A la fecha se ha atendido el 66% de las solicitudes de devolución de Personas Naturales
Cerca de 500 mil contribuyentes han cumplido con presentar la Declaración Anual del Impuesto a la Renta 2020 antes del inicio del cronograma final de vencimientos que empieza hoy con aquellos cuyo último dígito de RUC es el cero (“0”), y que concluirá el próximo 12 de abril, informó la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT).
De la cantidad de declaraciones presentadas,
el 62%, es decir, más de 300 mil, involucra a Rentas de Trabajo de Personas
Naturales quienes han cumplido con presentar la declaración utilizando el
Formulario Virtual N° 709, disponible en el portal institucional
www.sunat.gob.pe o mediante un smartphone con el APP Personas.
En el caso de empresas se tienen registradas
casi 200 mil declaraciones presentadas utili-zando el Formulario Virtual N° 710
disponible en la plataforma SUNAT Operaciones en Línea, a la que se puede
ingresar con su Clave SOL y Código de Usuario. Se estima que deben presentar
la declaración anual unas 700 mil, pertenecientes a los regímenes General y/o
MY-PE Tributario (no están obligadas a presentarla los contribuyentes del
Nuevo RUS y del Régimen Especial de Renta).
Para mayores facilidades al presentar la
declaración, estos contribuyentes tienen dos ver-siones del Formulario Virtual
N° 710, el simplificado o completo, con información referencial del saldo a
favor, los pagos a cuenta y las retenciones del impuesto, así como el
Impuesto Temporal a los Activos Netos (ITAN) que no haya sido aplicado como
crédito contra los pagos a cuenta.
En el caso de las personas naturales, cumplir con esa obligación es sencillo y puede rea-lizarse, en minutos, mediante el APP Personas o SUNAT
Operaciones en Línea, sin necesidad de
acudir a un centro de servicios al contribuyente. Asimismo, presentar la
declaración no necesariamente implica pagar un impuesto, porque el
contribuyente puede tener saldo a favor, y recibir una devolución, o puede
optar por aplazar o fraccionar la deuda tributaria, según sea el caso.
En el caso de las personas naturales, se
estima que de las 600 mil personas que deben presentar su declaración, 250 mil
tienen una devolución por cobrar. A la fecha ya se han presentado unas 120 mil
solicitudes de las cuales se han atendido 80 mil (106 millones de soles
devueltos), en un plazo menor a los 45 días hábiles establecidos legalmente.
Las devoluciones se pueden realizar mediante
un depósito en cuenta (siempre y cuando haya registrado previamente su Código
de Cuenta Interbancario, si no lo hizo lo puede hacer por Internet), orden de
pago financiera o cheque.
En caso lo necesiten, las personas y
empresas tienen la posibilidad de solicitar el frac-cionamiento o aplazamiento
del pago del impuesto determinado, inmediatamente después de presentar la
declaración, sin necesidad de acudir a una oficina de SUNAT.
A la fecha se han recibido solicitudes de
fraccionamiento por más de S/ 20 millones, principalmente de Personas
Naturales.
Cabe indicar que se puede aplazar la deuda
hasta por seis meses, fraccionarla hasta por 72 meses o el aplazarla y
fraccionarla a la vez. La tasa de interés aplicable al fraccionamiento es
del 0.8% mensual. Solo se requerirán garantías siempre y cuando la deuda
supere las 100 UIT (S/ 440,000).
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