Municipalidad Provincial de Pisco
DECRETO N° 004-2020-MPP-ALC
Pisco,
26 de agosto de 2020
EL
ALCALDE DE LA PROVINCIA DE PISCO
VISTA:
La
Ordenanza N° 020-2015-MPP, de fecha 17 de julio de 2015, que dispone el
Embanderamiento General y Obligatorio de las viviendas, instituciones públicas,
privadas y establecimientos comerciales en la jurisdicción del radio urbano de
la provincia de Pisco; y,
CONSIDERANDO:
Que,
la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley de Reforma
Constitucional Nº 28607, establece en su artículo 194º, que las Municipalidades
Provinciales y Distritales son Órganos de Gobierno Local con autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que,
conforme lo establece el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972,
Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía
política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, siendo que
la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las
municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno,
administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que,
el día 08 de setiembre del presente año, se conmemora el Día Cívico de Pisco y
el Bicentenario del Desembarco de la Expedición Libertadora al mando del
General don José de San Martín;
Que,
esta gestión municipal, cumpliendo con el deber de incentivar la participación
cívica de los vecinos, ha adoptado como política de Gobierno Local, promover en
la comunidad pisqueña los valores cívicos patrióticos, generando conciencia
cívica y resaltando el respeto a los símbolos patrios;
En uso
de las facultades conferidas por el numeral 6) del artículo 20º y artículo 42º
de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y en aplicación del
artículo cuarto de la Ordenanza N° 020-2015-MPP;
SE
DECRETA:
Artículo
Primero.- DISPONER con carácter obligatorio el Embanderamiento general de las
viviendas, instituciones públicas, privadas y establecimientos comerciales en
la jurisdicción del radio urbano de la provincial de Pisco, desde el 29 de
Agosto al 11 de setiembre, con motivo de la celebración del Día Cívico de Pisco
y el Bicentenario del Desembarco de la Expedición Libertadora al mando del
General don José de San Martín.
Artículo
Segundo.- RECOMENDAR, a los vecinos del cercado de Pisco, la limpieza y el
embellecimiento de las fachadas de sus predios, como muestra de respeto a esta
festividad.
Artículo
Tercero.- ENCÁRGUESE, a la Unidad de Imagen Institucional la difusión del presente Decreto de Alcaldía,
y a la Unidad de Sistemas la publicación en el Portal Institucional de la
Municipalidad (www.munipisco.gob.pe).
REGÍSTRESE,
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Lic. Juan Enrique Mendoza Uribe
ALCALDE
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