respectiva de Agentes Participantes para inscribirse y participar al Proceso Participativo, debiendo utilizarse los medios de comunicación que aseguren la participación de los representantes de las distintas entidades del Estado y de la sociedad civil de todos los sectores del distrito debidamente acreditadas convocando a la población debidamente organizada y las organizaciones públicas y privadas que ejecutan acciones en el Distrito de San Andrés, entidades y organismos de cooperación técnica y autoridades del distrito a participar del Proceso de Programación y Aprobación del Presupuesto Participativo de la Municipalidad Distrital de San Andrés.

3.      Etapa de Identificación y Registro de Agentes Participantes. - Se registrarán los interesados en las fechas que oportunamente se señalen en el aviso de convocatoria, para participar en el proceso del Presupuesto Participativo; inscribiéndose en la Sub Gerencia de Participación Vecinal, Servicios y Programas Sociales o en la página web de la Municipalidad Distrital de Túpac Amaru Inca, en donde deberán de acreditar su participación.

3.1    Requisitos para el registro de Agentes Participantes:

Para el registro de los agentes participantes es necesario ser representante de una Organización de la Sociedad Civil, debiendo registrar 2 participantes por organización siendo este miembro titular con derecho a voz y voto durante el proceso del presupuesto participativo y miembro alterno su intervención será solo en el caso que el titular no esté presente; para el cual deberán presentar los representantes de la sociedad civil, son de carácter obligatorio y serán los siguientes:

a)      Solicitud. (Anexo N° 01)

b)    Ficha de Registro de Agente Participante, con carácter de Declaración Jurada. (anexo n° 02)

c)      Fotocopia fedateada o legalizada del documento registral con antigüedad no mayor a tres meses o del libro de Actas de la Organización que demuestre ser una organización de alcance distrital y acredite vida institucional no menor de doce meses antes de la fecha de la solicitud de inscripción.

d)      Constancia de Inscripción de la Organización en Registros Públicos y/o Registro Municipal.

e)      Fotocopia del Documento Nacional de Identidad (DNI) de los Agentes Participantes (TITULAR Y ALTERNO)

Son Responsabilidades de los Agentes Participantes los siguientes:

a)      Asistir puntualmente y participar responsablemente en las diferentes actividades programadas según la secuencia del proceso.

b)      Contribuir con opiniones y aportes.

c)      Suscribir el Acta de Acuerdos y Compromisos, en la cual se recopilan las propuestas deliberadas y aprobadas en los talleres.

3.2 De los Agentes Participantes Representantes de Organizaciones Inscritas en el Proceso

Los Agentes Participantes podrán:

a)      Participar en los diferentes talleres de trabajo, capacitación y coordinación, planteando sus propuestas,     iniciativas y aportes para el desarrollo del proceso.

b)      Presentar propuestas de proyectos de inversión de impacto en su zona vecinal o del distrito.

c)      Las propuestas serán evaluadas de acuerdos a los procedimientos de la presente ordenanza y el plazo de presentación estará establecido en el Cronograma de Actividades.

3.3    De la Acreditación

Los agentes participantes que cumplan los requisitos establecidos serán acreditados por la Gerencia de Planificación y Presupuesto,

4.      Etapa de los Talleres de Trabajo. - Se desarrollarán los siguientes talleres:

a)      Talleres de Sensibilización – Capacitación a los Agentes Participantes

b)      Se desarrollará mediante uno o más eventos presenciales, a fin de que los participantes se informen y comprendan, las tareas que involucran el proceso; lo cual se precisara en la Agenda respectiva, la que detallara la modalidad que se opte por implementar.

c)      Taller de presentación de propuestas:

Los que se podrán practicar bajo la modalidad presencial, la cual se precisara en la Agenda respectiva.

d)      Evaluación Técnica y perfeccionamiento técnico de los proyectos:

El Equipo Técnico realizará, en reuniones de trabajo, la evaluación técnica y financiera de las propuestas de proyectos presentadas en los talleres anteriores y la formulación de proyectos que respondan a los problemas priorizados.

Los resultados de la evaluación técnica será una lista de proyectos que el Equipo Técnico presentará para ser discutida en los Talleres de Priorización y Formalización de Acuerdos. Si el proyecto tiene naturaleza multianual, deberá presentarse los montos estimados de inversión por año, a fin de conocer los niveles de inversión que deberán ser considerados en los montos de inversión que se asignarán al presupuesto participativo de los años siguientes.

El Equipo Técnico identificará y evaluará los estudios de pre inversión u otros que sean necesarios, de acuerdo a las normas del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones INVIERTE.PE, a fin de valorar la viabilidad técnico - operativa de los proyectos públicos presentados a ser considerados en el presupuesto participativo basado en resultados 2020.

e)      TALLER DE PRIORIZACIÓN DE INVERSIÓN:

El taller de priorización de proyectos en base a resultados se realizará luego de efectuada la evaluación que realice el Equipo Técnico a la lista de proyectos identificados en el taller anterior. En este taller, el representante del Equipo Técnico presentará la lista de proyectos que superaron la evaluación técnica y explicará, en el caso de proyectos que no hayan superado la evaluación, las observaciones planteadas a dichos proyectos a priorizar.

El representante del Equipo Técnico ordenará los proyectos de mayor a menor puntaje, siendo los de mayor puntaje los más prioritarios y los de menor puntaje los menos prioritarios. Finalmente, se precisará el costo total de cada proyecto y si cuenta con cofinanciamiento, se indicará el monto para conocimiento de todos los agentes participantes.

Los resultados de este taller deberán ser la lista de proyectos priorizados y un acta donde se formalizan los acuerdos adoptados en el proceso que serán recogidos en el Documento de Presupuesto Participativo.

Los proyectos de inversión que por limitación presupuestales no logren financiamiento, se incluyen en una lista o proyectos alternativos que deberán recogerse en el Acta de Acuerdos y Compromisos, para su consideración en el presupuesto participativo del año siguiente. Si durante la fase de ejecución del presupuesto institucional existiera mayor disponibilidad de recursos estos proyectos deben ser incorporados mediante las modificatorias presupuestarias correspondientes.

5.      Etapa de Formalización de Acuerdos y Compromisos. - Serán establecidos por los Talleres de Agentes Participantes por consenso y si no fuera posible esto, por votación a favor de la mitad más uno de los Agentes Participantes con derecho a voto en primera convocatoria y en segunda convocatoria bastará con la votación de la mayoría simple de los Agentes Participantes asistentes con derecho a voto. El Equipo Técnico elaborará el Acta de Acuerdos y Compromisos del Presupuesto Participativo.

ARTÍCULO 10°. – PUBLICACION.

Luego de aprobados por el Concejo Municipal los documentos del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados 2022, el Alcalde dispondrá su publicación para conocimiento de la comunidad, en el portal Web de la Municipalidad. Asimismo, los detalles del proceso participativo y sus resultados, serán registrados en el Aplicativo del Presupuesto Participativo del Ministerio de Economía y Finanzas, en su debida oportunidad.

ARTÍCULO 11°. – CRONOGRAMA.

El cronograma para el proceso será de aplicación conforme a lo señalado en el Instructivo N° 001-2010-EF/76.01 u otros dispositivos indicados por el Ministerio de Economía y Finanzas, asimismo mediante Resolución de Alcaldía se formulará el cronograma correspondiente a propuesta del Equipo Téc

 TITULO III

CAPITULO II

DISPOSICIONES FINALES

nico del Presupuesto Participativo Basado en Resultados del 2022, según modelo establecido en el Anexo N° 03.PRIMERA. - Todo asunto no previsto en el presente Reglamento, será resuelto por el Equipo Técnico, en estricto cumplimiento de la normatividad vigente.

SEGUNDA. - La Gerencia de Asesoría Jurídica brindará el soporte técnico legal que sea solicitado para los fines del Proceso Participativo y el área de Imagen Institucional se encargará de la difusión, comunicación y sensibilización en las diferentes etapas del proceso.

TERCERA. - El Gerente Municipal en coordinación con los Gerentes responsables del Equipo Técnico queda encargado del cumplimiento y logros de los fines y objetos de la presente Ordenanza; a tal efecto, deberá brindar al Equipo Técnico a través de las Unidades Orgánicas pertinentes las facilidades logísticas y financieras que sean necesarias para el cumplimiento de las actividades del desarrollo del Proceso del Presupuesto Participativo.

CUARTA. - El Alcalde en uso de sus facultades podrá disponer la emisión de normas que permitan el mejor desempeño de este proceso.

QUINTA. - La presente Ordenanza entrara en vigencia al día siguiente de su publicación, encargándosele a la Secretaria General y al área de  Informática la Publicación del texto integral en el portal institucional.


 

  

ANEXO N° 03

CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS 2022

 

FASE DEL PROCESO

 

ACTIVIDADES

 

FECHAS

 

RESPONSABLES

FASE DE PREPARACIÓN

CONVOCATORIA Y DIFUSION:

Promoción de participación

Población organizada, instituciones públicas y privadas

18 – 19 de marzo vía Facebook Institucional, perifoneo y Página Web

·        Gerencia de Desarrollo Económico y Social

·        Secretaria general

INSCRIPCION

-    Inscripción de agentes participantes

-    Acreditación de agentes participantes

-    Publicación de los agentes participante acreditados

19-22 de marzo desde las 9:00 am hasta las 2.00 pm

 

·         Gerencia de Desarrollo Económico y Social

·         Gerencia de Planeamiento y Presupuesto

·         Secretaria General

 

 

 

FASE DE CONCERTACION

- TALLER DE SENSIBILIZACIÓN

CAPACITACIÓN DE AGENTES PARTICIPANTES

TEMAS:

·   Presupuesto participativo por resultados.

·   Rol y participación de la sociedad civil en el presupuesto participativo.

 

 

 

23 de marzo

Desde las 3.00 pm a 7.00 pm

 

 

·        Equipo técnico

·         Gerencia de Planeamiento y Presupuesto

·         Gerencia de Desarrollo Económico y Social

·   Sistema Nacional de programación multianual y gestión de inversiones (invierte.pe).

·   Proyectos con enfoque municipal.

·   Socialización de fichas técnicas.

 

Gerencia de Desarrollo Territorial

 

Sub Gerencia de Obras Públicas, Supervisión y Liquidación de Obras

Taller de presentación de propuestas

Elección de 02 miembros de la sociedad civil para que se integren al equipo técnico.

Equipo técnico

Evaluación de la propuesta presentada por los agentes participantes.

Equipo técnico

 

 

 

 

FASE DE FORMALIZACION

Presentación de proyectos priorizados

Rendición de cuenta

Elección de comité de vigilancia presupuesto participativo 2021.

24 de marzo

Desde las 3.00 pm a 7.00 pm

 

 

Alcaldesa

 

 

Equipo técnico

Incorporación de proyectos aprobados en el presupuesto institucional.

Gerencia de Planeamiento y Presupuesto

Culminación del registro del proceso del presupuesto en el aplicativo del MEF publicar el informe ejecutivo del presupuesto participativo 2021 en el portal web institucional.

Gerencia de Planeamiento y Presupuesto

 

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