miércoles, 18 de marzo de 2020

Trabajadores que podrán circular durante la cuarentena deberán tramitar su pase especial de tránsito



A fin de que los trabajadores del país no tengan contratiempos, les hacemos recordar que deberán tramitar ante la Policía Nacional su pase especial de tránsito, tal como lo dispone el Comunicado Mininter N° 001 de fecha martes 17 de este mes, cuyo trámite será online y exclusivo para personal dedicado a actividades esenciales. En sus principales artículos dice:
El Ministerio del Interior informa que los trabajadores dedicados a las actividades esenciales, especificadas en el artículo 4 del Decreto Supremo que declara Emergencia Nacional y Aislamiento Social Obligatorio, deberán tramitar su pase especial de tránsito para poder circular durante la cuarentena.
Dice en el segundo punto que para tal efecto, deberán ingresar a la página para Solicitar pase especial de tránsito y llenar el formulario respectivo.
El tercer paso indica, una vez obtenido el pase especial de tránsito deberán portarlo impreso y/o como captura de pantalla en su teléfono celular para mostrarlo, junto con su DNI, cada vez que sean intervenidos por la Policía Nacional o la Fuerza Armada.
Se agrega que cada solicitud ingresada será corroborada con las diversas bases de datos del Estado como Sunat, Reniec, Policía Nacional, Poder Judicial, Ministerio de Trabajo, entre otras, con el fin de verificar la veracidad de la información declarada.
En sus siguientes artículos se indica en este Comunicado: “Aquellas personas que ingresen su solicitud, pese a que NO están consideradas como trabajadores de actividades esenciales no solo serán rechazados en el trámite, sino que además serán pasibles de detención y denuncia penal. Para ello se ha instruido a los Procuradores del Ministerio del Interior y se realizan las coordinaciones con el Ministerio Público”.
 Se informa allí que el pase especial de tránsito considerará una ruta específica del portador desde su domicilio hasta su centro de labores. De encontrarse transitando en una zona distinta a esta ruta, será intervenido por la Policía Nacional y la Fuerza Armada.
En el artículo sétimo dice: La PNP y la Fuerza Armada podrán solicitar documentación adicional a los portadores de los pases, en caso lo considerasen necesario.

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