MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE TÚPAC AMARU INCA – PISCO
ORDENANZA
QUE MODIFICA EL CALENDARIO DE PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS PARA EL
EJERCICIO 2020
ORDENANZA MUNICIPAL N°
006-2020-MTAI
Tupa
Amaru Inca, 31 de marzo del 2020
EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE TUPA AMARU
INCA
VISTO:
En la Sesión Ordinaria de fecha 31 de marzo del
2020, el Informe N° 173-2020-GA-MDTAI de la Gerencia de Administración; sobre
la Ordenanza que modifica el Calendario de Pago del Impuesto Predial y
presentación de la Declaración Jurada y Liquidación del Impuesto Predial para
el Ejercicio 2020; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194° de la Constitución Política
del Perú reconoce a los Gobiernos Locales autonomía política, económica y
administrativa en los asuntos de su competencia; así como, potestad tributaria
para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y
derechos municipales; en concordancia con el articulo II del Título Preliminar
de la Ley N° 27972 Ley Orgánica de Municipalidades.
Que, el artículo 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades,
Ley N° 27972, en su segundo párrafo dispone que mediante ordenanzas se crean,
modifican, suprimen o exoneran de los arbitrios, tasas, licencias, derecho y
contribuciones dentro de los límites establecidos por Ley;
Que, mediante Ordenanza Municipal N°
001-2020-CM-MDTAI del 20-01-2020 se aprobó un monto mínimo a pagar por concepto
del impuesto equivalente a 0.6% de la UIT vigente al 01 de enero del año al que
corresponde el impuesto, siendo la Unidad Impositiva Tributaria en S/ 4,300.00 soles,
el pago mínimo deberá ser S/ 25.80 (Veinticinco y 00/100 Soles)
Que, con la misma Ordenanza Municipal se aprobó el
cobro por el servicio de emisión mecanizada de actualización de valores,
determinación de impuestos y recibos de pago correspondiente, incluida su
distribución a domicilio, un importe no mayor al 0.4 % de la Unidad Impositiva
Tributaria vigente al 01 de enero de cada ejercicio; porcentaje que se ha
mantenido para el presente año, fijándose en la suma de S/ 9.03 (Nueve y 00/100
Soles); estableciéndose asimismo que los contribuyentes abonarán adicionalmente
la suma de S/ 3.40 (Tres y 40/100 soles) por concepto de HR–Hoja de Resumen,
PU–Predio Urbano, adicionales.
Que, mediante Ordenanza Municipal N°
001-2020-CM-MDTAI del 20-01-2020 se aprobó la TIM para
este siendo igual al de la SUNAT mantiene la Tasa de Interés Moratoria TIM la
establecida mediante R.S. N°
296-2011/SUNAT, del 1.2 %. Asimismo, en el Artículo
Tercero. Se aprobó las fechas de
vencimiento del pago del Impuesto Predial del ejercicio 2020:
a)
Al
contado hasta el último de día hábil de febrero del 2020.
b)
En
forma fraccionada hasta en cuatro cuotas trimestrales según sigue:
1era Cuota: HASTA EL 28 DE FEBRERO DEL 2020
2da Cuota: HASTA EL 29 DE MAYO 2020
3ra Cuota: HASTA EL 31 DE AGOSTO 2020
4ta Cuota: HASTA EL 30 DE NOVIEMBRE 2020
Estando a lo expuesto, con
el visto bueno del Asesor Legal y de conformidad con lo establecido en los
numerales 8) y 9) del artículo 9° y el artículo 40° de la Ley Orgánica de
Municipalidades, Ley N° 27972, con dispensa del trámite de lectura y aprobación
del Acta, el Concejo Municipal aprobó por unanimidad la siguiente:
ORDENANZA QUE MODIFICA EL
CALENDARIO DE PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS PARA EL EJERCICIO 2020
Artículo Primero. - Aprobar la
modificación de las fechas de vencimiento del pago
del Impuesto Predial del ejercicio 2020, el cual variará conforme se levanten
las medidas de emergencia y correrá los meses consecutivamente:
a)
Al
contado hasta el último de día hábil de abril del 2020.
b)
En
forma fraccionada hasta en cuatro cuotas trimestrales según sigue:
1era Cuota: HASTA EL 30 DE ABRIL DEL 2020
2da Cuota: HASTA EL 30 DE JUNIO 2020
3ra Cuota: HASTA EL 31 DE AGOSTO 2020
4ta Cuota: HASTA EL 30 DE NOVIEMBRE 2020
Artículo Segundo. - La presente Ordenanza
entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación.
Artículo Tercero. - Encargar a la Gerencia
de Municipal, Gerencia de Administración y a la Gerencia de Administración
Tributaria el cumplimiento de la presente Ordenanza.
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE,
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Santiago José De la Cruz Ochoa
Alcalde
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