viernes, 27 de septiembre de 2019

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHINCHA BAJA - ORDENANZA MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHINCHA BAJA
ORDENANZA MUNICIPAL N° 008-2019-MDCHB
Chincha Baja, 24 de Setiembre del 2019
El Concejo de la Municipalidad Distrital de Chincha Baja;
POR CUANTO. -
El Concejo Municipal del Distrito de Chincha Baja en Sesión Ordinaria de fecha 24 de Setiembre del 2019, el Acuerdo de Concejo N° 0066-2019-MDCHB, el Informe N° 299-2019-MDCHB/OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica, en el cual se trató el Informe N° 069-2019-MDCHB/ORT de la Oficina de Rentas y Tributación, sobre la Campaña de Beneficio Tributario de EXONERACIÓN DE MORAS Y ACTUALIZACIÓN DE DATOS A CERO COSTO, y;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, las Municipalidades Distritales son Órganos de Gobierno Local que gozan de Autonomía Política, Económica y Administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, la Norma IV del Texto único Ordenado del Código Tributario, establece que los Gobiernos Locales mediante Ordenanza puedan crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, Arbitrios, Licencias y derechos o exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la ley; asimismo, el artículo 41° de la citada norma legal indica que excepcionalmente, los Gobiernos Locales podrán condonar, con carácter general, el interés moratorios y las sanciones, respecto de los tributos que administren;
Que, en mérito de la Celebración por el 482° Aniversario de Fundación Española del Distrito de Chincha Bajase ha planteado medidas y estrategias de Recaudación respecto al Impuesto Predial, en base a la política de la actual Gestión Municipal;
Que, conforme al primer párrafo del artículo 39° y primer párrafo del artículo 40° del mismo cuerpo legal, los concejos municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobación de Ordenanzas y acuerdos. Las Ordenanzas de las Municipalidades Distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general mayor jerarquía en la estructura normativa Municipal, por medio de las cuales se aprueba la Organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la Municipalidad tiene competencia normativa;
Que, el artículo 9° numeral 9 de la Ley 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, Crear, modificar, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos, conforme a ley;
Que, de conformidad con el Informe N° 299-2019-MDCHB/OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica, el Informe N° 069-2019-MDCHB/ORT de la Oficina de Rentas y Tributación, el articulo IV del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 9° numeral 8) de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley N° 27972, con el VOTO UNÁNIME de los miembros del Concejo Municipal del Distrito de Chincha Baja, y la dispensa de la Lectura y aprobación del Acta, se aprobó la siguiente:
ORDENANZA MUNICIPAL DE BENEFICIO TRIBUTARIO DE EXONERACIÓN DE MORAS Y ACTUALIZACIÓN DE DATOS A CERO COSTO.
ARTÍCULO PRIMERO. - APROBAR el BENEFICIO TRIBUTARIO de Exoneración de Moras al 100% de Impuesto Predial de Deudas Vencidas al 30 de Setiembre del 2019, aplicable a contribuyentes deudores del Distrito de Chincha Baja.
ARTÍCULO SEGUNDO. –DEJAR sin efecto el Pago dela Tasa correspondiente por Concepto de la Modificación y/o Actualización de Datos (Apellidos Incorrectos, Áreas, DNI, etc.).
ARTÍCULO TERCERO. –DISPONER que la presente Ordenanza Municipal entre en vigencia a partir del 01 de Octubre del 2019, siendo publicado en el Diario Oficial autorizado de la localidad.
ARTÍCULO CUARTO. –DIRIGIR el presente beneficio Tributario a personas Naturales y Jurídicas en Etapa de Cobranza Ordinaria, Excluyendo a contribuyentes que se encuentren en Proceso de Fiscalización y/o Cobranza Coactiva.
ARTÍCULO QUINTO. – EL PLAZO del presente Beneficio Tributario de Exoneración y Actualización se dará durante el Mes de Octubre y Noviembre del 2019 (del 01 de Octubre al 30 de Noviembre del 2019).
POR TANTO:
MANDO SE REGISTRE, COMUNIQUE, PUBLIQUE Y CUMPLA
Emilio Del Solar Salazar
Alcalde


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