LÍMITE DE CHINCHA-CAÑETE
Ante
la enorme y desproporcionada medida tomada por el ejecutivo con relación a los
Limites de Chincha - Cañete al entregar más de 500 hectáreas para que Cañete
construya un cementerio para los contagiados con el COVID 19 y el resto para
depósito de residuos sólidos, les traigo a la memoria una información que hice
conocer hace algún tiempo atrás con relación a un Testamento de 1767 en el que
se hace mención a dos importantes datos: uno es el referente a la denominación
que se hace de Chincha como: “El Pueblo de Santo Domingo de la Corona Real de
Chincha" y el segundo también de suma importancia, que se refiere a los
límites de Chincha con Cañete”: Tengo y poseo, por mi propia una hacienda de
Pan llevar- nombrada Topará que está en
el Valle y Linda desde la Cuesta Colorada hasta la orilla del Mar,...por la una
banda de la Quebrada, y por la otra banda de dicha Quebrada.... desde el Alto
de Raquina hasta la propia orilla del Mar, y por ese referido lado sigue el
lindero hasta la Cruz de Piedra, que es donde separa. un Camino para Herbay, y
por la otra banda que su lindero hasta la Pampa - del Cardenal, que se va para
el citado Chincha, 1a. cual dicha hacienda pares como mía propia".
Como
este Testamento se hizo conocer hace algunos años atrás pero como siempre se ha
tratado de desmerecer el trabajo de investigación que realizó, en dicho
testamento que es el que ha permitido que se puedan encontrar más documentos
por parte de un grupo de personas interesadas en estos Límites, allí se hace
mención a don Lope Hurtado de Mendoza y Figueroa, Virrey de Cañete y que
Chincha pertenecía a la jurisdicción de la Villa de Cañete.
Este
documento único, pues no existe otro en los Archivos de La Nación, y que por su
interés y valor es una joya.
Fuente:
Testamento
de Jhosep de Guineo 1767 - Arch. S. Perona
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