martes, 3 de septiembre de 2019

Con el objeto fortalecer la prevención y sanción de los delitos contra la libertad e indemnidad sexual Primera Sala Penal de Apelaciones de Ica Confirma Cadena Perpetua por Violación Sexual a Menor



SUPERIOR COLEGIADO CORROBORÓ QUE SE ENCUENTRA ACREDITADO EL DELITO Y LA RESPONSABILIDAD PENAL DEL SENTENCIADO JOAO ALEXIS QUISPE VENTURA
La Primera Sala Penal de Apelaciones y de Flagrancia de Ica, conformada por los señores jueces superiores Osmar Albújar De La Roca (Presidente), Segundo Florencio Jara Peña (Director de Debate) y Rafael Salazar Peñaloza, confirmaron la sentencia que condena a Joao Alexis Quispe Ventura, como autor y responsable del delito contra la libertad sexual, en la modalidad de violación sexual de menor de edad, a la pena de cadena perpetua.
El Colegiado, luego de haber efectuado el análisis exhaustivo de la sentencia emitida por el Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial Transitorio Zona Sur, en función a los argumentos expuestos por el impugnante, el persecutor oficial del delito y la actividad probatoria actuada en primera instancia, determinó que se encuentra acreditado el delito y la responsabilidad penal del sentenciado.
El Colegiado Superior señala en su sentencia de vista, como hechos probados, que la agraviada fue víctima de abuso sexual conforme es de verse del reconocimiento Médico Legal N°. 009988-VSL, que al momento del evento delictivo contaba con diez años de edad, que es hija política del ahora sentenciado y que vivía conjuntamente con este y su señora madre en la vivienda ubicada en la urbanización San Antonio del distrito de Subtanjalla.
Aporta a esta decisión, la sindicación de la menor agraviada, la misma que cumple con las garantías de certeza previstas en el fundamento décimo del Acuerdo Plenario Nº 2-2005/CJ-116, como son: a) Ausencia de incredibilidad subjetiva; b) Verosimilitud; y c) Persistencia en la incriminación.
Cabe indicar que la conducta penal atribuida al acusado Joao Alexis Quispe Ventura se subsume en el artículo ciento setenta y tres, primer párrafo inciso dos, y último párrafo del Código Penal, vigente en la fecha que sucedieron los hechos, delito que es reprimido con cadena perpetua.
De esta forma, la Corte Superior de Justicia de Ica, a través de los diversos órganos jurisdiccionales, viene dictando sentencias ejemplares, condenando a los ciudadanos que actúan al margen de ley, causando daños morales, materiales e incluso segando la vida de seres humanos.
Ica, 02 de setiembre del 2019
Oficina de Imagen Institucional
Corte Superior de Justicia de Ica

Primera Sala Penal de Apelaciones de Ica

0 comentarios:

Publicar un comentario

Con la tecnología de Blogger.