MUNICIPALIDAD
PROVINCIAL DE PISCO
ORDENANZA
N° 024-2019-MPP
Pisco, 27 de diciembre de 2019
El Alcalde de la Municipalidad
Provincial de Pisco
POR CUANTO:
VISTOS:
En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 26 de diciembre
de 2019 el Informe Nº 2529-2019-MPP-GDSE emitido por la Gerencia de Desarrollo
Social y Económico, sobre la Ordenanza que aprueba LA IMPLEMENTACIÓN DE LA
ESTRATEGIA DE MONITOREO SOCIAL DE LAS PRESTACIONES DE LOS PROGRAMAS SOCIALES DE
LA PROVINCIA DE PISCO; y
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el
artículo 194 y 195 de la Constitución Política del Perú las Municipalidades tienen
competencias, entre otras, para organizar, reglamentar y administrar los
servicios públicos locales, es de su responsabilidad planificar el desarrollo
urbano y rural de sus circunscripciones y ejecutar los planes y programas
correspondientes y el Artículo 197 precisa que las municipalidades promueven,
apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local.
Que, de acuerdo a lo indicado en el
artículo I del Título Preliminar de la Ley N°27972, Ley Orgánica de
Municipalidades, las municipalidades provinciales y distritales son los órganos
de gobierno promotores del desarrollo local, asimismo, de acuerdo al artículo
IV de la misma Ley, tienen por finalidad representar al vecindario, promover la
adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral,
sostenible y armónico de su circunscripción;
Que, mediante Resolución Suprema
N°002-2015-MIDIS, el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social crea el Premio
Nacional “Sello Municipal INCLUIR PARA CRECER Gestión Local para las personas”,
como reconocimiento del Estado a los Gobiernos locales que cumplan eficazmente con
los indicadores que contribuyan a la mejora de los servicios públicos
orientados a los ciudadanos y ciudadanas, en el marco de la Política Nacional
de Desarrollo e Inclusión Social;
Que, mediante Resolución Ministerial N°
170-2019-MIDIS, se aprueba las bases de la Edición Bicentenario del Premio
Nacional “Sello Municipal INCLUIR PARA CRECER. Gestión Local para las
personas”; en el cual se establece el Eje Estratégico como eje de la Estrategia
Nacional de Desarrollo e Inclusión Social, cuyo producto “Municipalidad
implementa mejoras complementarias a la prestación de los servicios de los
Programas Sociales adscritos al MIDIS”, considera el monitoreo social como una
estrategia para fortalecer la gobernanza local y contribuir en el mejoramiento
de las prestaciones de los programas sociales presentes en el territorio, al
servicio de los ciudadanos más necesitados por su condición de pobreza y
vulnerabilidad;
Que, mediante Acta de Sesión de Concejo
Municipal de fecha 29 de agosto de 2019 el Concejo Municipal autorizó la
inscripción de la municipalidad en la Edición Bicentenario del Premio Nacional
“Sello Municipal INCLUIR PARA CRECER. Gestión Local para las personas”, así
como aceptar las metas asignadas al distrito para cada producto e indicadores,
y promover acciones para cumplirlas;
En este sentido, es menester para la
gestión municipal dictar las medidas que se estimen necesarias para efectos de
regular los aspectos establecidos en las bases de la Edición Bicentenario del
Premio Nacional “Sello Municipal INCLUIR PARA CRECER. Gestión Local para las
personas”.
Por tanto, estando a los considerandos
precedentes y los antecedentes normativos precitados, en uso de las facultades
conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, contando con el
voto aprobatorio de la MAYORÍA del Concejo Municipal;
SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO. - DECLARAR, de prioridad municipal implementación de la
estrategia de Monitoreo social de los programas sociales, como mecanismo de
fortalecimiento de la Gestión Local en la Provincia de Pisco y Región de Ica
ARTÍCULO SEGUNDO. - ESTABLECER, La implementación de la estrategia de
Monitoreo Social para abordar los aspectos de eficacia y oportunidades de
mejora complementarias de las prestaciones de los programas sociales presentes
en el territorio, en el ámbito de las competencias municipalidades.
ARTÍCULO TERCERO. - NOTIFÍQUESE, la presente a los miembros integrantes del
Equipo Técnico Municipal para el Premio Sello Municipal Edición Bicentenario.
POR LO TANTO:
MANDO SE REGISTRE, PUBLIQUE, COMUNIQUE Y
CUMPLA.
Lic. Juan Enrique Mendoza Uribe
Alcalde
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