lunes, 31 de agosto de 2020

Municipalidad Provincial de Pisco DECRETO


Municipalidad Provincial de Pisco
DECRETO N° 004-2020-MPP-ALC
                                                                                         Pisco, 26 de agosto de 2020
EL ALCALDE DE LA PROVINCIA DE PISCO
VISTA:
La Ordenanza N° 020-2015-MPP, de fecha 17 de julio de 2015, que dispone el Embanderamiento General y Obligatorio de las viviendas, instituciones públicas, privadas y establecimientos comerciales en la jurisdicción del radio urbano de la provincia de Pisco; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley de Reforma Constitucional Nº 28607, establece en su artículo 194º, que las Municipalidades Provinciales y Distritales son Órganos de Gobierno Local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, conforme lo establece el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, siendo que la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, el día 08 de setiembre del presente año, se conmemora el Día Cívico de Pisco y el Bicentenario del Desembarco de la Expedición Libertadora al mando del General don José de San Martín;
Que, esta gestión municipal, cumpliendo con el deber de incentivar la participación cívica de los vecinos, ha adoptado como política de Gobierno Local, promover en la comunidad pisqueña los valores cívicos patrióticos, generando conciencia cívica y resaltando el respeto a los símbolos patrios;
En uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del artículo 20º y artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y en aplicación del artículo cuarto de la Ordenanza N° 020-2015-MPP;
SE DECRETA:
Artículo Primero.- DISPONER con carácter obligatorio el Embanderamiento general de las viviendas, instituciones públicas, privadas y establecimientos comerciales en la jurisdicción del radio urbano de la provincial de Pisco, desde el 29 de Agosto al 11 de setiembre, con motivo de la celebración del Día Cívico de Pisco y el Bicentenario del Desembarco de la Expedición Libertadora al mando del General don José de San Martín.
Artículo Segundo.- RECOMENDAR, a los vecinos del cercado de Pisco, la limpieza y el embellecimiento de las fachadas de sus predios, como muestra de respeto a esta festividad.
Artículo Tercero.- ENCÁRGUESE, a la Unidad de Imagen Institucional  la difusión del presente Decreto de Alcaldía, y a la Unidad de Sistemas la publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad (www.munipisco.gob.pe).
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
                                                          Lic. Juan Enrique Mendoza Uribe
                                                                               ALCALDE


0 comentarios:

Publicar un comentario

Con la tecnología de Blogger.