lunes, 26 de octubre de 2020

Produce propone mejoras en mecanismos de control y fiscalización vinculados al uso de alcohol etílico y bebidas alcohólicas en actividades productivas

  

 DE ACUERDO CON EL PROYECTO DE NUEVO REGLAMENTO SOBRE CONTROL Y  FISCALIZACIÓN DEL ALCOHOL ETÍLICO



El objetivo es prevenir riesgos para la seguridad y la vida de las personas derivados del uso indebido del alcohol etílico

El alcohol etílico o etanol es utilizado en el Perú, principalmente, en la industria de bebidas alcohólicas, debido a que es el principal insumo para su elaboración.

Con el fin de proteger y salvaguardar el derecho a la seguridad de los consumidores, el Ministerio de la Producción (Produce) publicó recientemente el proyecto de Decreto Supremo que aprueba el nuevo Reglamento de la Ley para erradicar la elaboración y comercialización de bebidas alcohólicas informales, adulteradas o no aptas para el consumo humano.

De esta forma, se actualizaría la regulación prevista por el DS Nº 005-2013-Produce, toda vez que actualmente no se establecen disposiciones que faciliten a los gobiernos locales una correcta fiscalización de dichas actividades, lo cual resulta riesgoso si se tiene en cuenta la magnitud de la posible afectación a la salud de la población en general.

Entre sus objetivos, el proyecto busca eliminar los procedimientos de autorización, cierre y traslado de los registros especiales del alcohol etílico, así como la renovación de la inscripción en el Registro Único de Usuarios y Transportistas Etílico.

Refiere, además, crear el procedimiento de autorización de uso del alcohol etílico para fines no comerciales, así las personas naturales o jurídicas, que exclusivamente emplean alcohol etílico para fines educativos o de investigación, no se encontrarán obligadas a inscribirse en el Registro Único de Usuarios y Trasportistas de Alcohol Etílico.

De igual forma, busca aplicar el silencio administrativo negativo en la mayoría de los procedimientos administrativos previstos, tomando en cuenta que el bien jurídico que se pretende proteger con la regulación es fundamental para el bienestar del ser humano.

En tal sentido, se precisa que los trámites de los procedimientos, vinculados al Registro Único de Usuarios y Transportistas Etílico, y al Registro de Comercializadores de Bebidas Alcohólicas, se realizarán a través de los gobiernos regionales y la Municipalidad Metropolitana de Lima, en función del domicilio fijado por el usuario de dichos registros.

De este modo, la propuesta de nuevo reglamento permitirá a los agentes económicos, que desarrollan estas actividades en el interior del país, eliminar los costos asociados a la tramitación

Asimismo, la emisión de la propuesta permitirá al Estado contar con un marco normativo adecuado que le permita realizar una actividad de fiscalización y sanción eficiente.

   Finalmente, la ciudadanía en general tiene un plazo de 90 días calendario, contados desde el 16 de octubre, para remitir sus opiniones, comentarios y/o sugerencias a la sede de Produce, con atención a la Dirección de Normatividad de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio, y/o a la dirección electrónica dn@produce.gob.pe.

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