sábado, 28 de marzo de 2020

Ley de Protección Policial fue promulgada por el Congreso de la República



El Congreso de la República promulgó la Ley de Protección Policial, la que tiene seis artículos y Disposiciones Complementarias por la cual se otorga protección policial legal al personal de la Policía Nacional, que en ejercicio regular de su función constitucional hace uso de sus armas o medios de defensa, en forma reglamentaria causando lesiones o muerte.

La citada Ley, lleva el número 31012 y en sus dos primeros artículos dice:
Artículo 1. Objeto, dice:
“La presente ley tiene por objeto otorgar protección legal al personal de la Policía Nacional del Perú que, en ejercicio regular de su función constitucional, hace uso de sus armas o medios de defensa, en forma reglamentaria causando lesiones o muerte y brindar el servicio de asesoría y defensa legal gratuita al personal policial, que afronta una investigación fiscal o un proceso penal o civil derivado del cumplimiento de la función policial, señaladas en el Decreto Legislativo N° 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú y Decreto Legislativo N° 1186, Decreto Legislativo que regula el uso de la fuerza por parte de la Policía Nacional del Perú.
En estas circunstancias al ejercer su derecho a su legítima defensa y de la sociedad establecido en la ley, el principio de razonabilidad de medios será interpretado a favor del personal policial interviniente, estableciendo mecanismos procesales que eviten menoscabar el principio de autoridad policial.”
En su segundo Articulo indica:
“La presente ley tiene por finalidad garantizar la eficiencia del servicio que presta el personal policial en el cumplimiento de su función constitucional, cuando hacen uso de sus armas o medios de defensa en forma reglamentaria y de esta manera gocen de la protección legal del Estado”.

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